La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, no se presentó a la audiencia convocada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en la que debía brindar sus descargos, por un plazo de diez minutos, frente a un pedido para suspenderla en el cargo por seis meses. Minutos antes de la sesión, programada para este viernes 19 de septiembre a las 10:00 a.m., su defensa legal, ejercida por el abogado Luciano López, publicó un comunicado en el que informaban de la ausencia.
Espinoza Valenzuela es protagonista de un procedimiento disciplinario ordinario, desde el 15 de septiembre último, tras un informe elaborado por la vicepresidente de la JNJ, María Teresa Cabrera. Dicha funcionaria fue elegida miembro instructora del caso en el organismo autónomo; en esa línea, también estuvo a cargo del informe que sugirió suspender en el cargo a Espinoza por un plazo de seis meses.
Inscríbete aquí Más información
La fiscal de la Nación fue denunciada por el exconsejero regional de Moquegua, Luis Caya, semanas atrás. El denunciante el atribuye hasta cuatro imputaciones tras considerar que Espinoza Valenzuela no acató la resolución de la JNJ, emitido el 14 de junio último, en el que ordenó reponer a Patricia Benavides como fiscal de la Nación y, por consiguiente, fiscal suprema.
De acuerdo a la defensa de la alta funcionaria, la JNJ cuestionó que la investigación preliminar del caso, que culminó en la apertura del citado procedimiento disciplinario, haya durado 59 días. Agregó que «pese a criterios jurisprudenciales del Tribunal Constitucional» (Caso Oré Guardia), «los miembros de la JNJ no se han abstenido de llevar adelante tal procedimiento disciplinario»:
Hay un notorio conflicto de intereses derivado de la judicialización del asunto de fondo: la (in)constitucionalidad de la orden de reponer a la Dra. Benavides en el cargo de Fiscal de la Nación.
(…) No asistiremos (a la audiencia convocada por la JNJ). No convalidaremos su actuar arbitrario e inconstitucional. No hay juego limpio ni garantías de debido proceso. Recurriremos a la justicia constitucional.
COMUNICADO
«No hay garantías de un juego limpio, con debido proceso, en el proceso disciplinario que la Junta Nacional de Justicia le inició a la Dra. Delia Espinoza por defender su cargo de Fiscal de la Nación. Hoy, la suspenderá en sus funciones»
- En junio de este año, la JNJ dispuso reponer a la Dra. Patricia Benavides en el mismo cargo que la Dra. Delia Espinoza ostenta en la actualidad: Fiscal de la Nación. Su decisión es inconstitucional. Viola la atribución de la Junta de Fiscales Supremos (artículo 158° de la Constitución) de haber designado -en noviembre de 2024- a la Dra. Delia Espinoza en el cargo de Fiscal de la Nación por 3 años.
- Contra dicho acto arbitrario e inconstitucional, la Dra. Delia Espinoza interpuso una demanda de amparo contra los miembros de la JNJ, para que se invalide dicha orden y todos sus actos consecuentes, como cualquier procedimiento disciplinario que se hubiera originado por la reposición de la Dra. Benavides en el cargo de Fiscal de la Nación. Además, es de público conocimiento que, por las relevaciones realizadas por el miembro de la JNJ, Dr. Francisco Távara, hubo diversas irregularidades en el trámite de la decisión de la JNJ de reponer a la Dra. Benavides. Ello motivó que se abran diversas carpetas fiscales contra los miembros de la JNJ por delitos cometidos en agravio del Estado y que afectan, sin duda, a la Dra. Espinoza.
- Sin embargo, a pesar de la judicialización del caso, un militante del partido aprista (a la par, Consejero del Gobierno Regional de Moquegua) denunció a la Dra. Espinoza ante la JNJ, y ésta, de inmediato, le abrió una investigación preliminar que duró 59 días con el principal cargo de no haber cumplido con la orden inconstitucional de reponer a la Dra. Benavides en el cargo de Fiscal de la Nación.
- Lamentablemente, pese a criterios jurisprudenciales del Tribunal Constitucional (entre otros, el reciente caso Oré Guardia), los miembros de la JNJ no se han abstenido de llevar adelante tal procedimiento disciplinario. Hay un notorio conflicto de intereses derivado de la judicialización del asunto de fondo: la (in)constitucionalidad de la orden de reponer a la Dra. Benavides en el cargo de Fiscal de la Nación.
- Hoy, la JNJ pretende suspender a la Dra. Espinoza Valenzuela en una audiencia convocada a las 10:00am. No asistiremos. No convalidaremos su actuar arbitrario e inconstitucional. No hay juego limpio ni garantías de debido proceso. Recurriremos a la justicia constitucional.
![Cuando el uniforme pesa más que la maternidad: La identificación de estereotipos de género en el fuero policial y castrense que obstaculiza el derecho a la maternidad justifica el dictado de medidas de protección [Exp. 10278-2025-2-3205-JR-FT-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/mujer-policia-LPDerecho-218x150.png)
![Ante la duda respecto de la comisión de los delitos imputados se debe optar por esclarecerlos en juicio [Exp. 00951-2022-4-1826-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![[Nuevo criterio] TC: Ley penitenciaria aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme [Exp. 04235-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)


![Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta sobre nuevos métodos de precios de transferencia [Decreto Supremo 302-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Derecho-Tributario-impuestos-tributos-LP-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)














![Juez ejecuta sanción de amonestación a abogado Elio Riera por «quebrantamiento de la lex artis al formular recusación con manifiesta contravención al procedimiento» [Exp. 04633-2021-19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ELIO-RIERA-DOCUMENTO2-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban valor de la UIT para el año 2026 [Decreto Supremo 301-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)



![[VÍDEO] Análisis constitucional de la crisis política | DC | Episodio 7](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/video-analisis-constitucional-de-la-crisis-politica-LPDerecho-324x160.png)