El Ministerio de Salud mediante el documento denominado «Consideraciones éticas para la toma de decisiones en los servicios de salud durante la pandemia covid-19», pretende uniformar los criterios de priorización para el ingreso de pacientes con covid-19 a la unidad de cuidados intensivos (UCI).
A continuación transcribimos la presentación del documento técnico.
La pandemia del covid-19 que sufre nuestro país, constituye una nueva enfermedad sobre cuyos mecanismos fisiopatológicos e historia natural la ciencia médica recién está acumulando conocimientos y ajustando sus posibilidades terapéuticas. La agresividad del SARS-CoV-2, que la causa- ha creado en muchos países un estado de catástrofe sanitaria que desborda las posibilidades de respuesta de los sistemas de salud.
Ante tan crítica situación, los recursos resultan insuficientes para salvar todas las vidas que se requiere. Y los médicos se ven obligados a tomar difíciles y penosas decisiones cuando, ante dos pacientes en necesidad de auxilio, los medios existentes solo alcanzan para uno, obligando necesariamente a priorizar la asistencia de algunos, y posponer la de otros.
Las investigaciones demuestran que un porcentaje de los especialistas que han enfrentado estas situaciones, apoyándose solo en su saber científico y mejor albedrío, han sufrido
ulteriormente, diversas afecciones de salud vinculadas al sufrimiento moral que tales determinaciones implican.
Por ello, en situaciones de desastre sanitario, la experiencia médica internacional recomienda en, salvaguarda del paciente y del propio profesional, asegurar que tales decisiones sean, aparte de científicamente ajustadas a las condiciones clínicas del caso, las más justas y humanas posibles. Y siempre con el propósito de salvar el mayor número de vidas y reducir, hasta donde sea posible, el sufrimiento de la persona enferma y familia
acompañante.
Por ello, el Ministerio de Salud, comprendiendo cabalmente la complejidad científica y moral de las circunstancias descritas, por Resolución Ministerial 212-2020-MINSA del 20 de abril de 2020, creó un Grupo de Trabajo (multidisciplinario de expertos) que lo asesorara en aspectos bioéticos durante la pandemia.
El valioso documento técnico “Consideraciones éticas para la toma de decisiones en los servicios de salud durante la pandemia covid-19” que hoy presentamos, constituye su primer aporte, sobre el cual deseo destacar algunas características particulares:
Metodología:
a) Se revisó la bibliografía nacional e internacional sobre el tema.
b) Se entrevistó a especialistas que luchan contra la pandemia en la primera línea de batalla para aprender de su experiencia. c) Se recibió opinión de expertos en Bioética, nacionales y extranjeros.
d) Se solicitó analizar el texto a prestigiadas instituciones académicas y sociedades científicas, quienes ofrecieron valiosas sugerencias que enriquecieron el documento. Un grupo de ellas, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y su Facultad de Medicina, la Academia Nacional de Medicina y la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM), lo avalaron.
e) Con propósito investigativo, solicitó a todo aquel que lo usara, el llenado de una escala (adjunta) evaluativa de su impacto en la práctica profesional, a fin de optimizarlo en futuras versiones, pues, sus cambiantes escenarios muy probablemente continuarán modificándose a lo largo de los próximos meses y quizás años.
El documento se rige por el respeto a los derechos fundamentales de toda persona y por principios éticos. Entre ellos destacan los de dignidad personal, equidad y protección de
los más vulnerables, justicia, no discriminación, solidaridad, no maleficencia, proporcionalidad, información, transparencia y eficiencia en el uso de los recursos para sanar y salvar vidas humanas.
A través de 17 recomendaciones guía la acción profesional en la identificación y manejo de los problemas éticos en tales situaciones clínicas, y utiliza un cuadro de Criterios de priorización para decidir el ingreso a la unidad de cuidados intensivos (UCI).
Conviene señalar que no se trata de criterios de aplicación mecánica, automática o despersonalizada. Propone apoyar y proteger a los profesionales de salud en la toma de decisiones colegiadas en situación de catástrofe sanitaria bajo criterios de justicia, comprendiendo que lo que está en juego con la pandemia no es el bienestar económico de nuestra sociedad sino la vida y salud de muchos peruanos (pacientes y profesionales de salud).
Por lo expuesto, el Ministerio de Salud alcanza a las autoridades y profesionales del sector este Documento Técnico diseñado para su empleo referencial en instituciones de salud, como complemento de las medidas ya adoptadas en este campo para responder a covid-19.
![Se puede arribar a una conclusión inculpatoria cuando se trata de un solo indicio, si éste es grave, tiene aval científico técnico y permita una sola inferencia o presunción [Casación 467-2022, Ica, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Las excepciones legales a la aplicación de la reducción por responsabilidad restringida vulneran el principio derecho de igualdad ante la Ley (Suprema ratifica AP 4-2016/CJ-116) [Revisión de Sentencia 175-2024,Tumbes, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Corte IDH: El derecho a la ciencia, que puede ser considerado como un derecho de procedimiento en el contexto de la emergencia climática, comprende el acceso a los beneficios del progreso científico y tecnológico, además de la oportunidad de contribuir en él [OC-32/25, ff. jj. 472-473]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/DERECHO-CIENCIA-TECNOLOGICO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Despido indirecto: corresponde al trabajador acreditar el acto de hostilidad [Cas. Lab. 28410-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Acceso a la justicia: Adultos mayores pueden acudir a la vía judicial directamente, sin agotar la vía interna que exige el art. 85 del CC, en caso de muerte del presidente de la asociación [Exp. 05588-2024-0-1601-JR-CI-02 ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![¿Desde cuándo se computa el plazo de prescripción para el inicio de un PAD? [Informe Técnico 1508-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Cuál es el plazo de vigencia de una medida cautelar adoptada antes del inicio del PAD? [Informe Técnico 1509-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Dos hechos que los abogados no pueden ser obligados a confesar: (i) los hechos que les revelen sus patrocinados en ejercicio de su actividad profesional y (ii) los hechos que conozcan por su investigación particular con base en los primeros (caso Oré Guardia) [Exp. 04382-2023-PA/TC, ff. jj. 11, 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/HECHOS-ABOGADOS-CASO-ORE-GUARDIA1-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Corte IDH: La Amazonía es la zona de mayor diversidad biológica del planeta, cuyos ecosistemas se están debilitando «a un punto de no retorno» debido al cambio climático que afecta su capacidad como sumideros de carbono [OC-32/25, ff. jj. 106-107]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/ECOSISTEMA-AMAZONIA-SUMIDEROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Destituyen a especialista judicial por dilatar más de un año trámite de expediente y proveer escritos sin autorización [Investigación Definitiva 328-2022-Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Destituyen-a-servidor-judicial-sindicado-de-desviar-depositos-judiciales-ascendentes-a-S10-000-con-ayuda-de-sus-familiares-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Indecopi multa con más de S/200 000 a empresa de transportes por accidente que dejó tres fallecidos [Resolución Final 054-2025/CPC-Indecopi-PUN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Indecopi-empresa-de-transporte-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglamento de la Ley 30364 (Decreto Supremo 009-2016-MIMP) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/Reglamento-de-la-Ley-30364-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento sobre encuestas electorales durante los procesos electorales [Resolución 0107-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/REGLAMENTO-ENCUESTAS-ELECTORALES-LPDERECHO-1-218x150.jpg)






![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Pedro Castillo podría buscar asilo político si enfrenta el juicio en libertad, advierten Benji Espinoza y Elio Riera](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/PEDRO-CASTILLO-ASILO-ABOGADOS-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] «El Aymarazo fue en parte porque comunidades de Puno descubrieron que el 60 % del territorio tenía concesión minera y ninguna fue consultada»: Ruiz Molleda sobre concesiones mineras](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/JUAN-CARLOS-RUIZ-ENTREVISTA-324x160.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Se puede arribar a una conclusión inculpatoria cuando se trata de un solo indicio, si éste es grave, tiene aval científico técnico y permita una sola inferencia o presunción [Casación 467-2022, Ica, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Corte IDH: El derecho a la ciencia, que puede ser considerado como un derecho de procedimiento en el contexto de la emergencia climática, comprende el acceso a los beneficios del progreso científico y tecnológico, además de la oportunidad de contribuir en él [OC-32/25, ff. jj. 472-473]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/DERECHO-CIENCIA-TECNOLOGICO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Despido indirecto: corresponde al trabajador acreditar el acto de hostilidad [Cas. Lab. 28410-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)

![[VÍDEO] «El Aymarazo fue en parte porque comunidades de Puno descubrieron que el 60 % del territorio tenía concesión minera y ninguna fue consultada»: Ruiz Molleda sobre concesiones mineras](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/JUAN-CARLOS-RUIZ-ENTREVISTA-100x70.jpg)
