Crisis energética en Cusco: ¿qué dice el marco regulatorio frente al incidente de TGP?

La autora es bachiller en derecho por la Universidad de San Martín de Porres con interés en el sector energía.

Sumario: 1. Introducción, 2. La respuesta del Estado: comité de crisis y declaratoria de emergencia, 3. Impacto en el mercado de GNV y en el transporte urbano, 4. ¿Existe riesgo de una crisis energética?, 5. El rol de la supervisión y la investigación del incidente, 6. Infraestructura crítica y desafíos del sistema de gas natural, 7. Una emergencia logística más que una crisis energética, 8. Conclusiones.


1. Introducción

Un incidente ocurrido en el sistema de transporte de gas natural operado por Transportadora de Gas del Perú (TGP) en la región Cusco ha puesto nuevamente en evidencia la importancia estratégica de la infraestructura energética que conecta los campos de Camisea con los principales centros de consumo del país. El evento se registró. El domingo primero de marzo, alrededor de las 11 a. m., se produjo una fuga en el sistema de transporte de hidrocarburos operado por TGP en la estación de válvulas ubicada en el punto KP43 del ducto, distrito de Megantoni, provincia de la Convención, Cusco.

Si bien la empresa inició inmediatamente los trabajos de reparación en la zona afectada, el incidente activó una serie de medidas regulatorias y de gestión de crisis por parte del Estado peruano, debido al impacto que este tipo de eventos puede generar en el suministro energético nacional.

2. La respuesta del Estado: comité de crisis y declaratoria de emergencia

Ante el incidente registrado en el sistema de transporte de gas natural, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) adoptó medidas extraordinarias para garantizar la continuidad del suministro energético. En primer lugar, dispuso la declaratoria de emergencia en el suministro de gas natural por un periodo de catorce días (del 1 al 14 de marzo), así como la activación de un mecanismo de racionamiento del recurso, con el objetivo de administrar de manera eficiente el gas disponible durante la contingencia.

Esta medida permitió que el gas natural remanente del sistema pudiera ser redirigido hacia los sectores considerados prioritarios, a fin de atender a las familias, hospitales, comercios y servicios esenciales, reduciendo así el riesgo de afectaciones mayores al sistema energético nacional.

De manera complementaria, el Minem dispuso la conformación de un comité de crisis, integrado por el Comité de Operación Económica del Sistema (COES), el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), la empresa distribuidora Cálidda, Transportadora de Gas del Perú (TGP) y otros actores relevantes del sector energético. Este comité tiene como finalidad coordinar las acciones técnicas y operativas destinadas a mitigar los efectos del incidente, supervisar las labores de reparación del ducto y monitorear la continuidad del suministro energético durante el periodo de emergencia.

3. Impacto en el mercado de GNV y en el transporte urbano

La restricción en el suministro de gas natural vehicular (GNV) generó efectos inmediatos en Lima y otras ciudades del país, donde se registraron largas filas en estaciones de servicio y episodios de desabastecimiento.

Según estimaciones del sector, más de 335 000 vehículos livianos en el país dependen del GNV, principalmente taxis que optaron por este combustible debido a su menor costo frente a la gasolina.

Como consecuencia del racionamiento, muchos conductores se han visto obligados a migrar temporalmente a combustibles líquidos, lo que genera un impacto directo en los costos de operación del transporte urbano.

En paralelo, la empresa distribuidora Cálidda advirtió que la venta de GNV a usuarios no priorizados durante el periodo de emergencia constituye una infracción a la normativa vigente, lo que ha intensificado los controles en los grifos que aún cuentan con stock disponible.

4. ¿Existe riesgo de una crisis energética?

A pesar de la preocupación generada por el incidente, especialistas señalan que el país no se encuentra frente a un escenario de apagón o colapso energético.

El gas natural abastece aproximadamente el 45% de la generación eléctrica nacional, pero el sistema eléctrico peruano cuenta con mecanismos de respaldo que permiten sustituir temporalmente este combustible por otros como el diésel.

En ese sentido, las denominadas centrales de “reserva fría” pueden entrar en operación para garantizar la continuidad del suministro eléctrico. Este esquema de respaldo forma parte del diseño del sistema eléctrico nacional, que prioriza la seguridad energética incluso cuando ello implica mayores costos operativos.

Además, las tarifas eléctricas de los usuarios residenciales se encuentran reguladas, lo que significa que eventuales variaciones en los costos de generación no se trasladan inmediatamente a los consumidores domésticos.

5. El rol de la supervisión y la investigación del incidente

Desde el punto de vista regulatorio, el incidente también activa los mecanismos de supervisión establecidos para el transporte de hidrocarburos por ductos.

Conforme al marco normativo vigente, la empresa operadora debe remitir un informe técnico que detalle las causas del evento en los próximos 10 días hábiles su citado el evento, el cual posteriormente será evaluado por Osinergmin, entidad encargada de supervisar la seguridad de las actividades energéticas en el país.

Este análisis permitirá determinar si el evento se originó por causas técnicas, operativas, factores externos o incluso por posibles actos de interferencia. Solo tras la validación del regulador podrá establecerse con precisión el origen del incidente y las medidas correctivas correspondientes.

6. Infraestructura crítica y desafíos del sistema de gas natural

El evento también reabre el debate sobre la resiliencia del sistema de transporte de gas natural en el Perú. A diferencia del sector eléctrico que opera bajo una lógica de interconexión y redundancia el sistema de hidrocarburos depende en gran medida de infraestructuras lineales, como los ductos.

Ello implica que cualquier interrupción en un punto específico puede afectar el flujo de suministro hacia diversas regiones del país.

Durante años se ha discutido la necesidad de fortalecer la seguridad energética mediante mecanismos de respaldo logístico, almacenamiento estratégico o mayor diversificación de rutas de suministro. Sin embargo, estas soluciones requieren inversiones significativas y una planificación sectorial de largo plazo.

7. Una emergencia logística más que una crisis energética

Otro elemento relevante es la ubicación del incidente. La zona donde ocurrió el evento es de difícil acceso, lo que obliga a trasladar personal y equipos principalmente mediante helicópteros. Las condiciones climáticas de la región, especialmente durante la temporada de lluvias, pueden complicar las labores de reparación.

No obstante, de acuerdo con la experiencia histórica de la empresa TGP, En sus 20 años de operación, TGP ha tenido una disponibilidad del 99.97% de sus ductos, y nunca se ha producido una situación de esta naturaleza.

En ese sentido, el principal desafío en este momento no radica en la capacidad del sistema energético para seguir operando, sino en la rapidez con la que puedan ejecutarse los trabajos logísticos necesarios para restablecer el flujo normal de gas natural.

8. Conclusiones

  • Desde una perspectiva jurídica y regulatoria, el incidente ocurrido en el sistema de transporte de gas natural operado por Transportadora de Gas del Perú activa un conjunto de obligaciones legales previstas en el régimen del subsector hidrocarburos, particularmente aquellas vinculadas a la seguridad de la infraestructura energética y a la continuidad del suministro.
  • En primer lugar, corresponde al operador del sistema cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa aplicable al transporte de hidrocarburos por ductos, lo que incluye la implementación de programas de mantenimiento, monitoreo permanente de la integridad del ducto y la activación de protocolos de respuesta ante emergencias. Asimismo, ante la ocurrencia de un evento operativo de esta naturaleza, el operador se encuentra obligado a remitir la información técnica correspondiente a la autoridad supervisora para la evaluación de las causas del incidente.
  • En segundo lugar, el rol del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería resulta determinante, en tanto es la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de las condiciones de seguridad en las actividades del sector energético. En ese sentido, el regulador deberá evaluar el informe técnico presentado por la empresa operadora, verificar el cumplimiento de los estándares de seguridad aplicables y, de ser el caso, determinar la existencia de eventuales responsabilidades administrativas.
  • En tercer lugar, las medidas adoptadas por el Ministerio de Energía y Minas del Perú, como la declaratoria de emergencia en el suministro de gas natural y el establecimiento de un esquema temporal de racionamiento, encuentran sustento en las competencias del Estado para garantizar la seguridad energética y priorizar el abastecimiento de servicios esenciales frente a situaciones extraordinarias que puedan afectar el funcionamiento del sistema.
  • Finalmente, el incidente también evidencia la importancia de contar con marcos regulatorios que permitan gestionar adecuadamente eventos que afectan infraestructuras críticas del sector hidrocarburos. Desde el punto de vista jurídico, este tipo de situaciones no solo exige la activación de mecanismos de supervisión y control, sino también la evaluación permanente de las medidas regulatorias destinadas a fortalecer la seguridad operativa y la resiliencia del sistema energético nacional.
  • En consecuencia, más allá del impacto coyuntural del evento, su análisis permite reflexionar sobre la necesidad de seguir consolidando un marco regulatorio que garantice estándares adecuados de seguridad, supervisión efectiva y capacidad de respuesta frente a contingencias que puedan comprometer el abastecimiento energético del país

Referencias

  • Ministerio de Energía y Minas. (2026). Resolución Viceministerial 004-2026-MINEM-VMH.
  • Ministerio de Energía y Minas. (2020). Decreto Supremo 036-2020-EM. Diario Oficial El Peruano.
  • Latina Noticias. (2026). Entrevista a Erick García Portugal sobre la emergencia del gas natural en Cusco [Video]. YouTube
  • Pomatailla, F. (2009). “Régimen contractual del gas natural en el mercado peruano”. Revista de Derecho Administrativo, 221-231.
  • Tamayo, J., Salvador, J., Vásquez, A. y García, R. (Editores) (2014). La industria del gas natural en el Perú. A diez años del Proyecto Camisea. Lima: Osinergmin.
  • Ruiz, Marusia (2019). El gas de Camisea: su historia, su realidad y las perspectivas para el Sur Andino. Grupo Propuesta Ciudadana
  • International Group of Liquefied Natural Gas Importers (2020). The LNG industry: GIIGNL Annual Report 2020.
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