Importante protocolo que establece procedimientos para el uso de herramientas tecnológicas en la investigación preliminar del delito.
El presente protocolo es de aplicación a los fiscales de turno y post turno de los Distritos Fiscales de Lima, Lima Sur, Lima Este, Lima Norte, Lima Noreste, y Callao, Policía Nacional, Defensa Pública y Abogado Defensor en la investigación preliminar del delito, durante el periodo de Emergencia Sanitaria por el Covid-19.
PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL PARA EL USO DE HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS EN LA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR EN LOS DISTRITOS FISCALES DE LIMA, LIMA SUR, LIMA ESTE, LIMA NORTE, LIMA NORESTE Y CALLAO, DE APLICACIÓN EXCEPCIONAL DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA
I. OBJETO
Establecer procedimientos para el uso de herramientas tecnológicas en la investigación preliminar del delito, que faciliten la comunicación, coordinación y trámite documentario virtual entre los fiscales de turno y pos turno de los Distritos Fiscales de Lima, Lima Sur, Lima Este, Lima Norte, Lima Noreste, Callao y los operadores de justicia; en forma excepcional y durante el Estado de Emergencia Sanitaria por el Covid-19.
II. FINALIDAD
A. Establecer mecanismos de comunicación y coordinación para el envío de documentación interinstitucional, mediante el uso de herramientas tecnológicas en la investigación preliminar del delito, en forma excepcional y durante el Estado de Emergencia Sanitaria por el Covid-19.
B. Mantener la operatividad funcional de los operadores de justicia ante cualquier hecho imprevisto, grave alteración o situación de fuerza mayor, que dificulta la presencia física de los diferentes actores, en el lugar o sede donde deba desarrollarse diligencias preliminares de investigación, durante el Estado de Emergencia Sanitaria por el Covid-19, garantizando que no se vulnere norma procesal alguna y se garantice el derecho de defensa.
III. ALCANCE
A. El presente protocolo es de aplicación a los fiscales de turno y post turno de los Distritos Fiscales de Lima, Lima Sur, Lima Este, Lima Norte, Lima Noreste, y Callao, Policía Nacional, Defensa Pública y Abogado Defensor en la investigación preliminar del delito, durante el periodo de Emergencia Sanitaria por el Covid-19.
MARCO NORMATIVO
a. Constitución Política del Perú.
b. Declaración Universal de los Derechos Humanos.
c. Ley Orgánica del Ministerio Público – Decreto Legislativo N° 052.
d. Ley de la Policía Nacional del Perú – Decreto Legislativo N° 1267.
e. Ley N° 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública, su Reglamento, así como el Decreto Legislativo N° 1407, Decreto que Fortalece el Servicio de Defensa Pública y el Decreto Supremo que adecúa el Reglamento de la Ley.
f. Código de Procedimientos Penales de 1940 (según la norma procesal vigente) y sus modificatorias.
g. Decreto Legislativo N° 957 – Código Procesal Penal y sus modificatorias.
h. Protocolo específico de articulación, trabajo y coordinación entre el MP y la PNP.
i. Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 610-2020-MP-FN, de fecha 21 de abril de 2020.
j. Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 614-2020-MP-FN, de fecha 26 de abril de 2020.
V. USO DE HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS COMUNICACIONALES
De forma excepcional y durante el Estado de Emergencia Sanitaria por el Covid 19, cuando se dificulte la continuidad y desarrollo de los actos de investigación en las diligencias preliminares, el uso de herramientas tecnológicas que permita realizar una comunicación efectiva, viabiliza el trabajo coordinado entre el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, Defensa Pública y Defensa Técnica en los Distritos Fiscales de Lima Centro, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Lima Noroeste y Callao; y, a la vez, mantiene en lo posible la distancia apropiada entre los intervinientes, conforme a las normas y protocolos de salud; herramientas que se encuentran conformadas por los siguientes componentes:
A. Correos institucionales: Los mismos que utilizan oficialmente el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y la Defensa Pública; y/o uso de correos electrónicos públicos.
B. Redes Sociales:
WHATSAPP: Es una aplicación gratuita de chat para teléfonos móviles de última generación, sirve para enviar mensajes de texto y multimedia entre sus usuarios, su funcionamiento es similar a los programas de mensajería instantánea para ordenador más comunes, aunque está enfocado y adaptado al móvil. Hay un WhatsApp Web de escritorio para ordenador y por lo que también funciona en la mayoría de Tablet. Esta aplicación permite, además del chat de texto, enviar vistas fotográficas, audio y vídeos. Tiene acceso directo a las llamadas convencionales y a LLAMADAS Y/O VIDEOLLAMADAS DE WHATSAPP, o incluso VIDEOLLAMADAS y VIDEOCONFERENCIAS, que se transmiten por internet y cuyo consumo es gratuito, si estamos conectados a una WIFI, o consumir de un paquete de datos, se puede personalizar la aplicación, bloquear usuarios, entre otras cosas. También es posible compartir nuestra ubicación con el usuario con quien nos conectamos, en general, la configuración es sencilla, su punto fuerte es la seguridad que protege
C. Aplicativos de escaneo de documentos:
APLICATIVO CAMSCANNER: Es un aplicativo de Google Store de uso gratuito que sirve para escanear documentos bajo el procedimiento de toma de fotos, convirtiéndolos en documentos PDF, que permite eventualmente su impresión en físico, así como garantiza en un alto porcentaje su invariabilidad o alteración de contenido.
D. Videoconferencia:
GOOGLE HANGOUTS MEET: Aplicación de videoconferencias de Google, que forma parte de los servicios de G Suite y puede ser utilizado por los miembros del Ministerio Público, a través de sus correos institucionales, permitiendo entablar comunicación con cualquier otra cuenta de correo electrónico.
E. El uso de otras plataformas: Previa coordinación entre los Fiscales, el Personal PNP y la Defensa Pública, para que puedan ser utilizadas y que cumplan con la finalidad de la presente.
[Continúa…]