Covid-19: PJ aprueba nuevo protocolo de actuación para trabajadores y magistrados [RA 000303-2020-CE-PJ]

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Publicado el 29 de octubre de 2020, en la página web del Poder Judicial.


RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000303-2020-CE-PJ

Lima, 26 de Octubre del 2020

VISTO:

El Oficio N° 000036-2020-JAV-PCSST-CE-PJ cursado por el señor Consejero Javier Arévalo Vela, Presidente de Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas para la prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19; siendo prorrogado a través de los Decretos Supremos Nros. 020- 2020-SA y 027-2020-SA.

Segundo. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, estableció que en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, el Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos disponen la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Tercero. Que, al respecto, el Poder Judicial ha emitido diversas directrices para garantizar la prestación del servicio de justicia; y a su vez se han adoptado las medidas de prevención pertinentes, a fin de salvaguardar la salud y el bienestar de jueces, funcionarios y personal auxiliar, a nivel nacional.

Cuarto. Que, en ese contexto, el señor Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno el documento denominado “Protocolo de actuación ante el COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria”, que tiene el objetivo de establecer las pautas de acción para reducir los riesgos asociados a la pandemia, de los trabajadores y magistrados durante el cumplimiento de sus labores, en concordancia con las medidas emitidas por el Gobierno Central durante la Emergencia Sanitaria Nacional. Asimismo, garantizar el control y las medidas para la evaluación continua de la efectividad de los lineamientos de prevención, adoptadas para evitar la propagación del COVID-19.

Quinto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficacia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de reducir los riesgos asociados al COVID-19 de los trabajadores y jueces de este Poder del Estado, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1296-2020 de la sexagésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 21 de octubre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el documento denominado “Protocolo de actuación ante el COVID-19, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidentes de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del País, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Procuraduría del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

[Continúa…]

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