El 12 de setiembre, los congresistas del Grupo Parlamentario Acción Popular, a iniciativa del congresista Yonhy Lescano, en el ejercicio de su derecho de iniciativa legislativa, han presentado un proyecto de ley que reconoce el derecho de consumidores a percibir hasta el 50 % de las multas que imponga Indecopi y otros organismos reguladores por infracciones al Código del Consumidor y normas complementarias.
En la exposición de motivos del Proyecto de Ley 3352/2018-CR, se sostiene que el Código del Consumidor tiene una grave omisión, pues no ha considerado que los consumidores, cuyas pretensiones resulten fundadas, puedan percibir un porcentaje de la multa impuesta por Indecopi y los organismos reguladores. Para ello, se propone modificar el artículo 104 del Código de Consumidor.
Desde el 17 de setiembre, la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, sometió a análisis el predictamen que también contempla la prelación en la percepción de parte de las multas, la deben tener los usuarios sobre las asociaciones de consumidores. Cabe precisar que dicha obligación se desprende del artículo 65 de la Constitución que impone al estado la defensa, en primer lugar, de los usuarios.
A continuación compartimos con ustedes el proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE DERECHO DE CONSUMIDORES A PERCIBIR HASTA EL 50% DE MULTAS QUE IMPONGAN INDECOPI Y ORGANISMOS REGULADORES A LOS PROVEEDORES POR INFRACCIONES AL CÓDIGO DEL CONSUMIDOR Y NORMAS COMPLEMENTARIAS
Articulo 1. Modificación del articulo 104 del Código del Consumidor
Modifícase el artículo 104 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, cuyo nuevo texto es el siguiente :
Artículo 104.- Responsabilidad administrativa del proveedor
El proveedor es administrativamente responsable por la falta de idoneidad o calidad, el riesgo injustificado o la omisión o defecto de información, o cualquier otra infracción a lo establecido en el presente Código y demás normas complementarias de protección al consumidor sobre un producto o servicio determinado.
El proveedor es exonerado de responsabilidad administrativa si logra acreditar la existencia de una causa objetiva justificada y no previsible que configure ruptura del nexo causal por caso fortuito o fuerza mayor, de hecho determinante de un tercero o de la imprudencia del propio consumidor afectado.
En la prestación de servicios, la autoridad administrativa considera para analizar la idoneidad del servicio si la prestación asumida por el proveedor es de medios o de resultado, conforme al artículo 18.
Los consumidores o usuarios tendrán derecho a percibir hasta el 50% de la multa que imponga el INDECOPI o los organismos reguladores de servicios públicos al proveedor en todos los procesos administrativos previstos en la presente Ley o en las Leyes y reglamentos de los mencionados organismos reguladores donde intervengan como partes
Articulo 2.- Directivas o resoluciones operativas
Facúltese al INDECOPI y a los organismos reguladores de servicios públicos a emitir las directivas o resoluciones operativas correspondientes para el cumplimiento efectivo de la presente Ley. dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a su publicación en el diario oficial El Peruano.
Articulo 4°.- Norma supletoria
Apliqúese supletoriamente el articulo 157 del Código de Protección y Defensa del Consumidor para efectos de los criterios de la graduación del porcentaje de multa entregable a los consumidores y usuarios.



![Asegurar o custodiar el celular del testigo no es un acto de investigación, sino un acto previo destinado a preservar la integridad de la fuente; solo la extracción y análisis pericial del contenido del celular constituye un acto de investigación que requiere notificación y habilita la posibilidad de designar perito de parte [Apelación 316-2024, Corte Suprema, ff. jj. 11-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Hay fraude a la ley laboral en contratos modales, de acuerdo con el art. 77, inc. d) de la LPCL, cuando la naturaleza de los servicios a contratar se relacione con actividades ordinarias y permanentes [Casación 7401-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![No basta, para condenar a la persona jurídica, acreditar el delito de la persona física, sino que se requiere demostrar un defecto estructural en los modelos de gestión, vigilancia y supervisión [SAN 4223/2025, ff. jj. 1.4-1.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La sola inexistencia de un modelo de prevención (compliance) que impida a u obstaculice la comisión de delitos no basta para atribuir responsabilidad penal a la persona jurídica si no se verifica que los directivos obraron en nombre y provecho de la entidad (España) [SAN 4047/2025, f. j. 507]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 27 NOV](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-PREPARACION-EXAMEN-PROFA4-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Servir declara nula «carta de no renovación» de trabajadora CAS en estado de gestación por falta de motivación [Res. 004712-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/embarazo-mujer-trabajo-salud-bebe-LPDerecho-218x150.jpg)
![Servir: ¿Cómo se pagan las horas extras en el sector público? [Informe Tecnico 002049-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/estres-laboral-explotacion-horas-extras-trabajador-tiempo-horario-noche-despido-LPDerecho-218x150.png)

![Es inconstitucional que los plazos de prescripción de la ejecución de la pena se suspendan mediante un decreto de urgencia, una resolución administrativa o un criterio judicial interpretativo, pues están regulados por una norma de rango legal [Exp. 04535-2023-PHC/TC, ff. jj. 16-17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Reglamento de la Ley que crea un régimen especial para el Centro Histórico de Lima [Decreto Supremo 274-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CENTRO-HISTORICO-LIMA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del registro nacional de la persona con discapacidad del Conadis [Resolución de Presidencia D000253-2025-Conadis-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/Persona-con-discapacidad-LPDerecho-218x150.png)
![Municipalidad no puede prohibir la publicidad exterior luminosa [Resolución 0416-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)











![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Hay fraude a la ley laboral en contratos modales, de acuerdo con el art. 77, inc. d) de la LPCL, cuando la naturaleza de los servicios a contratar se relacione con actividades ordinarias y permanentes [Casación 7401-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-324x160.png)





![Hay fraude a la ley laboral en contratos modales, de acuerdo con el art. 77, inc. d) de la LPCL, cuando la naturaleza de los servicios a contratar se relacione con actividades ordinarias y permanentes [Casación 7401-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-100x70.png)
![Precedente Sunafil: empleadores deben incorporar a trabajadores al sistema de pensiones desde su ingreso a laborar [Resolución de Sala Plena 025-2024-Sunafil/TFL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/inspector-laboral-inspecion-fiscalizador-sunafil-trabajador-LPDerecho-324x160.jpg)