La congresista Isabel Cortez Aguirre, de la bancada Juntos por el Perú, presentó el Proyecto de Ley 7359/2023-CR, que plantea sancionar con inhabilitación a jueces y fiscales que por negligencia en el ejercicio de sus funciones liberan a delincuentes y bandas criminales.
La iniciativa tiene como objetivo sancionar a jueces y fiscales, con la inhabilitación del ejercicio de sus funciones, cuando estos actúen de forma negligente y propicien la liberación de delincuentes y miembros de organizaciones criminales.
FÓRMULA LEGAL
Ley que incorpora el artículo 418°-A al Código Penal aprobado por Decreto Legislativo 635
Artículo 1.- Objeto de la Ley.
La presente ley tiene por objeto tipificar el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales en la administración de justicia con el fin de sancionar con inhabilitación a aquellos jueces y fiscales que en el ejercicio de sus funciones, actúan negligentemente favoreciendo la liberación de delincuentes y miembros de organizaciones criminales.
Artículo 2.- Incorporación del artículo 418°- A al Código Penal del Perú aprobado por Decreto legislativo 635.
Se incorpora el artículo 418°-A al Código Penal aprobado por Decreto Legislativo 635, de conformidad con el siguiente texto:
Artículo 418 – A.- Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
El Juez o Fiscal que, omite, rehusa o retarda algún acto de su cargo favoreciendo la liberación de delincuentes o integrantes de bandas criminales, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años, con treinta a sesenta días multa y con inhabilitación por 10 años en el ejercicio de toda función pública.
[Continúa…]