Plantean inhabilitación de jueces y fiscales que liberen a delincuentes por negligencia

La iniciativa presentada por la congresista Isabel Cortez modificaría el artículo 418 del Código Procesal Penal.

La congresista Isabel Cortez Aguirre, de la bancada Juntos por el Perú, presentó el Proyecto de Ley 7359/2023-CR, que plantea sancionar con inhabilitación a jueces y fiscales que por negligencia en el ejercicio de sus funciones liberan a delincuentes y bandas criminales.

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La iniciativa tiene como objetivo sancionar a jueces y fiscales, con la inhabilitación del ejercicio de sus funciones, cuando estos actúen de forma negligente y propicien la liberación de delincuentes y miembros de organizaciones criminales.


FÓRMULA LEGAL

Ley que incorpora el artículo 418°-A al Código Penal aprobado por Decreto Legislativo 635

Artículo 1.- Objeto de la Ley.

La presente ley tiene por objeto tipificar el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales en la administración de justicia con el fin de sancionar con inhabilitación a aquellos jueces y fiscales que en el ejercicio de sus funciones, actúan negligentemente favoreciendo la liberación de delincuentes y miembros de organizaciones criminales.

Artículo 2.- Incorporación del artículo 418°- A al Código Penal del Perú aprobado por Decreto legislativo 635.

Se incorpora el artículo 418°-A al Código Penal aprobado por Decreto Legislativo 635, de conformidad con el siguiente texto:

Artículo 418 – A.- Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

El Juez o Fiscal que, omite, rehusa o retarda algún acto de su cargo favoreciendo la liberación de delincuentes o integrantes de bandas criminales, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años, con treinta a sesenta días multa y con inhabilitación por 10 años en el ejercicio de toda función pública.

[Continúa…]

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