La ciudadana Sheyla Yuncaccallo Cuba fue condenada como autora del delito contra la fe pública, en la modalidad de falsificación de documento privado, en agravio de un ciudadano.
Además se condenó a Ruperto S. C. por el delito cometido por funcionarios públicos, en la modalidad de otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles, en agravio del Poder Judicial. La investigación estuvo a cargo de la fiscal adjunta provincial Rosío Milagros B.N de la Fiscalía Provincial Mixta de Pichari.
Por esta razón, a la primera se le dictó una condena de tres años de prisión suspendida, junto con el pago de S/ 2500 como reparación civil; mientras que el segundo recibió una pena de cuatro años de prisión suspendida y una reparación civil de S/ 3000. Además, ambos deberán abonar el equivalente a 50 días multa, equivalente a S/ 387.50.
Yuncaccallo Cuba utilizó documentos fechados el 14 de junio y el 2 de mayo de 2019, los cuales fueron autentificados como originales por Ruperto S. C., juez de paz del distrito de Kimbiri, Cusco, concediendo de esta manera la posesión legítima de un automóvil perteneciente a la víctima, inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Posteriormente, la ahora condenada, utilizando los mencionados documentos, acudió a instancias del Estado con el objetivo de hacer valer la supuesta violación del derecho de propiedad. Para ello, inicialmente denunció el delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado ante la Policía Nacional de la provincia de La Convención, en la región de Cusco, dentro del ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem).
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No obstante, dicha acusación fue desacreditada durante la investigación fiscal, ya que los documentos presentados por la acusada resultaron ser falsos, dado que la víctima no participó ni tuvo conocimiento alguno de los supuestos actos contractuales que expresaran su consentimiento en los términos indicados en la documentación utilizada por la ciudadana.
Para tal fin, Ruperto S. C., sin llevar a cabo la verificación física de las personas involucradas ni de las firmas correspondientes a la víctima, cuya firma también incluyó, otorgó validez a los documentos mencionados, omitiendo el cumplimiento de las formalidades legales requeridas.
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