El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior del Santa sentenció a diez años de pena privativa de la libertad al exsacerdote Luis Hernán del Carpio Costa, como culpable del delito de actos contra el pudor en agravio de una menor de edad.
Del Carpio Costa fue acusado por tocamientos indebidos contra la menor N. A. O. G., de 13 años, quien, en julio del 2014, era acólita en la parroquia Nuestra Señora de Guadalupe, urbanización Nicolás de Garatea, en Nuevo Chimbote.
En declaraciones ante la cámara Gesell y en presencia de autoridades judiciales y religiosas, la menor relató que fue víctima de tocamientos indebidos por parte del exsacerdote en el interior de la sede eclesiástica.
Durante el desarrollo del proceso la defensa del acusado insistió en la inocencia de su patrocinado amparándose en supuestas contradicciones en que habría incurrido la agraviada.
El exsacerdote no estuvo presente al momento de la lectura de sentencia por supuestamente encontrarse mal de salud.
Cabe anotar que el juzgado aclaró que la ejecución de la condena queda suspendida de manera provisional hasta que la Sala Penal de Apelaciones, que dispuso la realización de un nuevo juicio, ratifique el fallo.
La suspensión provisional de la pena está contemplada en el artículo 402 del Código Penal que señala que el juez penal podrá optar por la ejecución inmediata de la pena o imponer algunas de las restricciones previstas en el artículo 288 mientras el recurso interpuesto es resuelto.
Esta norma agrega que el procesado no podrá ausentarse de la localidad en la que reside, ni concurrir a determinados lugares o presentarse a la autoridad en los días que se le fijen.
El colegiado está integrado por las magistradas Liz Muñoz Beteta, Patricia Peralta Gambini y Krist Díaz Gonzales.
Fuente: Poder Judicial