El Tercer Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ayacucho, con el Fiscal Adjunto Provincial Yuri Félix Pahuara, como responsable del caso, logró que se condene, en primera instancia, a Roberto Carlos Quispe Barrientos (44), Juan Domínguez Espino (54), Cerapio Salazar Cabezas (42) y Jesús Yuncajacan Huamán Villanes (59), a quienes se les impuso seis años de pena privativa de libertad efectiva, los tres primeros en calidad de autores y el cuarto como cómplice, del delito de colusión ilegal agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de Kimbiri.
El municipio de Kimbiri, en mérito al requerimiento del residente de obra Quispe Barrientos, realizó el proceso de adjudicación directa selectiva, a fin de adquirir cuatro mil bolsas de cemento para la ejecución de la obra Instalación de los sistemas de agua potable y alcantarillado de la comunidad de Anaro del distrito de Kimbiri, La Convención, Cusco, estableciendo en los términos de referencia el plazo, forma, lugar de entrega, forma de pago, penalidades y otros.
Es así que el comité de selección otorgó la buena pro a Huamán Villanes, gerente general de la empresa Multiventas Metro por 105 360 soles, suscribiendo el contrato, donde se estableció que la entrega de los materiales consistentes en bolsas de cemento se efectuarían en tres entregables: una primera entrega de 500 bolsas de cemento a dos días de la suscripción; una segunda entrega de 1000 bolsas a los 15 días, y la tercera entrega de 2500 bolsas a los 45 días; sin embargo, en el tercer entregable el proveedor solo entregó 1200 bolsas de cemento, incumpliendo con entregar la totalidad de las mismas.
A su vez, el jefe de almacén Salazar Cabezas y Quispe Barrientos, pese a tener conocimiento de que el proveedor no cumplió con entregar la totalidad de las bolsas de cemento (tercera entrega) y tener presente que el incumplimiento acarreaba la aplicación de penalidades, concertaron con Huamán Villanes para sellar y firmar la guía de remisión en señal de recepción de 1300 bolsas de cemento (las otras 1200 bolsas ya habían sido entregadas); asimismo, los antes referidos junto al supervisor de obra Domínguez Espino concertaron con el extraneus para también sellar y firmar el pedido-comprobante de salida, en señal de conformidad de la entrega y recepción en almacén de obra del total de 2500 bolsas de cemento.
Por su parte, Quispe Barrientos y Domínguez Espino informaron a la entidad que el proveedor cumplió con entregar la totalidad materiales, cuando por función tenían el deber de informar (por el incumpliendo en la entrega de las bolsas de cemento), la aplicación de las penalidades por mora del 10 % del monto contractual y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Todo ello permitió que la entidad pague 65850 soles a Huamán Villanes por la totalidad de la tercera entrega, ocasionando perjuicio económico a esta por 21 098.34 soles.
Los hoy sentenciados también fueron inhabilitados por el mismo lapso de la condena, además pagarán 400 días multa: Quispe Barrientos, 30 666.66 soles; Domínguez Espino, 37 333.33 soles; Salazar Cabezas y Huamán Villanes, 4000 soles cada uno. Finalmente, todos ellos abonarán 41 098.34 soles de reparación civil más los intereses legales.
Es preciso indicar que la sentencia condenatoria es de primera instancia y por tanto es susceptible de ser impugnada para su revisión en segunda instancia.
Fuente: Distrito Fiscal de Ayacucho