Como se recuerda, el pasado 17 de octubre, el Poder Judicial declaró nula la resolución emitida por Concepción Carhuancho, que ordenó la detención preliminar de Keiko Fujimori. Una de las razones que esgrimió entonces la sala de apelaciones, presidida por el magistrado Sahuanay Calsín, fue que el juez había incurrido en un error grave de motivación, ya que parte de esta era un “copia y pega” del requerimiento fiscal.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones declaró que el juez Richard Concepción Carhuancho había cometido dos irregularidades al ordenar la detención de Keiko Fujimori: copiar y pegar los argumentos de la fiscalía en su resolución y emplear el “conocimiento privado” que tenía sobre el caso.
En la última entrevista que brindó a RPP, el juez de investigación preparatoria se pronunció sobre este cuestionamiento.
Mucho se ha hablado del ‘copia y pega’. Con eso se ha tratado, creo yo, de desprestigiarme. Cada vez que me ocurran estas circunstancias en la vida, tomo con mayor responsabilidad las cosas. Lo único que hago es mejorar en mi tarea como juez, como administrador de justicia.
Lea también: Las 10 sentencias del Tribunal Constitucional más importantes del 2018
Concepción Carhuancho explicó que el mencionado “copia y pega” en realidad se trata de lo que en derecho se denomina motivación por remisión, “en el cual el juez prácticamente hace suyos los argumentos del fiscal para sustentar la decisión”.
[T]ambién es válida la motivación por remisión, caso en el cual el juez prácticamente hace suyo los argumentos del fiscal para sustentar la decisión. […] En España a eso se le llama digamos resoluciones seriadas o estereotipadas.
Si bien, Concepción reconoció que es un tema polémico y opinable, acotó que “es válido desde el punto de vista constitucional”. Según dijo, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre este tipo de motivación admitiendo su validez.
El juez Concepción Carhuancho precisó que este tipo de motivación no se da en la mayoría de los casos, sino solo en aquellos que son urgentes y que, por la premura del tiempo, se requiere que el juez adopte esta decisión judicial.
Esto no quiere decir que el juez de manera automática y ciega asume lo que dice el fiscal. Lo que hace el juez por la premura del tiempo, por la urgencia de los pedidos, verifica el pedido y los elementos de convicción. Si determina que los elementos de convicción que menciona el fiscal están ahí y lo convencen, los puede hacer suyos.