El amicus curiae, expresión latina que significa «amigo de la Corte», es una institución que permite que una persona natural o jurídica ajena a un proceso, emita opiniones de su especialidad para ayudar al ente juzgador a tomar una decisión.
Los orígenes del amicus curiae se remontan al Derecho romano, cuando los jueces consultaban a los abogados para recibir de ellos más luces sobre la solución de un determinado caso. Con el tiempo, a principios del siglo IX, el amicus curiae se aplicó en los países del sistema anglosajón (common law), y, de esta manera, se convirtió en una figura importante para apoyar a los tribunales a resolver casos de extrema complejidad y trascendencia.
¿A qué viene esta breve introducción? A la pregunta que se hizo el abogado Bruno Tapia sobre los amicus curiae de la Corte Suprema en los plenos casatorios civiles, que cumplen una importante labor ayudando a los jueces a esclarecer un tema de especial dificultad.
Más que ofrecer una respuesta, lo que planteó el abogado es una cuestión harto interesante. Se trata de conocer cómo es que se elige a tal o cual persona para que asista a los plenos como amigo de la Corte.
En el seno de una exposición sobre el precedente judicial, se hizo esta pregunta mientras cuestionaba severamente lo resuelto en el I Pleno Casatorio Civil:
¿Cómo se eligen a los amicus curiae? ¿Qué pasa si las partes no están de acuerdo con el amicus curiae? Si esos amicus curiae en el futuro tienen casos, ¿yo puedo pedirle al juez que se inhiba? Porque yo podría decir «es su amigo señor juez, inhíbase». Es una cosa curiosa que, en la mayoría de los plenos casatorios, los abogados de las partes no están presentes. Es como una conferencia de los amicus curiae.
Con todo el respeto que ellos se merecen, mi cuestionamiento no es a un amicus curiae en particular, sino la pregunta es cuál es el procedimiento que siguen para elegirlos. Porque yo si en un momento soy juez puedo leer lo que se ha escrito en la doctrina nacional sobre el tema que genera conflicto, y a partir de ahí puedo tener una idea de interpretación de la norma en el caso. Pero de ahí, ¿por qué la necesidad de llamarlos?
Claro esta es una posición muy controvertida, pero mi posición es esa. ¿No será acaso que para evitar parcialidades deberá otro mejor criterio para la decisión de los jueces como por ejemplo, una recepción de artículos sobre determinado tema?

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