La predictibilidad en el contenido de las decisiones judiciales, o más propiamente su ausencia, es un problema público dentro del sistema de administración de justicia. No es de reciente data; es acaso un tema recurrente en las mesas de reforma judicial.
El último gran esfuerzo interinstitucional por abordarlo, ha sido la creación del Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, a través de la Ley 30942, la aprobación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia 2021-2025 a través del Decreto Supremo N° 012-2021-JUS, y la propia Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia, que lo considera como el Objetivo Prioritario 9, con el título: Fortalecer la predictibiidad de las decisiones judiciales y la adecuación normativa.
Y en ese camino “la opción por la especialidad en la emisión de reglas jurisprudenciales ha sido constatada por la experiencia nacional, a través de la adopción de plenos jurisdiccionales que atienden a cada materia debatida” [Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia: 2021; pag, 218].
Sin negar la problemática, en la otra orilla, no es menor el esfuerzo de los magistrados del Poder Judicial, en estos últimos años, por decantar líneas jurisprudenciales en clave de especialidad, que ayuden ciertamente a uniformizar criterios en temas comunes, novedosos y recurrentes, de cara a una justicia célere y legitimada, pero con respeto, igualmente, a la independencia judicial.
Así, se ha publicado recientemente [Diario Oficial El Peruano 01-11-2023], los acuerdos de la judicatura nacional en el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil, con relación a la concesión del recurso de casación excepcional; órgano competente en materia indemnizatoria por responsabilidad contractual de funcionario o servidor público y la convalidación en el proceso judicial de la ausencia de conciliación extrajudicial.
El Pleno Nacional finiquita debates previos de los jueces de la especialidad en cada Distrito Judicial, luego de realizar un filtro de indistintos temas cuya importancia también es parte de un feedback pretoriano. Por tanto, implica el movimiento de recursos humanos y logísticos, que la institución debe soportar, bajo riesgo de un adormecimiento jurisprudencial.
De allí la importancia no sólo de su realización permanente, en diferentes niveles y especialidades, sino el de no obviar, que al tratarse de una problemática considerada en una Política Pública, debe merecer su atención en acciones [estandarización en generación de precedentes] y por supuesto, de recursos.
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