¡Buenas nuevas! LP transmitirá una clase gratuita en vivo: Denuncias constitucionales y control político. La clase estará a cargo del doctor Jorge Antonio Jáuregui Mendieta.
El docente Jorge Antonio Jáuregui Mendieta es abogado, magister en Ciencia Política y Gobierno por la Pontifica Universidad Católica del Perú (PUCP). Cuenta con estudios de especialización en Derecho Constitucional y Electoral. Es Catedrático de Legislación Electoral y Teoría de los Regímenes Políticos de la Escuela de Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), y de Educación Electoral en la ONPE y JNE.
La sesión, trata de una valiosa oportunidad para estudiantes de derecho y todo aquel profesional que requiera aprender de derecho constitucional y fortalecer sus conocimientos jurídicos sobre las denuncias constitucionales y el control político.
No se pueden perder esta clase llena de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— no encontrarán en otro sitio. Además el profesor absolverá algunas preguntas frecuentes de los alumnos.
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La clase gratuita en vivo: Denuncias constitucionales y control político, se desarrollará este jueves, 29 de febrero de 2024, desde las 3:00 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase, cuando inicie la sesión, pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
![El derecho administrativo sancionador no se rige por el principio de lesividad, sino por criterios de afectación general; de suerte que la sanción administrativa no requiere la verificación de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos y generalmente opera como respuesta ante conductas formales o de simple desobediencia a reglas de ordenación [RN 2090-2005, Lambayeque, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Es irrazonable sostener que el arraigo familiar está ampliamente relativizado porque se tiene un régimen patrimonial conyugal de separación de bienes, los hijos son mayores de edad, y uno de ellos ya culminó su carrera profesional [Casación 50-2020, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-frontal-corte-LPDerecho-218x150.png)
![La adjudicación de la buena pro a una empresa que ofertó precios más altos a los demás postores no configura, por sí sola, una práctica colusoria, si dicha decisión se justificó en la evaluación de otros rubros, como ofertas y servicios adicionales [RN 2161-2013, Arequipa, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La invocación a la autonomía funcional, ausencia de dolo y valoración probatoria (individual y conjunta) no son pertinentes para justificar la omisión de ejercicio de la acción penal, pues no se está frente a un criterio [Apelación 396-2024, Cañete, f. j. 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






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![La libertad de comunicaciones internacionales se concretiza en el principio de «libertad de los mares» en el alta mar, lo cual implica que los Estados pueden navegar, sobrevolar libremente, tender cables y tuberías submarinas, pescar, construir islas artificiales, entre otros [Exp. 2689-2004-AA/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)