Propuestas del candidato César Landa Arroyo, expresidente del Tribunal Constitucional
Primero.- Desarrollar la jurisprudencia, opiniones consultivas y medidas provisionales que emita la Corte en base a un uso razonable y proporcional del corpus iuris convencional que incluya los diferentes sistemas legales, así como del control de convencionalidad.
Segundo.- Contribuir a seguir perfeccionando el uso de los principios de subsidiariedad y complementariedad entre el derecho internacional y el derecho nacional promoviendo el acceso a la justicia de los grupos más vulnerables.
Tercero.- Coadyuvar a perfeccionar los requisitos para la admisión de las opiniones consultivas.
Cuarto.- Promover la eficacia de las medidas provisionales en su aplicación y en los plazos en relación a las víctimas considerando los problemas estructurales que a veces originan las violaciones.
Quinto.- Promover el incremento del cumplimiento pleno de las sentencias emitidas mediante la supervisión y el acompañamiento, así como la reducción en la duración de los procesos, elevando la eficiencia en el cumplimiento de las medidas de restitución, reparación, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición.
Sexto.- Profundizar los vínculos institucionales con la Comisión, así como con las cortes nacionales y tribunales internacionales de derechos humanos, promoviendo la protección multinivel de los derechos humanos.
Sétimo.- Fortalecer la eficacia y transparencia en la gestión del gasto presupuestal con rendición de cuentas en función de indicadores de metas a cumplir.
Nota en desarrollo…
[Nota previa 19/01/2021]
El profesor Pedro Grández acaba de compartir en su cuenta de Facebook una noticia que ha despertado la atención de abogados y estudiantes de derecho.
El Perú habría formalizado ante la Organización de Estados Americanos la candidatura del exmagistrado del Tribunal Constitucional, César Landa Arroyo, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Aquí el mensaje del profesor Grández:
Gran noticia para el Perú y el sistema interamericano:
El Perú ha formalizado la candidatura del profesor Cesar Landa como candidato para integrar la Corte Interamericana de DDHH. El Profesor Landa es sin duda el mejor candidato. Ha dedicado toda su vida a la investigación, la docencia y la defensa de los DDHH en los distintos espacios públicos en que ha actuado con independencia, conocimiento y clara vocación ética en defensa de los valores constitucionales.
Estoy seguro que los Estados miembros de la OEA reconocerán en él al mejor candidato y otorgarán su respaldo en bien del fortalecimiento del sistema interamericano.
Nota en desarrollo…
PREGUNTAS DEL ABC DE LA CORTE IDH
¿CÓMO SE ELIGEN LOS JUECES DE LA CORTE INTERAMERICANA?
El Secretario General de la OEA solicita a los Estados partes en la Convención que presenten una lista con los nombres de sus candidatos para Jueces de la Corte. Cada Estado parte puede proponer hasta tres candidatos, nacionales del Estado que los propone o de cualquier otro Estado miembro de la Organización.
Los jueces son elegidos a título personal por los Estados partes, en votación secreta y por mayoría absoluta de votos, durante la Asamblea General de la OEA inmediatamente anterior a la expiración del mandato de los Jueces salientes.
¿CUÁNTO TIEMPO DURA EL MANDATO DE LOS JUECES?
El mandato de los Jueces es de seis años y pueden ser reelectos una vez más por el mismo período. Sin embargo, los Jueces que terminan su mandato siguen participando en el estudio de los casos que conocieron antes de que expirara su período y que se encuentran en estado de sentencia.
![Tutela de derechos. Imputación necesaria. Principio de progresividad de la investigación. Delito de cohecho [Exp. 49-2025-54]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)


![Confirman multa a Plaza Vea por no verificar identidad de cliente en consumos no reconocidos con tarjeta de crédito [Res. 2908-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/plaza-vea-parqueo-LPDerecho-218x150.png)
![El plazo de prescripción puede computarse hasta antes de la notificación de la sentencia porque esta surte efectos después de su notificación, no en la fecha de su emisión (aplican criterio del caso Aldo Mariátegui) [Exp. 02168-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Errores meramente formales de la defensa técnica en el escrito impugnatorio (v. gr. ingreso del escrito en un cuaderno o numeración distintos) no justifican el rechazo del recurso, cuando hay elementos suficientes para identificar la voluntad impugnatoria [Exp. 03902-2023-PHC/TC, ff. jj. 15-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE [Res. D000090-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento que regula el establecimiento de cursos de capacitación como medida preventiva para las microempresas [Decreto Supremo 288-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/sunat-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
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