César Hinostroza Pariachi, presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, en conferencia de prensa aseguró que vulneraron el secreto de sus comunicaciones telefónicas al habérsele grabado durante una conversación el pasado 4 de abril.
“En lo que me corresponde al problema que está sucediendo en estos días con la divulgación de los audios, soy un juez de carrera, un juez que tiene más de 30 años con una trayectoria intachable, sin sanción alguna. Soy un juez sometido a la Constitución y a la ley, que protege los derechos fundamentales de todos los peruanos. En esta oportunidad, denuncio la grave violación de mi derecho fundamental del secreto de mis comunicaciones, por cuanto ha sido levantada por un juez y fiscal incompetente”, indicó al iniciar su intervención.
Luego, sobre el levantamiento de sus comunicaciones, el magistrado indicó: «El 22 de diciembre de 2017, la fiscal provincial del Callao, Rocío Sánchez Saavedra, le pide al juez de investigación preparatoria, Roque Huamancondor, que levante el secreto de las comunicaciones de un sujeto de las siglas N.N., y coloca mi número telefónico xxxxx. El juez, sin mayor fundamento y sin averiguar de quién se trata el NN, levanta el secreto de las comunicaciones. En esta resolución, el juez le pide al fiscal que dentro de los 60 días que le concede averigüe a quién le pertenece ese número. Después de ese período, la fiscal pide una prórroga, continuando con las siglas N.N. Señores, en 60 días la fiscal tenía conocimiento de que este teléfono correspondía al que habla. No solo por la información de la empresa telefónica, sino porque estaba en el directorio no solo de la Corte Suprema, sino de la Corte Superior, porque yo fui presidente hace años atrás. Entonces, si la fiscal sabía que este teléfono correspondía a César Hinostroza, juez titular de la Corte Suprema del Perú, ¿qué es lo que tenía que hacer? Comunicar al fiscal de la Nación, para que este solicite el levantamiento del secreto de mis comunicaciones al juez supremo de investigación preparatoria. Pero no lo hicieron así, siguieron escuchando las conversaciones privadas.”
Más adelante cuestionó la difusión de las grabaciones por IDL Reporteros: «No voy a decir de qué manera ha llegado a IDL-Reporteros pero se ha vulnerado los derechos fundamentales. Si toleramos esta forma ilegal de grabar conversaciones, el presidente, los ministros, están notificados. Los mismos jueces supremos están notificados que pueden grabar sus conversaciones. Esto no se puede tolerar en un Estado constitucional de derecho». También aseguró que las escuchas ”son conversaciones intrascendentes en los que no hay acto ilícito, ni componenda, ni tráfico de influencias, ni corrupción, no tiene relevancia penal”.
Sobre la presunta negociación en torno a un caso de violación sexual
Sobre el audio donde el magistrado Hinostroza conversa con otra persona sobre un caso de violación sexual en agravio de una menor de 11 años, el magistrado se defendió en los siguientes términos:
Se habla de un audio del 4 de abril de este año. Yo estoy en mi despacho, llamo a mi esposa a la una y veinte de la tarde. Vamos a suponer que se habló de un caso para favorecer. He pedido informe a la relatoría para saber cuántos procesos de violación se han visto en la Corte en el mes de abril. No puede ser mayo porque tiene que resolverse en los 30 días. El relator me ha dicho que durante el mes de abril se han resuelto dos procesos con sentencias condenatorias, los únicos casos donde se ha podido rebajar [la pena] o absolver a un acusado.
El primer caso. Decisión: la Sala de mi presidencia resuelve aumentar la pena de un procesado, de 4 años a 6 años. La Sala aumentó dos años de cárcel a este condenado. En el segundo caso, recurso de nulidad, nuestra Sala aumentó la pena y varió el delito a 12 años. Nuestra Sala lo condenó de violación sexual en grado de tentativa. Le aumentó de 12 a 20 años de pena privativa de la libertad. Expediente 354, fundamento décimo quinto, durante el año 2014 la víctima tenía 11 años. Una sentencia de doce hojas, aumentamos de 12 a 20 años de privativa de la libertad.
Culminó haciendo un pedido y señalando que se sometería a las investigaciones:
Pido a la prensa, Congreso, Ejecutivo, respetuosamente, con calma y serenidad, investigar. Está a disposición de ustedes los archivos en mi sala íntegramente. Todas las sentencias se encuentran en mi despacho. Tampoco me escudo en la inconstitucionalidad, estoy explicando que no hay ningún acto ilícito. Corrupción es cuando tú cobras algo. Aquí no hay nada, todo es transparente y limpio.




![Criterios rectores del voto singular de los magistrados Gutiérrez Ticse y Domínguez Haro [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![TC: Restricción para contratar con el Estado por razón de parentesco no puede aplicarse de manera general a todas las entidades públicas; el impedimento solo aplica a la entidad donde el funcionario tiene influencia [Exp. 02545-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Excepción a la regla de no exigencia en la precisión de la fecha en el delito de violación sexual: La precisión de las fechas no es determinante si se precisan circunstancias periféricas; sin embargo, cuando las contradicciones en la precisión de tiempo, lugar o circunstancias son reiterativas y variables en los diferentes elementos de prueba (declaración en Cámara Gesell, ante el médico legista, ante el psicólogo), generan incertidumbre que debe ser esclarecida, ya que provienen de la misma fuente incriminatoria [Apelación 395-2024, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Las resoluciones «definitivas» son aquellas que concluyen el proceso; en cambio, las «interlocutorias» se emiten mientras el proceso está en curso y no afectan directamente la decisión final del mismo [Queja NCPP 1429-2023, Cajamarca, f. j. 4.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)



![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Aprueban nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar y policial [Decreto Supremo 292-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/POLICIAS-MILITARES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)











![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)




![Criterios rectores del voto singular de los magistrados Gutiérrez Ticse y Domínguez Haro [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)
![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)


