El caso Mike Ross: ¿Qué pasaría si ‘La Ley de los Audaces’ fuera realidad en el Perú?

Escrito por: Italo Sebastian Celi Romero

Sumario:  1. Introducción, 2. Resumen de la serie, 3. Aspecto penal, 4. Aspecto administrativo, 5. Conclusiones, 6. Referencias


1. Introducción

La ética y el derecho no siempre van de la mano, especialmente cuando se trata de personajes que desafían las normas. Por ejemplo, Suits (La Ley de los Audaces) es una serie que nos sumerge en el competitivo mundo de los abogados en Nueva York, pero con una premisa que genera más preguntas que respuestas legales: Mike Ross, un joven brillante sin título profesional, logra ejercer como abogado gracias a su prodigiosa memoria y a un elaborado fraude. Aunque su historia pueda parecer ficción, plantea serias reflexiones sobre la legitimidad y las consecuencias de violar las reglas.

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En nuestro contexto peruano, situaciones similares no son ajenas. Los titulares de noticias ocasionalmente revelan casos de personas que, sin título alguno, se presentan como abogados, afectando no solo a sus clientes, sino también a la confianza en el sistema legal y en el ordenamiento jurídico en general. Es por ello que, este artículo analizará el caso de Mike Ross bajo la perspectiva del marco normativo peruano, abordando posibles infracciones como la usurpación de funciones, la falsedad documental y la complicidad, para luego establecer paralelismos con los desafíos actuales que enfrenta nuestra sociedad frente a este tipo de conductas.

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2. Resumen de la serie

La trama de Suits gira en torno a Mike Ross, un joven con una memoria eidética y una habilidad innata para resolver problemas legales, quien por una serie de eventos fortuitos termina siendo contratado como abogado por Harvey Specter, socio de una prestigiosa firma de abogados. El problema: Mike nunca asistió a la facultad de derecho ni obtuvo licencia para ejercer. A lo largo de la serie, su talento y carisma logran encubrir este enorme fraude, mientras enfrenta dilemas éticos, amenazas de ser descubierto y complicidades que lo mantienen en su lugar.

Mike no solo suplanta una identidad profesional, sino que también pone en jaque la ética de quienes lo rodean, particularmente de Harvey Specter y Jessica Pearson, quienes son conscientes de su falta de legitimidad, pero deciden encubrirlo. La serie, aunque ficticia, plantea preguntas fundamentales sobre el impacto de la corrupción y la falta de integridad en instituciones de prestigio.

3. Aspecto penal

En el caso de Mike Ross, diversos delitos podrían tipificarse según el Código Penal Peruano. Cada uno de ellos debe analizarse detalladamente, incluyendo posibles agravantes:

3.1. Ejercicio ilegal de la profesión (artículo 363)

El artículo 363 sanciona a quien, sin reunir los requisitos legales, ejerce una profesión que requiere título o autorización. Mike Ross se hizo pasar por abogado, sin contar con el grado académico ni la colegiatura obligatoria.

  • Fundamento: En el Perú, el ejercicio del derecho es una profesión regulada, lo que implica que solo quienes han cumplido con los estudios universitarios, la colegiatura y los trámites correspondientes pueden ejercer. La acción de Mike vulnera esta normativa, engañando tanto a los clientes como al sistema legal.
  • Posible agravante: Si en su práctica causó un perjuicio significativo a los derechos de sus clientes (por ejemplo, pérdidas económicas o de bienes), podría considerarse una circunstancia agravante, según lo señalado en el artículo 46 del Código Penal.

3.2. Falsificación de documentos (artículo 427)

Mike presentó un título falso de Harvard como evidencia de su formación profesional, incurriendo en el delito de falsificación de documentos públicos o privados, dependiendo de la naturaleza del diploma.

  • Fundamento: El artículo 427 establece que cualquier persona que falsifique documentos con la intención de utilizarlos o hacerlos valer comete este delito. En este caso, Mike no solo falsificó el documento, sino que lo utilizó reiteradamente para obtener un empleo y beneficios.
  • Posible agravante: Si el documento falsificado tuvo impacto en la administración de justicia (por ejemplo, si participó en procesos judiciales y estos se vieron afectados por su carencia de conocimientos legales), esto podría configurar un perjuicio grave al interés público, agravando la sanción.

3.3. Estafa (artículo 196)

El ejercicio ilegal de la profesión permitió a Mike obtener ingresos y beneficios económicos, lo que podría configurar estafa, ya que indujo a error a quienes confiaron en sus servicios legales.

  • Fundamento: Según el artículo 196, se considera estafa la obtención de un beneficio económico mediante engaño o artificio. Los clientes de Mike contrataron sus servicios creyendo que era un abogado calificado, lo que constituye un acto de inducción a error.
  • Posible agravante: Si las sumas de dinero cobradas fueron especialmente elevadas o si las víctimas pertenecían a grupos vulnerables, se aplicaría el artículo 197, que establece agravantes para este delito.

3.4. Complicidad primaria (artículo 25)

Harvey Specter y Jessica Pearson, al conocer la verdad y permitir que Mike ejerciera como abogado, serían cómplices primarios. El artículo 25 del Código Penal sanciona a quienes, con conocimiento y voluntad, facilitan, favorecen o encubren la comisión de un delito.

  • Fundamento: La complicidad de ambos permitió que Mike permaneciera en su puesto y siguiera ejerciendo sin consecuencias legales inmediatas. Al hacerlo, contribuyeron directamente a la consumación de los delitos.
  • Posible agravante: Si alguno de los cómplices obtuvo beneficios económicos directos o utilizó su posición de autoridad para encubrir el delito, esto podría agravar su responsabilidad penal.

4. Aspecto administrativo

La firma Pearson Hardman, al contratar a Mike Ross y encubrir su falta de titulación, no solo incurrió en graves faltas éticas, sino que también pudo vulnerar diversas disposiciones del ordenamiento jurídico peruano aplicables a instituciones y empresas en situaciones similares.

4.1. Ley N° 26887 – Ley General de Sociedades

Según el artículo 177 de la Ley General de Sociedades, los representantes legales de una sociedad son responsables de los actos ilícitos realizados en beneficio de la empresa si tienen conocimiento o participación en ellos. En este caso, Jessica Pearson y Harvey Specter, como figuras de dirección y representación, podrían haber incurrido en responsabilidad solidaria, ya que permitieron y participaron activamente en el encubrimiento del fraude de Mike Ross, con el fin de mantener la competitividad y prestigio de la firma.

4.2. Ley N° 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

Aunque inicialmente pueda parecer que el fraude no afecta las condiciones laborales, el encubrimiento de un acto ilícito podría generar un ambiente laboral tóxico, donde el miedo, el chantaje y la pérdida de confianza afectan directamente la salud emocional y psicológica de los trabajadores. Esto podría interpretarse como una vulneración de los derechos de los empleados a un entorno laboral seguro y saludable, según los artículos 49 y 50 de la Ley N° 29783.

4.3. Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor

La contratación de un abogado falso afecta directamente la confianza y los derechos de los clientes de la firma, quienes contratan los servicios de esta en base a una supuesta idoneidad profesional. Según el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores deben garantizar la calidad e idoneidad de los servicios que ofrecen. El fraude de Mike Ross constituye un claro incumplimiento, por lo que la firma podría enfrentar sanciones administrativas, compensaciones económicas a los consumidores afectados e incluso la pérdida de licencia para operar.

4.4. Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas – Decreto Legislativo N° 1034

Encubrir un acto ilícito de tal magnitud también podría interpretarse como una práctica desleal que afecta la libre competencia, especialmente si se considera que la firma utilizaba a Mike Ross para obtener ventajas competitivas en el mercado legal. Según el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1034, cualquier acto que desvirtúe la competencia en perjuicio de otras empresas podría ser sancionado. La contratación y encubrimiento de Mike Ross, al no respetar las normas que regulan el ejercicio de la abogacía, podría considerarse una conducta anticompetitiva.

En este contexto, es evidente que el fraude de Mike Ross no solo implicó faltas individuales, sino también una cadena de responsabilidades administrativas y legales que abarcan desde la dirección de la firma hasta las consecuencias para sus clientes y empleados.

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5. Conclusiones

En suma, el análisis del caso de Mike Ross desde la perspectiva del ordenamiento jurídico peruano nos permite reflexionar sobre la relevancia de las normas éticas y legales que regulan el ejercicio profesional. La usurpación de funciones, la falsificación de documentos y la complicidad no solo son delitos graves, sino también conductas que dañan la confianza pública en las instituciones. Además, este caso ficticio, aunque lejano en contexto, encuentra ecos en nuestra realidad, donde el ejercicio ilegal de profesiones sigue siendo un desafío para el sistema legal y administrativo.

Por otro lado, es fundamental resaltar que este tipo de supuestos nos obliga a repasar la responsabilidad de los actores involucrados, tanto en el ámbito penal como administrativo. La complicidad de figuras de autoridad, como en el caso de Jessica Pearson, pone en evidencia cómo el encubrimiento de actos ilícitos puede extender las consecuencias legales y administrativas a las organizaciones en su conjunto. Esto subraya la importancia de contar con mecanismos internos efectivos que garanticen la transparencia y el cumplimiento de las normas éticas en las empresas.

Finalmente, considero que este artículo no solo sirve para desentrañar los delitos involucrados en una trama ficticia, sino también para abrir un espacio de reflexión sobre la importancia de proteger la legitimidad de nuestras instituciones. En un país como el Perú, donde la lucha contra el fraude y la corrupción sigue siendo un tema prioritario, abordar estos temas desde diversas perspectivas no solo enriquece el debate, sino que también nos invita a exigir mayor rigor en la supervisión y sanción de estas conductas.

6. Referencias

Derecho, LP (2024). Código Penal peruano [actualizado 2024] | LP. Retrieved from https://lpderecho.pe/codigo-penal-peruano-actualizado/

Ley General de Sociedades, Ley N° 26887. (1997). En gob.pe. Recuperado 3 de diciembre de 2024, de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2570358/ley_general_sociedades.pdf.pdf?v=1638566446

Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783. (2011). En El Peruano. Recuperado 3 de diciembre de 2024, de https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/obtenerDocumento?idNorma=38

Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N° 29571. (2010). En gob.pe. Recuperado 3 de diciembre de 2024, de https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1351847/LEY%2029571.pdf.pdf?v=1602084982

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