
¿Qué fue con Messi? Durante una entrevista realizada por el portal Goal, la estrella argentina anunció que se quedará en el Barcelona para disputar la próxima temporada. También dijo que nunca llevaría a los tribunales al club de su vida.
Pese a sus deseos por cumplir nuevos proyectos, el astro argentino decidió quedarse en el Barcelona tras evaluar junto a sus abogados la cláusula de rescisión de su contrato.
«Es una decisión que la venía meditando, se la venía comentando al presidente. Siempre me dijo que a final de temporada podía decidir si irme o no, pero al final no terminó cumpliendo con su palabra», sostuvo Messi un tanto mortificado durante la entrevista.
Sigue aquí la entrevista en vivo a Jaime Talledo De Lama, experto en derecho deportivo:
Lea también: ¿El contrato de fideicomiso puede salvar de la insolvencia a los clubes de fútbol?
Lionel Messi percibe un jugoso sueldo mensual de 8.3 millones de euros, sin embargo, la indemnización por esa cláusula alcanza los 700 millones de euros, es decir, estaría pagando lo equivalente a siete años de salarios.
Aún así estas cláusulas pueden ser negociadas entre el jugador y el club de fútbol, cuando un futbolista decide marcharse.
En este caso, el Barcelona anunció que la cláusula de rescisión se había activado en junio de este año, al «concluir la temporada», pero el astro argentino nunca la ejecutó, de manera que el contrato estaba vigente hasta junio de 2021.
En condiciones normales, la temporada habría culminado en junio y la rescisión habría expirado el 10 de ese mes, pero el coronavirus paralizó los partidos y extendió el campeonato.
Durante la cuarentena, la FIFA también emitió un comunicado donde recomienda a los clubes que los futbolistas con contratos próximos a vencer el 30 de junio, puedan completar la temporada 2019-2020.
Los abogados del futbolista alegaron que por esas razones, Messi no ejecutó la cláusula de rescisión en junio, sino en agosto, pues interpretó que al finalizar todos los partidos pendientes del Barcelona habría finalizado la temporada.
Lea también: Efectos legales del covid-19 en el fútbol profesional [webinar]
¿Cláusulas de rescisión?
Los clubes de fútbol utilizan esta cláusula contractuales para proteger a sus jugadores y fijar la cantidad económica que debería pagar otro club si desea fichar al jugador cuando este aún tenga contrato en vigor.
De manera que si un equipo pretende fichar a un futbolista que aún tiene contrato con otro equipo, deberá pagar por una indemnización determinada previsto en el contrato del jugador.
Messi y su papá
A raíz de esta compleja situación, el padre de Lionel Messi que también es su representante, envió una carta al presidente de LaLiga, Javier Tebas.
En el documento le precisó que el club se había equivocado al afirmar que Messi tendría que pagar una cláusula de rescisión para marcharse del Barcelona, pues la temporada ya había concluido.
«Esta indemnización no aplicará cuando la resolución del contrato por decisión unilateral del jugador tenga efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019-2020», sostuvo su padre.
En la misiva, el padre de Messi aseguró que no pagarían los 700 millones de euros que contempla el contrato en esa cláusula. Por su lado, LaLiga no tardó en contestar y aseguró que el contrato se encontraba vigente, de manera que Messi tendría que pagar al irse del Barcelona. También invocó el artículo 16 del Real Decreto 1006/1985 que regula la relación laboral en deportistas profesionales.
Lea también: [VÍDEO] Manuel Atienza vs García Amado: reglas, principios y fútbol
«El contrato se encuentra actualmente vigente y cuenta con una ‘cláusula de rescisión’ (…) conforme al artículo 16 del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales (…) En cumplimiento de la normativa aplicable, LaLiga no efectuará el trámite de visado previo de baja federativa al jugador si no ha abonado previamente el importe de dicha cláusula», sostuvo el comunicado de LaLiga.
Cuando se le consultó a Lionel Messi por qué quiso retirarse del Barcelona, respondió: «Sentía que necesitaba un cambio y que quería probar nuevas cosas, que necesitaba nuevos objetivos y aspirar a cosas nuevas»
Los deseos y proyectos de Lionel Messi parecen atrofiarse por la millonaria cláusula de rescisión que pudo haber pagado si optaba por irse del Barcelona o quizás por zona de confort.
Preguntas sin respuestas. Luego de diversas informaciones sobre el tema, aún la pululan incógnitas sobre el terreno de juego: ¿Cuándo acaba la temporada en contextos de covid-19? ¿Las cláusulas de rescisión de futbolistas son realmente abusivas?
Lea también: Indecopi bloqueará transmisiones de fútbol, películas y música pirata en internet
En diálogo con LP Pasión por el Derecho, Jaime Talledo De Lama, experto en derecho del fútbol, sostuvo que el astro argentino pudo acudir a un juez laboral para que precise qué interpretación era la correcta y pueda declarar el monto de 70 millones de euros como abusiva.
Entre otras declaraciones, el abogado indicó que LaLiga, primera división española, actuó como si fuera un tribunal laboral, pues determinó que Messi debía abonar la indemnización millonaria para poder irse del Barcelona.
Hubiera sido muy interesante tener una respuesta jurisdiccional como el tema, hubiera tardado muchos años, pero habría sido interesante.
También sostuvo que esa respuesta pudo deberse a que LaLiga habría perdido miles de seguidores tras la partida de Lionel Messi, además de los suscriptores a las transmisiones del campeonato español.
Futbolistas y cláusulas de rescisión
Los futbolistas en LaLiga ostentan cuantiosas cláusulas de rescisión. Los clubes que más pagan por estas disposiciones son el Real Madrid y el Barcelona.
En 2018, la cláusula de rescisión más alta de LaLiga fue la de Karim Benzema, delantero del Real Madrid, que ascendía los 1.000 millones de euros. Después se encontraban Lionel Messi, Marco Asensio (Real Madrid) e Isco Alarcón (Real Madrid), con 700 millones de cláusula cada uno.
En 2006, el futbolista Iban Zubiaurre Urrutia acudió a los tribunales de justicia para dirimir un conflicto contra su agente por acciones cruzadas del traspaso frustrado entre la Real Sociedad y el Athletic Club de Bilbao.
En la Sentencia nº 9/2015, el Tribunal Supremo español calificó de abusiva la cláusula de rescisión impuesta al jugador que equivalía a 3.00.506.052,2 millones de euros.
![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No es exigible que, en todas las actuaciones procedimentales contra altos funcionarios públicos, intervengan únicamente el fiscal supremo titular o el fiscal de la Nación, pues la actuación de los fiscales adjuntos supremos es legítima y se desarrolla en cumplimiento de la LOMP (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 8.6.2.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CASTILLO-PODER-JUDICIAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)





![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Caso JNE: Resuelven en mayoría declarar improcedente participación de partido de Duberlí Rodríguez [Exp. 06374-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![OECE: directiva para el registro de valorizaciones de obra en el SEACE [Resolución D000083-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)




![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)












![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-324x160.jpg)
![No es exigible que, en todas las actuaciones procedimentales contra altos funcionarios públicos, intervengan únicamente el fiscal supremo titular o el fiscal de la Nación, pues la actuación de los fiscales adjuntos supremos es legítima y se desarrolla en cumplimiento de la LOMP (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 8.6.2.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CASTILLO-PODER-JUDICIAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-100x70.jpg)


![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Destituyen a servidor por usar PC de la entidad para elaborar escritos privados [Inv. Definitiva 497-2014, Tumbes] destituyen-servidor-usar-pc-entidad-elaborar-escritos-privados-investigacion-definitiva-497-2014-tumbes-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/destituyen-servidor-usar-pc-entidad-elaborar-escritos-privados-investigacion-definitiva-497-2014-tumbes-LP-324x160.png)