Mediante un comunicado el Colegio de Abogados de Lima (CAL) condenó el reciente atentado contra instalaciones del Ministerio Público en Trujillo, señalando que estos actos cumplen con los elementos constitutivos del delito de terrorismo, según el Decreto Legislativo 25475. El CAL destacó que estas acciones buscan desestabilizar el orden social y obstaculizar investigaciones judiciales, generando zozobra y amenazando la seguridad pública.
En su comunicado, el CAL lamentó que los atentados sean consecuencia de un debilitamiento legislativo, señalando la eliminación de herramientas como la detención preliminar en casos de no flagrancia y la falta de control sobre el uso de explosivos en la minería.
Además, hizo un llamado urgente al Congreso, al Poder Ejecutivo y al sistema de justicia para fortalecer el marco legal frente al crimen organizado. Según el gremio, garantizar la seguridad y estabilidad del país requiere ajustes normativos inmediatos que permitan enfrentar eficazmente la creciente violencia y desorden.
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
COMUNICADO 006-2025/CAL
CAL: RESPONSABLES DE ATENTADOS EN TRUJILLO DEBEN SER PROCESADOS POR TERRORISMO
El Colegio de Abogados de Lima (CAL) expresa su enérgica condena frente a los graves y reprochables actos perpetrados en las instalaciones del Ministerio Público de Trujillo. Estos actos, claramente premeditados, han generado zozobra, pánico y una amenaza directa contra la seguridad pública y la administración de justicia.
El CAL subraya que estas acciones no solo representan un ataque contra la infraestructura crítica del Perú, sino también un intento deliberado de obstaculizar las investigaciones judiciales y evadir sanciones penales. Dichos actos cumplen con los elementos constitutivos del delito de terrorismo, según lo estipulado en el Decreto Legislativo N.º 25475, ya que buscan desestabilizar el orden social y generar un clima de inseguridad en la población.
En la actualidad, el país afronta actos terroristas que tienen como origen la minería ilegal y el narcotráfico, siendo uno de los sectores más afectados la minería formal. Prueba de ello es la reciente destrucción de 16 torres de alta tensión en la minera La Poderosa, ubicada en Pataz, La Libertad. Debemos precisar que en el Perú y en el Derecho Comparado el marco jurídico vigente no contempla una figura específica denominada «terrorismo urbano» dentro de su legislación penal. Sin embargo, los actos de violencia que generan zozobra, pánico y afectan gravemente la seguridad pública son catalogados bajo las disposiciones de la Ley contra el Terrorismo (Decreto Legislativo N.º 25475), siempre que cumplan con los elementos constitutivos de este delito como en el presente caso.
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El CAL lamenta profundamente que estos sucesos sean consecuencia del desorden legislativo existente: la eliminación de la figura de la detención preliminar en casos de no flagrancia (Ley 32181) ha debilitado significativamente la lucha contra el crimen organizado; la modificación de la Ley de Crimen Organizado (Ley 32138) ha complicado los allanamientos y dificultado la tipificación y sanción de los grupos delictivos y por otro lado, la ampliación del REINFO permite el uso de explosivos sin el control y la fiscalización adecuados, facilitando su acceso a manos criminales bajo el pretexto de la formalización minera.
Finalmente, hacemos un llamado urgente al Congreso de la República, al Poder Ejecutivo, al Ministerio Público, al Poder Judicial y a todos los agentes del sistema de justicia, a fortalecer el marco legal vigente para enfrentar el crimen organizado de manera efectiva. La eliminación de herramientas como la detención preliminar en casos de no flagrancia y la falta de fiscalización rigurosa sobre el uso de explosivos en la minería han facilitado la proliferación de estos actos. Es imprescindible que el sistema normativo sea ajustado y fortalecido para proteger a la sociedad peruana y garantizar la estabilidad del país.
Lima, 22 de enero de 2025
Junta Directiva



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