El Colegio de Abogados de Lima (CAL) expresó su solidaridad con la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, denunciando un intento de afectar su independencia judicial mediante un proceso disciplinario basado en una cuestionable interpretación legal. La institución advirtió que este tipo de medidas no deben ser usadas como presión política y reiteró la importancia de respetar la separación de poderes.
CAL destacó el trabajo de Tello en el fortalecimiento del sistema judicial, incluyendo reformas en detención preliminar y lucha contra la corrupción. Asimismo, exhortó a las autoridades a garantizar el debido proceso y la imparcialidad en las investigaciones contra magistrados.
Matricúlate: Curso intensivo de preparación para el examen Profa 2025. Hasta 18 FEB Código gratis
CAL EXHORTA A RESPETAR LA SEPARACIÓN DE PODERES TRAS CUESTIONABLE PROCESO DISCIPLINARIO CONTRA LA PRESIDENTA DEL PJ
El Colegio de Abogados de Lima expresa su solidaridad con la presidenta del Poder Judicial, Dra. Janet Tello Gilardi, ante el evidente acoso político del que viene siendo objeto, bajo el pretexto de una cuestionable interpretación legal en un proceso de caracter laboral. Resulta preocupante que, de los miles de casos resueltos por la sala que integró la Dra. Tello en los últimos años, se pretenda utilizar uno en particular como pretexto para afectar su labor e independencia judicial.
El Colegio de Abogados de Lima rechaza enérgicamente cualquier intento de menoscabar la independencia del Poder Judicial y la estabilidad de sus magistrados, principios fundamentales del Estado de derecho. La decisión de la Junta Nacional de Justicia de iniciar un procedimiento disciplinario inmediato contra la Dra. Tello y otros magistrados de la Corte Suprema, basándose en una supuesta invocación errónea de una norma derogada, genera preocupación en la comunidad jurídica y en la ciudadanía en general.
Este tipo de medidas disciplinarias no deben utilizarse como mecanismos de presión política ni como herramientas para debilitar la independencia de los jueces. La institucionalidad democrática exige el respeto irrestricto a la separación de poderes, garantizando que las decisiones jurisdiccionales se adopten en un ambiente libre de injerencias externas.
La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello, en su función constitucional, viene impulsando una serie de medidas para fortalecer el sistema judicial, como la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia, el fortalecimiento de la ley del crimen organizado y diversas acciones para coadyuvar a la lucha contra la corrupción. Estas medidas contribuirán a la lucha contra la delincuencia común, la criminalidad y la corrupción en el país, tres de los principales problemas que identifican los peruanos.
El Colegio de Abogados de Lima reafirma su compromiso con la defensa del Estado de derecho y la independencia judicial, pilares esenciales de nuestro sistema democrático. En ese sentido, exhortamos a las autoridades competentes a garantizar el debido proceso y la imparcialidad en cualquier procedimiento disciplinario que se lleve a cabo contra magistrados del Poder Judicial.
Inscríbete aquí Más información
![Modificación sorpresiva de pretensión impugnatoria de la Fiscalía (revocatoria a nulidad de absolución) en audiencia de apelación, vulnera el principio de congruencia y el derecho de defensa [Exp. 1440-2023-58]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![Juez Chávez Tamariz vuelve a inaplicar Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad) vía control de convencionalidad difuso: la ley no puede obstaculizar la investigación de violaciones a derechos humanos [Exp. 186-2022-3-5001-JR-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_juez-vuelve-a-inaplicar-Ley-32107_chavez-tamariz_LP-218x150.jpg)
![Que un juez haya asumido determinada posición jurídica al resolver un caso anteriormente no constituye adelanto de opinión [Recusación 3-2026, Nacional, FF. JJ. 2.6-2.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El principio non bis in idem no puede ser un instrumento que neutraliza la potestad sancionadora administrativa cuando una misma actuación del administrado produce efectos antijurídicos diferenciados, evaluados bajo regímenes normativos distintos, con ámbitos de tutela específicos y posibilidades impugnatorias [Casación 29813-2023, Lima, f. j. 9.12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-DINERO-SOBORNO-ABOGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cinco reglas para la interpretación del art. 46 del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo: i) es aplicable a los convenios colectivos derivados de negociaciones colectivas por rama de actividad o gremio, conforme a las definiciones contenidas en los lit. b) y c) de los arts. 5 y 44 de la misma ley; ii) la organización sindical o las organizaciones sindicales deben representar a la mayoría absoluta de empresas y trabajadores de la actividad o gremio respectivo en el ámbito local, regional o nacional, debiendo convocarse a todas las empresas respectivas; iii) si la organización sindical o las organizaciones sindicales no representan a la mayoría absoluta de empresas y trabajadores, el producto de la negociación colectiva resulta eficaz únicamente para los trabajadores afiliados; iv) cuando exista un nivel de negociación colectiva en determinada rama de actividad, este mantendrá su vigencia; y v) el producto de la negociación colectiva por rama de actividad o gremio alcanza a los trabajadores comprendidos, con independencia del empleador (doctrina jurisprudencial) [Casación 35904-2022, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Es posible que se reduzca el monto de la asignación anticipada si existe una mayor carga familiar [Exp. 1483-2009]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/familia-casa-desalojo-vivienda-posesion-civil-bien-construccion-mala-fe-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)



![Operadores jurisdiccionales deben adecuar y flexibilizar las normas y su interpretación en beneficio de los niños, niñas y adolescentes (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 04058-2012-PA/TC, f. j. 25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![La ineficacia judicial en casos de violencia institucionalizada contra la mujer (i) favorece la impunidad y promueve la repetición de los hechos de violencia; además, (ii) envía el mensaje de tolerancia y aceptación social de este fenómeno y (iii) aumenta la desconfianza de las mujeres frente a la administración de justicia [Ramos Durand y otros vs. Perú, f. j. 197]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VÍDEO] Vea las entrevistas de los 146 jueces nombrados por la JNJ](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/Junta-Nacional-de-Justicia-JNJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento del voluntariado para adecuarlo a la Ley que reconoce beneficios académicos para universitarios [Decreto Supremo 002-2026-MIMP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-mujer-poblaciones-vulnerables-mimp-logo-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)






















![Modificación sorpresiva de pretensión impugnatoria de la Fiscalía (revocatoria a nulidad de absolución) en audiencia de apelación, vulnera el principio de congruencia y el derecho de defensa [Exp. 1440-2023-58]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre pautas importantes para operadores de contrataciones públicas sujetos a la Ley 32069. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-MODELO-jose-luis-mandujano_pautas-importantes-para-operadores-de-contrataciones-publicas_lp-100x70.jpg)

