Es ilegal exigir carné de sanidad a quienes brindan servicios de expedición de alimentos [Resolución 0116-2021/Indecopi-TAC]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 31 de diciembre de 2021.

Mediante la Resolución 0116-2021/Indecopi-TAC, Indecopi declara barrera burocrática ilegal exigir carné de sanidad a personas que brinden servicios de atención al público en expedición de alimentos, peluquerias, tópicos e inyectable.


Declaran barrera burocrática ilegal la exigencia de contar con un carné de sanidad a personas que brinden servicios atendiendo al público en expedición de alimentos, peluquerías, tópicos e inyectables; contenida en la Ordenanza Nº 0021-2003 de la Municipalidad Provincial de Tacna

RESOLUCIÓN Nº 0116-2021/INDECOPI-TAC

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 7 de junio del 2021

BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: La exigencia de contar de manera obligatoria con un carné de sanidad a todas aquellas personas que brinden servicios atendiendo al público en expedición de alimentos, peluquerías, tópicos e inyectables, sin excepción alguna.

ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Provincial de Tacna

NORMA QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS: La barrera burocrática se encuentra materializada en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal N° 0021-2003 del 1 de diciembre de 2003.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

Se declaró barrera burocrática ilegal la exigencia de contar de manera obligatoria con un carné de sanidad a todas aquellas personas que brinden servicios atendiendo al público en expedición de alimentos, peluquerías, tópicos e inyectables, sin excepción alguna, materializada en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal N° 0021-2003 del 1 de diciembre de 2003.

La razón es la Municipalidad Provincial de Tacna ha contravenido el artículo 13° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, el cual establece que ninguna autoridad pública podrá exigir a las personas la certificación de su estado de salud, carné sanitario, carné de salud o documento similar como condición para el ejercicio de actividades profesionales, de producción, comercio o afines.

JUAN ENRIQUE SOLOGUREN ÁLVAREZ
Presidente
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna

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