Fundamentos destacados: DÉCIMO PRIMERO. Finalmente, el recurrente alega que la Sala Penal no fundamentó por qué reduce el plazo de prescripción por responsabilidad restringida, cuando el artículo veintidós del Código Penal excluye a quienes cometen el delito de violación sexual.
DÉCIMO SEGUNDO. Al respecto, cabe precisar que el segundo párrafo del artículo veintidós del Código Penal establece la exclusión del agente menor de veintiún años que incurrió en el delito de violación sexual, del beneficio de responsabilidad restringida en la determinación de la pena; más no hace referencia al supuesto de reducción de plazos prescriptorios por la edad del agente, previsto en el artículo ochenta y uno del citado Texto legal; por lo que, estando proscrita toda forma de analogía en perjuicio del reo, conforme al principio de legalidad y artículo III del Título Preliminar del Código Penal, no son de recibo las alegaciones del representante del Ministerio Público.
Sumilla: I) El segundo párrafo del artículo veintidós del Código Penal establece la exclusión del agente menor de veintiún años que incurrió en el delito de violación sexual, del beneficio de responsabilidad restringida en la determinación de la pena; más no hace referencia al supuesto de reducción de plazos prescriptorios por la edad del agente, previsto en el artículo ochenta y uno del citado Texto legal.
II) Los medios probatorios solo acreditan que la agraviada fue trasladada con engaños por lván Kim Huamaní Tirado de la ciudad de Huamachuco a Tacna con la finalidad de ser prostituida en el local “Venus”, a donde fue llevada por Jane Huamaní; no obstante, ninguno vincula a la encausada.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE
R. N. N.° 1548-2015,TACNA
Lima, veinticinco de agosto de dos mil dieciséis
VISTOS: el recurso de nulidad interpuesto por el representante del Ministerio Público, contra el auto de vista del veinticinco de marzo de dos mil quince, de fojas quinientos treinta y cinco, que declara fundada la excepción de prescripción de la acción penal, deducida por la defensa del acusado Ivan Kim Huamaní Chirado, por los delitos de violación sexual y rufianismo, en agravio de la menor de iniciales S. V. G. T.; y contra la sentencia de fojas quinientos sesenta y dos, del ocho de abril de dos mil quince, que falla absolviendo a Elizabeth Roxana Huamaní Chirado como autora del delito de proxenetismo, en agravio de la menor de iniciales S. V.G. T.
Interviene como ponente el señor Juez Supremo José Antonio Neyra Flores.
CONSIDERANDO:
1. Fundamentos del recurso
PRIMERO. El representante del Ministerio Público, en su recurso formalizado a fojas quinientos setenta y ocho, contra el auto que declara fundada la excepción de prescripción de la acción penal, por los delitos de violación sexual y rufianismo, indica que:
i) El inciso seis, segundo párrafo, artículo ciento setenta del Código Penal, modificado por Ley número treinta mil setenta y seis, que entró en vigencia el diecinueve de agosto de dos mil trece, es la norma aplicable para el delito contra la Libertad Sexual, porque subsume al tipo penal contenido en el inciso tres del artículo ciento setenta y tres.
ii) El auto no precisa la tipificación del delito de rufianismo, debiendo aplicarse el último párrafo del artículo ciento ochenta del Código Penal, que agrava la pena cuando el sujeto activo es conviviente de la agraviada.
iii) El auto emitido por la Sala Penal carece de motivación, no fundamenta por qué reduce el plazo de prescripción por responsabilidad restringida, cuando el artículo veintidós excluye a quienes cometen el delito de violación sexual; por tal motivo, se ha vulnerado el principio del debido proceso y de motivación.
[Continúa…]
![Dúplica de prescripción por delitos contra la administración pública prevista en el art. 41 de la Constitución es una norma-regla autoaplicativa [Exp. 2-2025-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/POST-Eliseo-Giammpol-Taboada-Pilco-con-firmas-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si bien el numeral 1 del el art. 401 regula expresamente el derecho a reservar la interposición de la apelación contra sentencias (resoluciones finales), en aplicación del principio «pro actione» el mismo criterio debe aplicarse también cuando se trate de una resolución que declara fundada una solicitud de prescripción de la acción penal (que también pone fin al proceso penal) [Queja NCPP 1496-2023, Pasco, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![El tribunal superior debe pronunciarse sobre la reparación civil, confirmando, modificando o revocando dicho extremo, aun cuando haya absuelto a los procesados [Casación 767-2025, Puno, ff. jj. 9-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Es innecesario que las actividades ilícitas previas se encuentren sometidas a investigación o a proceso judicial, o que exista una sentencia condenatoria; basta con acreditar que el agente penal conocía o pudo presumir dicha actividad criminal [Casación 2092-2022, Arequipa, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Durante el trámite del proceso de prescripción adquisitiva puede determinarse el área del predio al amparo de un informe pericial y ello no constituye violación del principio de congruencia [Casación 3566-2022, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vivienda-casa-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre reinvindicación, mejor derecho de propiedad y accesión. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/INTERMEDIACION-JULIO-POZO-SANCHEZ-LPDERECHO1-218x150.jpg)


![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)


![[VIVO] Clase modelo sobre La Constitución como eje del Estado constitucional de derecho: derechos fundamentales, organización del poder y mecanismos de control. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-CHRISTIAN-DONAYRE-BANNER-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase modelo sobre Control constitucional vía amparo: Casos controvertidos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-PUBLIO-JIMENEZ-BELMONT-BANNER-218x150.jpg)
![Rechazan liberar a su hábitat natural al Zorro Run Run o su reinserción a un «área de manejo de fauna silvestre en libertad» hasta nueva evaluación [Exp. 04921-2021-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/Justicia-peruana-reconoce-por-primera-vez-derechos-de-un-animal-sentencia-se-dictoa-favor-del-reconocido-zorro-RUN-RUN-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Promueven el sistema integrado de transporte para reducir informalidad [DL 1707]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-LPDerecho-218x150.jpg)
![Optimizan el uso de fondos ambientales para asegurar el acceso universal al agua [DL 1706]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunass-regulador-agua-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)







![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)

![[VIVO] Clase modelo sobre reinvindicación, mejor derecho de propiedad y accesión. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/INTERMEDIACION-JULIO-POZO-SANCHEZ-LPDERECHO1-324x160.jpg)
![Dúplica de prescripción por delitos contra la administración pública prevista en el art. 41 de la Constitución es una norma-regla autoaplicativa [Exp. 2-2025-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/POST-Eliseo-Giammpol-Taboada-Pilco-con-firmas-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre La Constitución como eje del Estado constitucional de derecho: derechos fundamentales, organización del poder y mecanismos de control. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-CHRISTIAN-DONAYRE-BANNER-100x70.jpg)



![[VIVO] Clase modelo sobre reinvindicación, mejor derecho de propiedad y accesión. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/INTERMEDIACION-JULIO-POZO-SANCHEZ-LPDERECHO1-100x70.jpg)
