[ACTUALIZACIÓN 18.11.2019]
A través de una medida cautelar, el Poder Judicial dejó sin efecto la destitución de los miembros del Comité Electoral que fueron reemplazados a través de una asamblea ordinaria.
En el documento, Walter Ayala, en calidad de demandante sostuvo que la Asamblea Ordinaria en la que se destituyó a la presidenta y secretaria del mencionado comité, no tenía facultades disciplinarias, de manera que no podían destituirlas.
También se explica que el Comité Electoral goza de autonomía y es la única autoridad del proceso electoral con atribuciones discrecionales, cuyas decisiones son inapelables. Esta resolución también ordenó la suspensión de la exclusión de Walter Ayala como candidato en las elecciones en el CAL.
Tal como se recuerda, Ayala fue Director de Ética del CAL y suspendió la colegiatura de Pedro Chavarry y otros abogados vinculados a tema de corrupción.
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[Nota original]
El abogado Walter Ayala Gonzales interpuso una demanda de amparo que busca suspender las elecciones al decanato del Colegio de Abogados de Lima (CAL) 2020-2021, por supuestamente destituir de manera «inconstitucional» a dos integrantes del Comité Electoral que aceptaron la candidatura de Ayala Gonzales. La demanda fue interpuesta ante el respectivo Juzgado Constitucional de Lima.
En el documento el demandante sostiene que la Asamblea Ordinaria en la que se destituyó a la presidenta y secretaria del mencionado comité, no tenía facultades disciplinarias, de manera que no podían destituirlas. También explica que el Comité Electoral goza de autonomía y es la única autoridad del proceso electoral con atribuciones discrecionales, cuyas decisiones son inapelables.
Líneas más abajo, Ayala asegura que tras la sesión de la Asamblea Ordinaria nunca se les remitió ningún documento a las integrantes destituidas que pueda justificar tal decisión. Tal como se muestra en la imagen adjunta, el amparo fue presentado el pasado 4 de noviembre y adjunta la declaración jurada de una de las personas destituidas.
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