Asaltaron a trabajadores municipales que trasladaban fondos para pagar al personal [Informe 001-2021-OCI/2339-SOO]

Extracto destacado. Hacer conocer al Titular de la Entidad el presente Informe de Orientación de Oficio, el cual contiene la situación adversa identificada como resultado del servicio de Orientación de Oficio denominado “comisión del delito contra el patrimonio – robo agravado, ocurrido el 20 de marzo de 2021 en el Río Marañón a funcionario y trabajadores que trasladaban fondos para pago de personal”, con la finalidad de que adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones de la gestión, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos y de esta forma evitar la comisión del delito.

Teniendo en cuenta, que el traslado de fondos para pago al personal que labora en la localidad de Maypuco se realizan mensualmente, la gestión anticipándose a los hechos, debe realizar trámites ante a una empresa aseguradora (póliza de seguro), para funcionarios que manejan y trasladan fondos del estado, con la finalidad de prever riesgo de asalto y/o incendio, para la obtención de la compensación económica ocasionado por un determinado hecho fortuito.


INFORME DE ORIENTACIÓN DE OFICIO N° 001-2021-OCI/2339-SOO

“PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA EL PATRIMONIO-ROBO AGRAVADO, OCURRIDO EL 20 DE MARZO DE 2021 A FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES, EN UN BOTE DESLIZADOR QUE VIAJABAN POR EL RIO MARAÑON, TRASLADANDO FONDOS PARA PAGO AL PERSONAL”

I. ORIGEN

El presente informe emitimos en mérito a lo dispuesto por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Distrital de Urarinas, responsable de la Orientación de Oficio, con orden de servicio n.° 2339-2021-010, proporcionada por el Sistema de Control Gubernamental, en el marco de lo previsto en la Directiva n,°002-2019-CG/NORM “Servicio de Control Simultáneo” aprobado mediante Resolución de Contraloría n.° 115-2019-CG, de 28 de marzo de 2019, modificada mediante Resolución de Contraloría n.° 144-2020-CG, de 26 de mayo de 2020.

II. SITUACIONES ADVERSAS

Si bien es cierto, corresponde al titular de la entidad la implementación del Sistema de Control Interno, sin embargo, la responsabilidad de su funcionamiento, a parte del titular, corresponde a toda la organización, es decir, los funcionarios y servidores públicos de la entidad.

En relación a las normas de control interno vigentes aprobadas por la Contraloría General de la República, la evaluación del riesgo es un componente del control interno y juega un rol esencial en la selección de las actividades apropiadas de control que se deben llevar a cabo.

Riesgo, probabilidad que un peligro existente en una actividad o proceso determinado, durante un período definido, ocasione un incidente que imposibilite cumplir con los objetivos propuestos.

Si existiera un manual de Evaluación de los Riesgos de Control Interno en la Municipalidad Distrital de Urarinas, permitiría identificar y valorar dichos riesgos y contribuiría al establecimiento de un diseño por cada unidad orgánica, respondiendo a los principales riesgos que tendrían que asumir para el cumplimiento de sus objetivos o determinar las medidas de control necesarias para evitarlos.

De la revisión a la información alcanzada por la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Oficio n° 107-2021-GAF-MDU, de 23 de marzo del presente año, en el punto IV menciona que la modalidad de retiro de los fondos fue mediante Orden de Pago (OP) a favor del Sr. Norte Soplin del Águila, cobrados en el Banco de la Nación para luego ser traslado a la localidad de Maypuco para pago del personal, al respecto hemos identificado la situación adversa que amerita la adopción de acciones que aseguren la continuidad del servicio y el logro de los objetivos de la gestión en beneficio de los trabajadores en la localidad de Maypuco, Río Marañón.

La situación adversa identificada exponemos como sigue:

1. FUNCIONARIO Y TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD, QUE TRASLADABAN FONDOS PARA PAGO AL PERSONAL EN LA LOCALIDAD DE MAYPUCO, DE LOS MESES DE FEBRERO Y MARZO DE 2021, FUERON ASALTADOS LLEVANDOSE S/161,000.00, SEGÚN DENUNCIA, QUE CORRESPONDE A VARIAS ORDENES DE PAGO (OP) DEL BANCO DE LA NACION POR SI. 341,933.00; ENTRE EL MONTO SUSTRAIDO Y LAS ORDENES DE PAGO AUTORIZADAS EXISTE DIFERENCIA DE S/180,933.00, QUE NO FUE INFORMADO, GENERANDO CONFUSIÓN ENTRE LOS ORDENES DE PAGO (OP) Y EL MONTO DENUNCIADO ANTE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERU DE LA CIUDAD DE NAUTA.

a) Condición

De acuerdo a la información remitida a este Órgano de Control Institucional – OCI por la Gerencia de Administración y Finanzas, por denuncia verbal presentada por el señor Norte Soplin del Águila, Gerente de Planificación y Presupuesto y otros, contra los que resulten responsables por presunta comisión de delito contra el Patrimonio – robo agravado, ocurrido el 20 de marzo de 2021 a horas 08.15 aproximadamente, rio arriba margen derecho del marañón a 10 minutos de la Comunidad de San Jorge Distrito de Loreto Nauta a 12 personas que se encontraban a bordo de un bote deslizador, sin número de matrícula, con motor fuera de borda YAMAHA de 150 HP, de propiedad de la Municipalidad, con destino a la localidad de Maypuco

La denuncia fue presentada ante el Instructor, con conocimiento del RR. MM. PP. Abogado José Miguel Palacio Martínez, el Fiscal Adjunto Prov. Penal Corporativo de Loreto Nauta, por el señor Norte Soplin del Águila Gerente de Presupuesto de la Municipalidad de Urarinas señalando que en circunstancias que se encontraban a bordo de un (01) bote deslizador de 12 pasajeros, sin número de matrícula, con motor fuera de borda YAMAHA de 150 HP de propiedad de la municipalidad con destino a la localidad de Maypuco- Río Marañón, fueron embestidos en la parte lateral izquierda por un (01) bote deslizador de metal color piorno sin toldo con motor de 250 HP, con seis (6) personas a bordo de sexo masculino los mismos que vestían pantalón Jeans, color negro, polos negros, zapatos negros de diferentes marcas, todos con pasa montaña color negro, con los dedos precintados con cinta adhesiva color transparente, portando cada una de ellos un arma de fuego (pistola) color negro y procedieron a despojarme dinero en efectivo de propiedad de la Municipalidad distrital de Urarinas la suma de S/125,500.00 soles en billetes de las denominaciones 200,100, 50 y 10, los mismos que se encontraban en el Interior de una cartera de color marrón, para ello le propinaron dos golpes de puño a la altura de la nuca.

Asimismo, al señor Líber Mejía Bardales maestro de obra de toda la jurisdicción de Urarinas, señala que le despojaron dinero en efectivo de propiedad de la Municipalidad Distrital de Urarinas la suma de S/35,000.00 soles en billetes de 200 y 100 los mismos que se encontraban colocados en un sobre de manila de color amarillo, del interior de una mochila negra marca CATERPILAR.

De igual manera, a la señora Carlita del Águila Pasmiño, Jefa de Registro Civil de la Municipalidad de Urarinas, le despojaron dinero en efectivo de propiedad de la Municipalidad de Urarinas la suma de S/500.00 soles, los delincuentes abandonaron la embarcación amenazándoles con las armas, el cual mostramos la Orden de Pago y la denuncia en el cuadro siguiente:

GIRADO EN LA MODALIDAD DE ORDEN DE PAGO (OP) ROBO AGRAVADO SEGUN DENUNCIA DIFERENCIA
Nombres y apellidos C/P N° Importe Nombres y apellidos Importe Importe
1 Norte Soplin del Águila 00115 149,110 00 Norte Soplin del Águila 125,500.00
2 Norte Soplin del Águila 00116 149,110.00 Líber Mejía Bardales 35,000.00
3 Norte Soplin del Aguila 00117 3,140.00 Cariita del Aguila Pasmiño 500.00
4 Norte Soplin del Águila 00126 40,573 00
TOTAL 341,933.00 TOTAL 161,000.00 180,933.00

Fuente: Oficio N° 107-2021 -GAF-MDU de 23 de marzo de 2021 Elaborado por: Órgano de Control Institucional – OCI

Con oficio n° 008-2019-MDU/OCI de 16 de enero de 2019, dirigido al alcalde señor Ll¡ne Linares Rojas con copia a la Gerencia de Administración y Finanzas, a fin de alertar a los funcionarios que manejan fondos en efectivo para el pago de remuneraciones y otros sobre posibles riesgos como asalto o sustracción que pudiera afectar la economía de los trabajadores, cuya finalidad es preservar los recursos públicos y contribuir en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión municipal, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en uso y destino de los recursos del estado, así mismo el cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción.

b) Criterio

Directiva de Tesorería aprobada por R. D. n.° 002-2007-EF/77.15, modificada mediante Resolución Directoral n.° 001 -2011 -EF/77.15.

Artículo 7°.- Obligaciones de pago mediante transferencias electrónicos.

7.2 Los conceptos que se pagan conforme a lo indicado en el numeral precedente, son los siguiente:

a) Planilla de Remuneraciones y pensiones y otras obligaciones relacionadas a los conceptos Retribuciones y Complementos, y otros Beneficios considerados en el Clasificador de los Gastos Públicos, Relación de Contratos de Administración de Servicios (CAS), de los comprendidos en los programas SECIGRA y SERUM, propinas a practicantes, Servicios no Personales de los proyectos de Inversión, beneficiarios de los programas sociales de alcance nacional, y las retenciones de las planillas por mandato judicial, cuyos pagos se efectúen a través del Banco de la Nación, utilizando el código de documento ‘084’ (Carta Orden Electrónica). Para los pagos que se realicen a través de entidades distintas del Banco de la Nación, se utiliza el código de documento ‘068’ (Carta Orden).

b) A los proveedores del Estado, a través de entidades del Sistema Financiero Nacional, en cuyo caso se utiliza el código de documento ‘081’ (Transferencia a cuenta de Terceros – CCI).

Artículo 8°.- Uso de cheques en forma excepcional

Únicamente se puede efectuar giros mediante cheques en los casos establecidos en el articulo 31° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 y modificatorias, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora.

Artículo 9°.- Deposito de cheques en cuentas bancarias

Los cheques emitidos por las Unidades Ejecutoras y Municipalidades por montos mayores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (UITs), se depositan en las cuentas bancarias de los beneficiarios, para cuyo efecto, en el mencionado cheque se consignará la frase “Para abono en cuenta”, con excepción de los emitidos para la ejecución en la modalidad Encargos a Personal de la institución y Caja Chica.

Es responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora y Municipalidad, el cumplimiento del presente artículo.

Resolución de Contraloría General N° 320-2006-CG de 30 de octubre de 2006, que aprueban Normas de Control interno.

III. NORMAS GENERALES DE CONTROL INTERNO

2.1 Planeamiento de la administración de riesgos

Es el proceso de desarrollar y documentar una estrategia clara, organizada e interactiva para identificar y valorar los riesgos que puedan impactar en una entidad impidiendo el logro de los objetivos. Se debe desarrollar planes, métodos de respuesta y monitoreo de cambios, así como un programa para la obtención de los recursos necesarios para definir acciones en respuesta a riesgo.

Comentarios:

Un evento es un incidente o acontecimiento derivado de fuentes internas o externas que afecta a la implementación de la estrategia o la consecución de objetivos. Los eventos pueden tener un impacto positivo, negativo o de ambos tipos a la vez. Cuando el impacto es positivo se le conoce como oportunidad, en tanto que si es negativo se le conoce como riesgo.

(…)

2.2. Identificación de los riesgos.

En la identificación de los riesgos se tipifican todos los riesgos que pueden afectar el logro de los objetivos de la entidad debido a factores externos o internos. Los factores externos incluyen factores económicos, medioambientales, políticos, sociales y tecnológicos. Los factores internos reflejan las selecciones que realiza la administración e incluyen la infraestructura, personal, procesos y tecnología.

Comentarios:

01- La metodología de identificación de riesgos de una entidad puede comprender una combinación de técnicas vinculadas con herramientas de apoyo. Las técnicas de identificación de riesgos, deben tomar como base eventos y tendencias pasados, así como técnicas de prospectiva en general.

(…)

2.3. Valoración de los riesgos

El análisis o valoración del riesgo le permite a la entidad considerar como los riesgos potenciales pueden afectar el logro de sus objetivos. Se inicia con un estudio detallado de los temas puntuales sobre riesgos que se hayan decidido evaluar. El propósito es obtener la suficiente información acerca de las situaciones de riesgo para estimar su probabilidad de ocurrencia, tempo, respuesta y consecuencia.

Comentarios:

01- La administración debe valorar los riesgos a partir de dos perspectivas: Probabilidad e impacto. Probabilidad representa la posibilidad de ocurrencia, mientras que el impacto representa el efecto debido a su ocurrencia. Estos estimados se determinan usando tanto datos de eventos pasados observados, los cuales pueden proveer una base objetiva en comparación con los estimados subjetivos, como técnicas prospectivas.

(…)

2.4. Respuesta al riesgo

La administración identifica las opciones de respuesta al riesgo considerando la probabilidad y el impacto en relación con la tolerancia al riesgo y su relación costo-beneficio. La consideración del manejo de! riesgo y la selección e implementación de una respuesta son parte integral de la administración de los riesgos.

Comentarios:

01- Una parte critica de esta etapa es la estrategia de respuesta a los riesgos. Este proceso consiste en la selección de la opción más apropiada en su manejo (evitarlos, reducirlos, compartirlos y aceptarlos) y su debida implementación (a menudo aquellos con niveles de medio y alto riesgo).

(…)’’

c) Consecuencia

La carencia de contar con una póliza de seguro, de alguna empresa aseguradora, para cubrir los riesgos para el manejo y traslado de fondos del estado que realizan algunos funcionarios, genera riesgo contra el patrimonio de la Municipalidad, como es el presente caso, ocurrido durante el viaje por el rio Marañón conduciendo fondos para el pago de planilla, calificado como robo agravado.

III. DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN QUE SUSTENTA LA ORIENTACIÓN DE OFICIO.

La información y documentación que la Comisión de Control ha revisado y analizado durante el desarrollo del servicio de Orientación de Oficio, relacionado a la comisión del delito contra el patrimonio -robo agravado ocurrido el 20 de marzo de 2021 en el Río Marañón a funcionario y trabajadores que trasladaban fondos para pago de personal, se encuentra detallada en el Apéndice n.° 1.

La situación adversa identificada en el presente informe se sustenta en la revisión y análisis de la documentación e información obtenida por la Comisión de Control, la cual ha sido señalada en la condición y se encuentra en el acervo documentarlo de la Entidad.

IV. CONCLUSIÓN

Durante la ejecución del servicio de Orientación de Oficio denominado “comisión del delito contra el patrimonio – robo agravado ocurrido el 20 de marzo de 2021 en el Río Marañón a funcionario y trabajadores que trasladaban fondos para pago de personal”, se ha advertido una (1) situación adversa que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos detallados en el presente informe.

Que la gestión tome las precauciones que el caso amerite para identificar y valorar riesgos que puedan impactar en esta municipalidad impidiendo el logro de los objetivos.

V. RECOMENDACIÓN

Hacer conocer al Titular de la Entidad el presente Informe de Orientación de Oficio, el cual contiene la situación adversa identificada como resultado del servicio de Orientación de Oficio denominado “comisión del delito contra el patrimonio – robo agravado, ocurrido el 20 de marzo de 2021 en el Río Marañón a funcionario y trabajadores que trasladaban fondos para pago de personal”, con la finalidad de que adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones de la gestión, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos y de esta forma evitar la comisión del delito.

Teniendo en cuenta, que el traslado de fondos para pago al personal que labora en la localidad de Maypuco se realizan mensualmente, la gestión anticipándose a los hechos, debe realizar trámites ante a una empresa aseguradora (póliza de seguro), para funcionarios que manejan y trasladan fondos del estado, con la finalidad de prever riesgo de asalto y/o incendio, para la obtención de la compensación económica ocasionado por un determinado hecho fortuito.

Punchana, 9 de agosto de 2021.

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