Jurisprudencia del artículo 951 del Código Civil.- Requisitos de la prescripción adquisitiva de bien mueble

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Artículo 951.- Requisitos de la prescripción adquisitiva de bien mueble
La adquisición por prescripción de un bien mueble requiere la posesión continua, pacífica y pública como propietario durante dos años si hay buena fe, y por cuatro si no la hay.


Concordancias

CC: arts. 886-889, 896-898, 900-902, 905, 907, 911, 913-915, 950, 952, 953.


Jurisprudencia del artículo 951 del Código Civil

Corte Suprema 

  1. Sala manifiesta que usucapiente de vehículo cumplió requisitos pese a ser posteriormente despojada de este por mandato judicial [Casación 2799-2016, Junín]. Link: lpd.pe/0ZzqN 

Corte Superior 

  1. Poseedor no puede usucapir vehículo si posesión pacífica es enervada al acreditarse que demandada solicitó su devolución mediante carta notarial [Exp. 00074-2020-0]. Link: lpd.pe/pE7JA

Tribunal Registral

  1. Reserva de dominio que recae sobre vehículo no es obstáculo para su inscripción al ser adquirido por usucapión  [Resolución 2145-2017-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/pK5vP
  2. No es observable la usucapión notarial de vehículo a favor de la coheredera por ser una cuestión de motivación notarial [Resolución 2553-2022-Sunarp-TR]. Link: lpd.pe/pq5Wq 

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