Artículo 62.- Conmorencia
Si no se puede probar cuál de dos o más personas murió primero, se las reputa muertas al mismo tiempo y entre ellas no hay trasmisión de derechos hereditarios.
Concordancias
C: art. 1; CC: arts. 660, 2068.
Jurisprudencia del artículo 62 del Código Civil
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Tribunal Registral
- Causal de conmoriencia del testador y del heredero instituido no requiere acreditarse en sede judicial si se presenta documentación fehaciente [Resolución 854-2008-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/pqZZP
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Jurisprudencia comparada
- Ante falta de prueba de premoriencia del padre respecto a su hija en accidente vehicular con incendio subsecuente, se aplica la presunción legal de conmoriencia (España) [STS 1599/1998]. Link: lpd.pe/2MNNR
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