Jurisprudencia del artículo 615 del Código Procesal Civil.- Caso especial de procedencia

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Artículo 615.- Caso especial de procedencia
Es procedente el pedido de medida cautelar de quien ha obtenido sentencia favorable, aunque fuera impugnada. El pedido cautelar se solicita y ejecuta en cuerda separada ante el Juez de la demanda, con copia certificada de los actuados pertinentes, sin que sea preciso cumplir los requisitos exigidos en los incisos 1. y 4. del Artículo 610.


Concordancias

CPC: arts. 139, 610.1, 610.4, 611, 635; NLPT: art. 55.


Jurisprudencia del artículo 615 del Código Procesal Civil

  • Corte Superior

  1. Juez concede embargo en forma de retención a favor de demandante que obtuvo sentencia favorable, liberándolo de ofrecer contracautela [Exp. 00846-2007-0]. Link: lpd.pe/2yj6Q
  2. NUEVO: Procede embargo en forma de retención sobre cuentas bancarias de caja demandada ante existencia de sentencia favorable, pues no afecta fondos previsionales [Exp. 01043-2010]. Link: lpd.pe/kMg9J

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