Jurisprudencia del artículo 52 del Nuevo Código Procesal Constitucional.- Sentencia

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Artículo 52.- Sentencia
La sentencia que resuelve los procesos a que se refiere el presente título, contiene, según sea el caso:

1) La identificación del demandante.

2) La identificación de la autoridad, funcionario o persona autora de la violación o amenaza de un derecho constitucional; o de aquél que es renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo.

3) La determinación precisa del derecho constitucional vulnerado o amenazado, o las consideraciones por las cuales no ha sido infringido o amenazado; o de ser el caso, la determinación de la obligación incumplida.

4) La fundamentación que conduce a la decisión adoptada.

5) La decisión adoptada señalando, en su caso, bajo responsabilidad, el mandato concreto dispuesto.


Concordancias

C: art. 139. 5; CPC: arts. 122, 125.


Jurisprudencia del artículo 52 del Nuevo Código Procesal Constitucional

  • Tribunal Constitucional

El inicio del procedimiento disciplinario «inmediato» por parte de la JNJ contraviene la jerarquía normativa y el procedimiento preestablecido por ley, por lo que corresponde la nulidad de la destitución del magistrado y su reposición vía amparo en el cargo correspondiente (caso Martín Hurtado) [Exp. 00240-2025-PA/TC, ff. jj. 64-65]. Link: lpd.pe/yA39L

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