Jurisprudencia del artículo 515 del Código Procesal Penal.- Carácter de la resolución consultiva de la Corte Suprema

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Artículo 515.- Carácter de la resolución consultiva de la Corte Suprema
1. Cuando la Sala Penal de la Corte Suprema emita resolución consultiva negativa a la extradición, el Gobierno queda vinculado a esa decisión.

2. Si la resolución consultiva es favorable a la entrega o considera procedente solicitar la extradición a un país extranjero, el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente.


Concordancias

NCPP: art. 540.2.


Jurisprudencia del artículo 515 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

  1. La Corte Suprema actúa como ente consultivo sin determinar responsabilidad ni valorar prueba, limitándose a verificar el cumplimiento de los requisitos de la extradición y a reconocer la extraterritorialidad de la ley penal del Estado requirente [Extradición Pasiva 162-2018, Lambayeque, f. j. 10]. Link: bit.ly/3zHh7ye
  2. Resolución consultiva no valora medios de prueba, solo analiza causa probable [Revisión de Sentencia NCPP 70-2019, f. j. 5]. Link: bit.ly/3DtuCCE

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