Jurisprudencia del artículo 401-A del Código Penal.- Decomiso

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 401 A.- Decomiso*
En todo caso, los donativos, dádivas o presentes serán decomisados.

*Artículo incorporado por el D-L 25489, publicado el 10 de mayo de 1992 (link: lpd.pe/px7b9).


Concordancias

C: arts. 39, 41; CP: arts. 29, 57, 92, 93, 102, 104, 425.


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