Artículo 355.- Medios impugnatorios
Mediante los medios impugnatorios las partes o terceros legitimados solicitan que se anule o revoque, total o parcialmente, un acto procesal presuntamente afectado por vicio o error.
Concordancias
C: art. 139.6, 139.20; CPC: arts. X, 50.6, 171, 177, 356, 357, 358; CNA: art. 178; LOPJ: arts. 11, 290, 291; NLPT: arts. 32-41; DS 004-2019-JUS: art. 237.
Jurisprudencia del artículo 355 del Código Procesal Civil
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Corte Suprema
- Ministerio Público adopta condición de tercero coadyuvante de la demandante en el proceso de violencia familiar, con facultades para impugnar [Casación 4699-2015, Arequipa]. Link: lpd.pe/k5Ggz
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Corte Superior
- Deviene en improcedente apelación formulada por sujeto que no es parte del proceso ni tercero legitimado [Exp. 00476-2014-0]. Link: lpd.pe/kow5G
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