Artículo 216.- Copia o reproducción no autorizada*
Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y de diez a sesenta días-multa, a quien estando autorizado para publicar una obra, lo hiciere en una de las formas siguientes:
1. Sin mencionar en los ejemplares el nombre del autor, traductor, adaptador, compilador o arreglador.
2. Estampe el nombre con adiciones o supresiones que afecte la reputación del autor como tal, o en su caso, del traductor, adaptador, compilador o arreglador.
3. Publique la obra con abreviaturas, adiciones, supresiones, o cualquier otra modificación, sin el consentimiento del titular del derecho.
4. Publique separadamente varias obras, cuando la autorización se haya conferido para publicarlas en conjunto; o las publique en conjunto, cuando solamente se le haya autorizado la publicación de ellas en forma separada.
*Artículo modificado por los siguientes dispositivos:
- DL 822, publicado el 24 de abril de 1996 (link: bit.ly/3rYxC8k).
- Ley 27729, publicada el 24 de mayo de 2002 (link: bit.ly/3DELIyf).
Concordancias
C: art. 2.8; CP: arts. 187, 427; CC: arts. 18, 302.5; CPC: art. 686; DUDH: arts. 17, 27; PIDESC: art. 15; CADH: art. 21.1; DADDH: arts. XIII, XXII; CAPPDH: arts. 24.9, 38, 43.1, 59.3.
Jurisprudencia del artículo 216 del Código Penal
-
Corte Superior
-
- Se requiere informe técnico de Indecopi para acreditar el delito contra los derechos intelectuales [Exp. 98-4153-6, p. 1]. Link: bit.ly/40sGKxL
-
Derecho comparado
- Dibujos con notas de originalidad que decoran objetos —aunque estos imiten productos de otra marca— constituyen «obras plásticas» protegidas por los derechos de autor y no por la propiedad industrial (España) [SAP B 1722/2020, f. j. 2]. Link: bit.ly/3Z9I8ED
- Director de tesis solo tiene derecho de autoría sobre tesis del estudiante si participa directamente en la concreción, materialización, ejecución y elaboración, mas no cuando se limita a orientar al estudiante aportando o planteando ideas o sugerencias (Colombia) [Radicación 31403, p. 55]. Link: bit.ly/3JWITwj
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:

![[VIVO] Clase gratuita: El control de acusación en dos horas (31 MAR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-FABIOLA-APAZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Para que opere la interrupción de la prescripción de la acción penal no se requiere que la persona haya sido formalmente incorporada como imputado; basta que en la investigación haya indicios que la vinculen con el hecho delictivo [Apelación 166-2023, Lima, ff. jj. 14, 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-mascara_LP-218x150.jpg)
![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)




![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Ministerio Público: Modifican Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2018 [Resolución 892-2026-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase gratuita: Nuevos derechos de los trabajadores CAS (Ley 32563)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran ilegal requisito exigido por la Municipalidad de Lima para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Declaran ilegal requisito exigido por la Municipalidad de Lima para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)







![Declaran ilegal requisito exigido por la Municipalidad de Lima para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Usucapión: Si la demanda de reivindicación fue dirigida contra un poseedor originario que ya había fallecido 6 años antes, su hija, al haber continuado la posesión de su padre, podrá sumar el plazo posesorio ejercido por éste y declararse fundada su demanda de prescripción, ya que dicho proceso de reivindicación no interrumpió ningún plazo, al haber sido incluida y notificada del mismo luego de 5 años, cuando la prescripción ya se había consumado [Casación 1759-2022, Arequipa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-mazo-civil-inmueble-casa-vivienda-mazo-familia-predio-llave-posecion-juez-LPDerecho-324x160.jpg)