Artículo 130.- [Exposición de la Política General del Gobierno. Cuestión de confianza]*
Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el presidente del Consejo concurre a la Cámara de Diputados, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Esta exposición no da lugar al planteamiento de cuestión de confianza.
Si la Cámara de Diputados no está reunida, el presidente de la República convoca a legislatura extraordinaria.
*Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 31988, publicada el 20 de marzo de 2024 (link: lpd.pe/tLQRZ3). La reforma constitucional entrará en vigor a partir de las próximas elecciones generales de 2026.
Concordancias
C: arts. 118.3, 118.6, 131, 133.
Jurisprudencia del artículo 130 de la Constitución
-
Tribunal Constitucional
- La presentación del Consejo de Ministros facilita el diálogo entre Ejecutivo y Legislativo, fortaleciendo la coordinación gubernamental (caso Disolución del Congreso) [Exp. 0006-2019-CC/TC, ff. jj. 129-130]. Link: lpd.pe/ywpYB
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