Artículo 1.- Sujeto de Derecho
La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento.
La vida humana comienza con la concepción. El concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo.
Concordancias
C: arts. 1, 2.1, 2.6; CC: arts. 3, 42, 365, 405, 598, 617, 805, 856, 2068; CPC: arts. 57, 58; CNA: arts. I, II, IV, 1, 2; LOPJ: arts. 3.a, 22; Ley 26497: arts. 7.b, 44.a; Ley 26842: art. III; DL 346: art. IV.
Jurisprudencia del artículo 1 del Código Civil
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Corte Suprema
- Menor deberá ser indemnizada por derrame minero, pues fue sujeto de derecho desde su concepción y con su nacimiento se convirtió en sujeto de derecho indemnizatorio [Casación 1486-2007, Cajamarca]. Link: lpd.pe/p3AXx
- Menor adquiere derechos de alimentista por su solo nacimiento sin ser requisito su inscripción, máxime si cuenta con certificado de nacimiento [Casación 450-2003, Chincha]. Link: lpd.pe/2ro5m
- Demandante es dueña de inmueble al haber sido inscrita como socia y propietaria en cooperativa desde los 6 meses de nacida [Casación 1146-2003, Lima]. Link: lpd.pe/p3AKG
- No corresponde indemnizar por daño al proyecto de vida del occiso a su cónyuge, pues ya no es sujeto de derecho [Casación 5678-2007, Santa]. Link: lpd.pe/21GQ8
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No son nulos los documentos que aprobaron proceso de fecundación mediante ovodonación al existir voluntad de los padres y licitud de técnica [Casación 4323-2010, Lima]. Link: lpd.pe/GdD5T
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Corte Superior
- Reniec deberá emitir nuevas partidas de nacimiento para consignar como padres de menores a sociedad conyugal que recurrieron a embarazo subrogado [Exp. 06374-2016-0]. Link: lpd.pe/2wVMm
- Hija no puede solicitar indemnización por daño a la persona de su madre fallecida, pues ya no es sujeto de derecho [Exp. 0006-2013-0]. Link: lpd.pe/kXWP4
- Río Marañón y sus afluentes son declarados sujetos de derechos en histórica sentencia [Exp. 00010-2022-0]. Link: lpd.pe/0bm31
- NUEVO: Es necesario reconocer a los animales como sujetos titulares de derechos para su protección y tutela diferenciada (caso Zorro Run Run) [Exp. 04921-2021-0, f. j. 24]. Link: lpd.pe/286vR
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Tribunal Constitucional
- Distribución de «píldora del día siguiente» es suspendida por afectar el proceso de implantación y derecho a la vida del concebido [Exp. 02005-2009-PA/TC]. Link: lpd.pe/Pb7Uj
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Indecopi (NUEVO)
- [NUEVO] Concebidos deben recibir cobertura de seguro por accidente: no es aplicable la condición suspensiva (que nazca vivo) del art. 1 del Código Civil [Res. 0193-2025/SPC-Indecopi, ff. jj. 34-38]. Link: lpd.pe/pqxdO
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Plenos casatorios
- V Pleno Casatorio Civil: La categoría jurídica de sujeto de derecho engloba tanto a la persona natural como a la persona jurídica [Casación 3189-2012, Lima Norte]. Link: lpd.pe/pJ1vB
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Corte Interamericana de Derechos Humanos
- La concepción se produce desde que el óvulo fecundado se ha implantado en el útero, sino no tendría posibilidad de supervivencia [Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica]. Link: lpd.pe/Ax7B5
- Embrión no puede ser considerado persona [Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica]. Link: lpd.pe/Dc6Hb
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Jurisprudencia comparada
- Río Atrato es reconocido como sujeto de derecho a fin de asegurar su protección, recuperación y conservación (Colombia) [T-622 de 2016]. Link: lpd.pe/pBxPj
- Caso Chimpancé Cecilia: Chimpancé fue reconocida como sujeto no humano de derecho al ser un gran simio con capacidad de derecho (Argentina) [Exp. P-72.254/15]. Link: lpd.pe/MfcC1
- Corte Suprema de Alabama dictamina que embriones congelados también son niños con plenos derechos morales, estando protegidos bajo la ley de muerte injusta de un menor (Estados Unidos) [SC-2022-0515]. Link: lpd.pe/pZgx6
- Ley de muerte injusta de un menor también protege a embriones in vitro, pues «santidad de la vida no nacida» no abarca únicamente a embriones in utero (Estados Unidos) [SC-2022-0515]. Link: lpd.pe/ryzaQ
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

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