El ránking publicado por la revista británica Chambers & Partners incluyó también la categoría de Dispute Resolution: Arbitration, que reúne a los abogados más destacados en el litigio arbitral.
Lea también: Estos son los civilistas y los estudios jurídicos del Perú más destacados en litigio
A continuación presentamos a los hombres y mujeres de derechos dedicados al arbitraje, y, más adelante, los estudios jurídicos que sobre la materia destacan.
Band 1
- Ana María Arrarte Arisnabarreta (Estudio Echecopar – Member Firm of Baker McKenzie International)
- Alfredo Bullard (Bullard Falla Ezcurra Abogados)
- Juan Guillermo Lohmann (Rodrigo, Elías & Medrano Abogados)
- Mauricio Raffo (Miranda & Amado Abogados)
- María del Carmen Tovar Gil (Estudio Echecopar – Member Firm of Baker McKenzie International)
Band 2
- José Daniel Amado (Miranda & Amado Abogados)
- Alexander Campos (Campos / Abogados en Infraestructura)
- Huáscar Ezcurra (Bullard Falla Ezcurra Abogados)
- Carlos Núñez (DLA Piper Pizarro Botto Escobar)
- Jose Domingo Rivarola Reisz (Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados)
Band 3
- Javier de Belaunde López de Romaña (Estudio Echecopar – Member Firm of Baker McKenzie International)
- Enrique Ferrando Gamarra (Osterling Abogados)
Band 4
- Jaime Gray (Navarro Sologuren, Paredes & Gray)
- Gustavo Paredes (Navarro Sologuren, Paredes & Gray)
- Ramiro Portocarrero Lanatta (Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría)
- Adrián Simons Pino (SIMONS / Solución de Controversias)
- Ramón Vidurrizaga (Rodrigo, Elías & Medrano Abogados)
- Manuel Villa-Garcia (Estudio Olaechea)
Up and Coming
- Carolina de Trazegnies (Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría)
- Cristina Ferraro (Miranda & Amado Abogados)
Los estudios jurídicos más destacados
Band 1
- Bullard Falla Ezcurra Abogados
- Estudio Echecopar – Member Firm of Baker McKenzie International
- Miranda & Amado Abogados
- Rodrigo, Elías & Medrano Abogados
Band 2
- DLA Piper Pizarro Botto Escobar
- Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados
Band 3
- Campos / Abogados en Infraestructura
- Navarro Sologuren, Paredes & Gray
- Osterling Abogados
- Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría
Comentarios:
![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El título de intervención delictiva forma parte fundamental en la construcción del principio de imputación necesaria y resulta trascendente para la evaluación de la tipicidad, tanto objetiva como subjetiva, pues de dicha atribución depende la definición del objeto del proceso y el debate [Casación 2179-2023, Moquegua, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-audiencia-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![El control de la acusación se estructura en dos niveles: un control formal, previo al análisis de mérito, orientado a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 349.1 del NCPP; y un control sustancial, referido al análisis de fondo para determinar la viabilidad de la acusación respecto de los cargos objeto de investigación: elemento fáctico, elemento jurídico, elemento personal, presupuestos procesales vinculados a la vigencia de la acción penal y elementos de convicción suficientes (artículo 344.1 del NCPP) [Acuerdo Plenario 6-2009/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Crean grupo técnico para reformar normativa del arbitraje comercial [RM 0460-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Scotiabank por vender vehículo de clienta mientras negociaba el refinanciamiento [Resolución 0607-2026/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Indecopi-Scotiabank-LP-324x160.png)



![Autorizan graduación anticipada de 5655 policías por razones de interés nacional [Decreto Supremo 002-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/policia-nacional-peru-pnp-LPDerecho-100x70.jpg)

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![Multan a Scotiabank por vender vehículo de clienta mientras negociaba el refinanciamiento [Resolución 0607-2026/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Indecopi-Scotiabank-LP-100x70.png)

![Conforme lo establecido en el numeral 354.1 del artículo 354 del Reglamento, la retribución, costos y/o gastos de la JPRD y del centro que lo administra forma parte del presupuesto de la inversión pública. Sin embargo, dichos conceptos no pueden formar parte del presupuesto de la obra, por tanto, lo indicado en el numeral 354.1 no contraviene la regla establecida en el numeral 354.2 del artículo 354 del Reglamento, por la que el contratista debe asumir, con sus propios recursos y sin reembolsos, el 50% de la retribución, los costos y/o gastos de la JPRD [Opinión D000058-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-324x160.jpg)