Fundamento destacado: 48. Así las cosas, los jueces deben ordenar la liberación de los detenidos, en el día en que venza el mandato judicial. El INPE debe verificar que no obre ningún otro mandato de detención vigente contra la persona detenida y, de no existir este, debe cumplir de manera inmediata con la orden de libertad correspondiente.
49. En el caso de autos, este Colegiado considera que no cabe duda que esta manera de resolver no fue la correcta, pues lo adecuado a la Constitución y al Nuevo Código Procesal Penal era ordenar la libertad inmediata de la favorecida y luego programar la audiencia de prolongación. Incluso, como se ha mencionado supra, el mismo ordenamiento procesal facultaba al juez imponer otro tipo de restricciones a la libertad de la favorecida, con el fin de asegurar su presencia en el juzgamiento. Por ejemplo, existen otras medidas cautelares contenidas en el Nuevo Código Procesal Penal, como, por ejemplo, la comparecencia restrictiva con vigilancia electrónica personal (art. 287-A), la caución (art. 289), entre otras.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
EXP. N.° 01195-2025-PHC/TC LIMA
BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO, representada por RAÚL MARTÍN NOBLECILLA OLAECHEA Y OTRO – ABOGADOS
En Lima, a los 25 días del mes de agosto de 2025, el Tribunal Constitucional, en sesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los señores magistrados Pacheco Zerga, presidenta; Domínguez Haro, vicepresidente; Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, Monteagudo Valdez, Ochoa Cardich y Hernández Chávez, pronuncia la siguiente sentencia, con el fundamento de voto del magistrado Morales Saravia y los votos singulares de los magistrados Pacheco Zerga y Monteagudo Valdez, que se agregan.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Raúl Martín Noblecilla Olaechea y don Luis Roberto Barranzuela Vite, abogados de doña Betssy Betzabet Chávez Chino, contra la Resolución 16 de fecha 28 de enero de 20251 , expedida por la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró fundada en parte la demanda de habeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Demanda Con fecha 20 de diciembre de 2024, don Raúl Martín Noblecilla Olaechea y don Luis Roberto Barranzuela Vite, abogados de doña Betssy Betzabet Chávez Chino, interponen demanda de habeas corpus2 contra don Juan Carlos Checkley Soria, juez del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; doña Nelly Gladys Aquino Guardales, directora del Establecimiento Penitenciario Anexo de Mujeres de Chorrillos; y contra la Oficina Regional de Lima del Instituto Nacional Penitenciario (INPE). Denuncian la vulneración de los derechos a la libertad personal, a la integridad física y a la salud.
[Continúa…]




![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Prevención de efectos cancerígenos: retiro de antenas celulares [Exp. 04240-2024-0-1801-JR-DC-01] Antenas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/antenas-LPDerecho-218x150.jpg)
![Enriquecimiento ilícito: Las medidas de levantamiento de secreto bancario y reserva tributaria y bursátil no pueden extenderse a todo el periodo en que la investigada actuó como fiscal, pues el incremento patrimonial imputado está en relación con la construcción del predio y su amoblamiento, mas no con la adquisición del terreno [Apelación 192-2025, Lima, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Para la determinación de la pena es obligatorio considerar la condición cultural de aimara del imputado —en aplicación del Convenio 169 de la OIT— (caso Walter Aduviri) [Casación 274-2020, Puno, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Modelo de solicitud de petición administrativa [descarga en PDF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-JOSEPACORI-LPPASIONPORELDERECHO-218x150.jpg)
![Multan a Smartfit Perú con más de S/400 000 por ascensor defectuoso que causó caída de una usuaria [Res. 1185-2025/ILN-CPC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Smartfit-Peru-indecopi-ascensor-LPDerecho-218x150.jpg)
![Organizaciones políticas podrán renunciar a la franja electoral [RJ 000189-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de primarias para elecciones regionales y municipales 2026 [RJ 000187-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)










![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)


![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-324x160.jpg)




![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Cobro de tasas (arbitrios) en zonas de mayor delincuencia donde se requiere mayor despliegue de servicio municipal no se deriva directamente del principio de capacidad contributiva, sino de la contraprestación recibida, dando lugar a que población de escasos recursos pague mayores montos que aquellos con mayor capacidad económica [Exp. 053-2004-PI/TC, f. j. VIII.B.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)