MP remueve a fiscal sindicada de abandonar sus funciones para ir al gimnasio

El Ministerio Público concluyó los nombramientos de los fiscales sindicados de abandonar sus funciones para asistir a un gimnasio. L a entidad removió a los funcionarios de sus cargos como fiscal provincial provisional (H. M. V.) y fiscal adjunto provincial provisional ( E. V. V.), respectivamente, del Cuarto Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco.

En la misma resolución se designó, además, a la funcionaria en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. «De los medios de comunicación masiva ha trascendido hechos que dan a conocer que los abogados […] se habrían ausentado de su centro de trabajo en el horario laboral establecido, para realizar actividades no propias de la función fiscal», señala el documento publicado en el Diario Oficial El Peruano.

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La Unidad de Investigación Preliminar de la Autoridad Desconcentrada de Control de Lima Centro inició, el último 14 de febrero, una indagación preliminar de oficio contra los fiscales H. M. V. y E. V. V. por el plazo de 30 días hábiles.

Un fiscal subordinado de H. M. V. la denunció, el 6 de febrero de este año, por presuntamente haber abandonado sus funciones para asistir a un gimnasio, de acuerdo a la informado por Perú 21.

Ante ello, el organismo solicitó información a la empresa Smart Fit, la cual confirmó que desde el 2023 la funcionaria tenía una membresía black. Al revisar las grabaciones de las cámaras de seguridad, la Autoridad Nacional de Control halló tres visitas al centro comercial Patio Panorama.

La primera visita registrada ocurrió el 8 de enero de este año, a la 01:06 p. m, en la cual se observó que funcionaria estaba acompañada de E. V. V.

En comunicación con el medio citado, el abogado de la fiscal provincial indicó que ese día su patrocinada trabajó de madrugada y solo acudió al local, en compañía de su adjunto, para usar los servicios higiénicos.

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19 días después, las cámaras volvieron a grabar a Macher Verástegui. Aquella vez ingresó al lugar a las 12:46 p. m. y se retiró a las 1:51 p. m. No obstante, el horario de almuerzo de la Fiscalía es de 1:00 p. m. a 1:45 p. m.

El 28 de enero volvió a ser captada en el local, ingresando a las 12:55 p. m. y retirándose a la 1:59 p. m. De acuerdo a lo referido por su patrocinador, estas visitas se desarrollaron prácticamente dentro de su horario de almuerzo.

El denunciante también atribuye a la fiscal asistir, en horario laboral, al club Asociación Centros de Esparcimiento de la Benemérita Guardia Civil del Perú (ACENESPAR). La defensa de la funcionaria reconoció este hecho, sin embargo señaló que la funcionaria acude a ese lugar para almorzar y solicitar facturas en justificación de sus gastos operativos.

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Además, refirió que en este mismo club se reúne con su personal para celebrar cumpleaños y fechas relevantes. Una de estas celebraciones, sostiene la representante del Ministerio Público, fue el cumpleaños de su ahora denunciante.

De acuerdo a las facturas a las que tuvo acceso el citado medio, las constancias de estos gastos tienen como hora 2:56 p. m., en algunos casos, y 2:22 p. m., en otros.

Por último, el medio periodístico reveló la existencia de un acta de control fiscal en torno a la funcionaria, fechada el último 17 de febrero, que contiene 46 reportes con plazos fiscales vencidos. Esta información también fue confirmada por el patrocinador de H. M. V., quien argumentó que en ese momento su defendida no tenía asistente y que contaba con una carga de 282 casos.


Designan fiscal en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN 746-2025-MP-FN

Lima, 12 de marzo de 2025

VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 835-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Hertha Paola Macher Verástegui, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, con retención de su cargo de carrera, quien viene laborando a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2731-2023-MP-FN, de fecha 18 de octubre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Elvis Giancarlos Vera Vergara, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, quien viene laborando, a la fecha, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, establece que podrá concluirse el nombramiento y designación de los fiscales provisionales cuando se afecte al principio de probidad que se erige como componente esencial del fiscal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional.

Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que esta “no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El artículo 2 de la Ley de la Carrera Fiscal señala que el perfil del fiscal está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales y profesionales que aseguran que, en el ejercicio de sus funciones, los fiscales respondan idóneamente a los roles constitucionales de defensa de la legalidad, de los intereses públicos tutelados por el derecho, de representación de la sociedad en juicio y de investigación del delito; ciñendo su actuación dentro de los principios de objetividad y probidad, a efectos de mantener y fortalecer la imagen del Ministerio Público.

Asimismo, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2210-2022-MP-FN, de fecha 19 de octubre de 2022, se dispone el retorno a las actividades presenciales de los servidores del Ministerio Público, estableciendo un horario laboral en los Distritos Fiscales a nivel nacional.

De los medios de comunicación masiva ha trascendido hechos que dan a conocer que los abogados Hertha Paola Macher Verástegui, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y Elvis Giancarlos Vera Vergara, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, ambos designados en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco se habrían ausentado de su centro de trabajo en el horario laboral establecido, para realizar actividades no propias de la función fiscal.

En ese sentido, conforme a las prerrogativas de la Fiscal de la Nación, resulta necesario adoptar las acciones pertinentes garantizando la función fiscal, para un servicio eficiente y oportuno, a fin de mantener y fortalecer la imagen del Ministerio Público.

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, modificada por la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Hertha Paola Macher Verástegui, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos 835-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 8 de junio de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Elvis Giancarlos Vera Vergara, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos 2731-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 18 de octubre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Tercero.- Designar a la abogada Hertha Paola Macher Verástegui, fiscal adjunta provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento a los abogados Hertha Paola Macher Verástegui y Elvis Giancarlos Vera Vergara, que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a los abogados mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA

Fiscal de la Nación

2380155-1

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