Congreso aprueba conceder pensión vitalicia al expresidente Alberto Fujimori

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El Congreso de la República aprobó la pensión vitalicia para el expresidente Alberto Fujimori. La Jefa del Departamento de Recursos Humanos del Parlamento, Haidy Figueroa Valdez, comunicó la medida a través de un documento con fecha del 10 de julio.

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El texto recoge las conclusiones de la Oficina Legal y Constitucional, emitidas en el Informe 049-2024-OLCC-OM-CR del 3 de mayo, según el periodista Beto Ortiz:

El señor Alberto Fujimori Fujimori se desempeñó como Presidente Constitucional de la República del Perú desde el 28 de julio de 1990 del 21 de noviembre del 2000, fecha en la cual fue vacado de su cargo por el Congreso de la República (Conclusión 4.1.)

La Ley 26519 establece pensión para los ex Presidentes Constitucionales de la República, para cuyo efecto, establece dos reglas en sus artículos 1 y 2, siendo la primera, la de ostentar la calidad de expresidente constitucional de la República; mientras la segunda es no encontrarse acusado constitucionalmente, “salvo que la sentencia judicial los declare inocentes”. (Conclusión 4.2.)

La suspensión de la pensión instrumental, pues se halla condicionada a posteriori de la acusación constitucional a la declaratoria de inocencia. La exigencia de esta declaratoria de inocencia podría vulnerar el derecho de la presunción de inocencia, reconocido por el literal e) del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución (Conclusión 4.3.)

En consecuencia y luego de la verificación antes mencionada, la solictud sobre Pensión para ex Presidentes Constitucionales de la República establecida en la Ley 26519 presentada por el señor Alberto Fujimori Fujimori, resultaría procedente (Conclusión 4.4.)

El Congreso de la República aprobó otorgar una pensión vitalica al expresidente Alberto Fujimori. (X Beto Ortiz)

Presidencia del Congreso se pronuncia

El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, indicó que la aprobación del pago de pensión vitalicia fue una decisión tomada por el área administrativa.

El legislador por Alianza por el Progreso justificó esta decisión al explicar que la suspensión del pago solo se aplica cuando hay una acusación en curso. En diálogo con RPP, este viernes 2 de agosto, indicó lo siguiente:

Sin duda el tema es totalmente discutible y controvertido. Hay posiciones distintas al respecto, como en toda materia de naturaleza jurídica. Por ello, el Congreso pide opinión a las áreas especializadas y en el informe legal se desarrollan argumentos teniendo en cuenta la norma.

Lo que ha interpretado Asesoría legal es que esta suspensión no puede ser de manera indefinida y que estaría referida a una acusación que se encuentra en trámite y, tratándose de un derecho constitucional como es la pensión, que tiene que ver directamente con la sobrevivencia de una persona que asumió el cargo de expresidente, la opinión es favorable.

En esa línea, el abogado de Fujimori, Elio Riera, manifestó a Canal N el requerimiento deberá seguir su curso para el procedimiento regular que corresponde, el cual debe ser visto por Área Logística, Recursos Humanos y la opinión legal de un experto.

 

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