Sumario: 1. Introducción; 2. Marco jurídico; 3. Acceso a la información pública ambiental; 4. Sistema nacional de información ambiental (Sinia); 5. Desafíos actuales; 6. Conclusiones; 7. Referencias bibliográficas.
RESUMEN: Este artículo destaca la importancia del derecho de acceso a la información pública en materia ambiental en el Perú, considerándolo fundamental para promover la transparencia y la participación ciudadana en la protección del ambiente. La posibilidad de acceder a datos ambientales confiables permite a la sociedad supervisar y participar activamente en decisiones que afectan el entorno, lo cual resulta crucial frente a los crecientes desafíos ambientales que inciden en los ecosistemas y la salud pública. Asimismo, se describe el marco jurídico nacional e internacional que respalda este derecho, así como las limitaciones actuales para su ejercicio efectivo, destacando la necesidad de implementar políticas informadas y responsables que favorezcan un desarrollo sostenible.
1. Introducción
El derecho de acceso a la información pública en materia ambiental constituye un eje fundamental para fortalecer la transparencia institucional y fomentar la participación ciudadana en la gestión ambiental del Perú. En un contexto global marcado por problemas ambientales complejos y urgentes, el acceso a información confiable se convierte en una herramienta clave para empoderar a la población y permitirle ejercer un control social efectivo sobre las decisiones que afectan su entorno.
La biodiversidad y los recursos naturales que caracterizan al Perú demandan una gestión informada y participativa. En este sentido, el acceso a información ambiental pertinente no solo fortalece el ejercicio de derechos fundamentales, sino que también promueve la sostenibilidad y la equidad, al permitir una vigilancia activa de las actividades que generan impactos sobre el medio ambiente.
Este artículo tiene por objetivo analizar el marco jurídico que ampara este derecho, identificar los principales desafíos que limitan su aplicación efectiva y destacar el rol de los sistemas de información como el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA) en la democratización del conocimiento ambiental, la finalidad es contribuir a un debate informado que permita optimizar las políticas públicas en materia ambiental y consolidar un modelo de desarrollo sostenible y participativo.
2. Marco jurídico
2.1 Legislación Nacional
El derecho de acceso a la información está reconocido en el artículo 2, inciso 5 de la Constitución Política del Perú, que establece que toda persona tiene derecho: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido”, salvo información protegida por razones de intimidad personal o seguridad nacional.
Asimismo, el hábeas data[1], regulado en el artículo 200, inciso 3 de la carta magna, garantiza el acceso a la información pública y la protección de datos personales. Esta garantía permite a cualquier persona reclamar ante el Poder Judicial cuando se niegue injustificadamente el acceso a información en poder de entidades estatales.
En desarrollo de este derecho, se promulgaron la Ley N.º 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 072-2003-PCM. Las mencionadas normas establecen las condiciones, procedimientos y plazos para que los ciudadanos puedan solicitar información de manera efectiva. Complementariamente, la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, refuerza los principios de transparencia en la administración pública.
El Artículo II del Título Preliminar de la Ley General del Ambiente Ley N.º 28611[2] consagra expresamente el derecho de toda persona a acceder, sin necesidad de justificar interés, a información sobre políticas, normas, proyectos o actividades que puedan impactar directa o indirectamente el medio ambiente, cuya disposición refuerza la accesibilidad y amplitud del derecho, promoviendo una ciudadanía informada y comprometida con la vigilancia ambiental.
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2.2 Normativa Internacional
A nivel internacional, el derecho de acceso a la información ambiental está respaldado por diversos instrumentos jurídicos, entre los que destaca el Principio 10[3] de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), que promueve el acceso a información, la participación ciudadana y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.
Dicho principio establece que los ciudadanos deben contar con información adecuada sobre materiales y actividades peligrosas en sus comunidades, y participar en la toma de decisiones ambientales. Los Estados. Por tanto, están llamados a facilitar estos mecanismos y a garantizar el acceso efectivo a recursos judiciales y administrativos.
3. Acceso a la información pública ambiental
El acceso a la información pública en materia ambiental implica más que la simple transparencia administrativa; representa una herramienta para la acción ciudadana y el control de la gestión ambiental. Según Orellana (2013), este derecho es esencial para fomentar una participación activa en las decisiones públicas relacionadas con el medio ambiente y para reducir la discrecionalidad de los actores públicos y privados involucrados en la explotación de recursos naturales.
4. Sistema nacional de información ambiental (Sinia)
El SINIA se erige como un instrumento esencial en la gestión ambiental del Perú, concebido como una red integral que conecta dimensiones tecnológicas, institucionales y técnicas, su diseño está orientado a optimizar la sistematización de datos, garantizando no solo su accesibilidad, sino también su distribución eficiente. Dicho enfoque permite que la información se convierta en un recurso estratégico, indispensable para respaldar los procesos de toma de decisiones en el ámbito ambiental[4].
Siendo así, es el Ministerio del Ambiente el responsable de gestionar el SINIA. Para ello, ya sea por solicitud directa o en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, las instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que generan información tienen el deber de proporcionar los datos pertinentes para el sistema; esto se aplica con excepción de aquella información que está protegida por normas especiales[5].
El SINIA democratiza el acceso al conocimiento ambiental al poner a disposición de la ciudadanía datos que respaldan procesos de toma de decisiones informadas. Su potencial es particularmente importante para poblaciones vulnerables, como pueblos indígenas o comunidades rurales, que requieren acceso gratuito y sin barreras tecnológicas. Por ello, resulta prioritario que el Estado fortalezca esta plataforma, promueva la conectividad digital y garantice la inclusión de todos los sectores sociales.
5. Desafíos actuales
Uno de los principales desafíos en el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental es la falta de transparencia oportuna ante situaciones de emergencia ecológica. Un caso emblemático es el derrame de petróleo ocurrido en enero de 2022, donde cerca de 12 mil barriles fueron vertidos en el mar peruano por la empresa Repsol, afectando diversas playas desde Ventanilla (Callao) hasta Chancay (Huaral). Esta catástrofe no solo generó la muerte de más de 1800 animales silvestres, según el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre , sino que también perjudicó económicamente a cientos de familias.
Según Isabel Calle[6], directora ejecutiva de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, uno de los mayores problemas detectados fue la falta de información clara y concreta sobre la magnitud del daño y la cantidad real de petróleo derramado. Esta opacidad inicial impidió tomar medidas inmediatas y efectivas para mitigar el impacto ambiental.
Además, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ha iniciado siete procedimientos administrativos sancionadores contra Repsol, de los cuales seis concluyeron en responsabilidad, aunque algunos han sido apelados. El caso demuestra cómo la falta de acceso inmediato a la información ambiental puede amplificar las consecuencias de un desastre y obstaculizar la rendición de cuentas.
Desde la perspectiva del autor, este caso revela una preocupante brecha entre el marco normativo existente y su aplicación en situaciones reales. Si bien el derecho a la información ambiental está consagrado en la legislación, los vacíos en su implementación efectiva generan incertidumbre, debilitan la confianza ciudadana y limitan la capacidad de respuesta ante emergencias ecológicas. Para lo cual, es urgente fortalecer los mecanismos de cumplimiento y asegurar que la información ambiental esté disponible de forma inmediata, veraz y accesible, especialmente cuando están en juego la salud de las personas y la integridad del medio ambiente.
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6. Conclusiones
El derecho de acceso a la información pública en materia ambiental constituye un pilar esencial para la transparencia, la participación ciudadana y la sostenibilidad. A través de marcos normativos nacionales e internacionales, se garantiza la posibilidad de contar con información oportuna y pertinente sobre aspectos que inciden directamente en la calidad ambiental y en el bienestar social.
Sin embargo, persisten barreras estructurales que limitan su ejercicio pleno, como la falta de conectividad, la escasa capacitación institucional y la insuficiente difusión de los mecanismos existentes. En ese contexto, el fortalecimiento del SINIA y la implementación de políticas inclusivas resultan imprescindibles para garantizar un acceso efectivo y equitativo a la información ambiental.
7. Referencias bibliográficas
Congreso Constituyente Democrático. (1993). Constitución Política del Perú de 1993. Diario oficial El Peruano del 29 de diciembre de 1993. Recuperado de: https://spij.minjus.gob.pe/spij-ext-web/detallenorma/H68267
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. (1992). Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro. Naciones Unidas. Recuperado de: https://transparencia.castillalamancha.es/sites/transparencia.castillalamancha.es/files/documentos/pdf/20210520/08._declaracion_de_rio_sobre_el_medio_ambiente_y_el_desarrollo_1992.pdf
Ministerio del Ambiente. (2005). Ley General del Ambiente, Ley N.º 28611. Recuperado de: https://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2017/04/Ley-N%C2%B0-28611.pdf
Orellana Bautista, L. (2013). El derecho de acceso a la información pública ambiental. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Recuperado de: https://www.oefa.gob.pe/?wpfb_dl=9535
Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. (2023, 15 de enero). Falta de acceso a la información sigue siendo un problema a un año del derrame de petróleo. https://spda.org.pe/noticia/falta-de-acceso-a-la-informacion-sigue-siendo-un-problema-a-un-ano-del-derrame-de-petroleo/
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS.
Torres Portilla, R. del P. (2014). Derecho de Acceso a la Información Pública Ambiental y el Rol que Desempeñan las Entidades Públicas con Competencia en Materia Ambiental. Derecho & Sociedad, (42), 241–250. Recuperado de: https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/12480
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