En una reciente emisión del programa de entrevistas conducido por el periodista Paolo Benza, se abordaron temas de estricta relevancia jurídica y política nacional. El espacio contó con la participación de la abogada, exministra, notaria y candidata presidencial y al Senado por el partido Primero La Gente, Marisol Pérez Tello. Durante la jornada informativa, se discutieron investigaciones fiscales vigentes contra altos funcionarios, reformas constitucionales, políticas penitenciarias y derechos laborales inclusivos.
Durante su intervención, Marisol Pérez Tello abordó la naturaleza jurídica y tributaria de la función notarial, un sector frecuentemente cuestionado por sus ingresos. Explicó que los notarios tributan como personas naturales con negocio bajo un régimen societario y tributario complejo, asumiendo altos costos operativos y responsabilidad legal personal por sus actuaciones documentales. Asimismo, precisó que, en aras de la transparencia y la ética profesional, decidió liquidar y cerrar su propia notaría mientras ejerció la titularidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fin de evitar un conflicto de intereses con el Consejo del Notariado, dependencia bajo la jurisdicción de dicho ministerio.
En el ámbito del derecho constitucional, Pérez Tello reafirmó su postura política de centro y su defensa del modelo de economía social de mercado consagrado en la carta magna. La candidata argumentó que la deficiencia del Estado radica en la implementación del modelo y no en el texto constitucional, por lo que descartó promover una modificación del capítulo económico de la Constitución. No obstante, criticó duramente las recientes regulaciones a la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, señalando que los requisitos impuestos al referéndum constituyen un «candado» legislativo inconstitucional que concentra la decisión en los congresistas y debe ser derogado.
En materia de política criminal, la candidata propuso la derogación inmediata de un paquete de normas vigentes que calificó como «leyes procrimen» y «procrisis» en su primer día de un eventual gobierno. Desde una perspectiva jurídica, advirtió que dichas leyes impiden la eficacia procesal de los allanamientos y las interceptaciones telefónicas, beneficiando a la criminalidad organizada. Además, aseguró que, de enfrentar obstrucción parlamentaria, utilizaría la figura constitucional de la cuestión de confianza a través de su Consejo de Ministros para forzar la derogación de este marco legal, argumentando que rompe el equilibrio de poderes indispensable para gobernar.
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Respecto al sistema penitenciario peruano, la abogada rechazó la importación del modelo de megacárceles, como el implementado en El Salvador (Cecot). Argumentó que los penales masivos de diez mil internos presentan graves dificultades de administración estatal y un alto riesgo de motines incontrolables. Como alternativa, propuso replicar el modelo de establecimientos penitenciarios de máxima seguridad descentralizados, con una capacidad administrable de tres mil a cinco mil internos, citando como referente técnico de gestión al penal de Cochamarca.
Adicionalmente, Pérez Tello defendió el mandato constitucional de la resocialización y los derechos fundamentales de los privados de libertad, manifestándose en contra de la restricción total del régimen de visitas, incluso para delincuentes de alta peligrosidad como los sentenciados por sicariato. Explicó que, en la doctrina penitenciaria, la visita familiar humaniza al interno, pero fundamentalmente sirve como una herramienta estratégica estatal de inteligencia penitenciaria; permitiendo a las autoridades recolectar información crucial durante fechas clave (como navidad o el día del padre) para desarticular redes de extorsión operadas desde prisión.
Como medida procesal urgente contra la crisis de inseguridad ciudadana, planteó la instalación transversal de unidades de flagrancia al interior de todos los centros penitenciarios ubicados en capitales de región durante los primeros veinte días de gestión. Esta propuesta logística busca que los operadores de justicia procesen, sentencien y recluyan de forma inmediata a los detenidos en flagrancia delictiva dentro del mismo perímetro carcelario, evitando su liberación automática por el vencimiento del plazo legal de 48 horas en sede policial.
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