El abogado de Patricia Benavides Vargas, Juan Peña, informó que la defensa presentará una reconsideración ante la destitución de su patrocinada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
El letrado indicó que no tienen «esperanza» en el recurso, sin embargo, sostuvo que dicha medida es la que corresponde. En diálogo con Canal N comentó:
Lo que nos toca hoy en día es presentar un recurso de reconsideración, no tenemos la esperanza de que los instructores vayan a cambiar de opinión, pero nos tocaría recurrir a la vía judicial, que sería un juez constitucional.
En la Fiscalía, continuaremos con la defensa, seguimos todavía con participación en las declaraciones o en los requerimientos que hace al Poder Judicial, no presentando recusaciones ni solicitud de inhibición a los jueces y fiscales.
@lpderecho #JNJ #destituye a #PatriciaBenavides y a su hermana Emma Benavides #lpderecho
JNJ destituye a Patricia Benavides
Por unanimidad, el pleno de la JNJ resolvió el miércoles 22 de mayo destituir a Liz Patricia Benavides Vargas del cargo de fiscal suprema del Ministerio Público y, en consecuencia, en el cargo de fiscal de la Nación, por haber interferido en la investigación seguida a su hermana y jueza Emma Benavides, separando de su cargo a la fiscal Bersabeth Revilla —quien tenía a su cargo el caso de la magistrada— sin la debida motivación y haberle dado un trato degradante.
Lea más: Patricia Benavides: reprograman audiencia de pedido de suspensión temporal
La JNJ también sostuvo que la extitular del Ministerio Público favoreció a Miguel Vegas Vaccaro, designándolo en el cargo de fiscal adjunto supremo provisional, pese a la existencia de sanciones disciplinarias. En ambos casos, Patricia Benavides incurrió en falta disciplinaria muy grave tipificada en la Ley de la Carrera Fiscal.
Más destituciones
En este marco, el organismo autónomo también destituyó a la jueza superior Emma Benavides Vargas y la fiscal Azucena Solari Escobedo.
La magistrada fue destituida, por mayoría, por su actuación como jueza superior de la Corte Superior de Justicia de Lima: interferir en la función fiscal, para mejorar su posición en la investigación en su contra, y mentir ante la prensa nacional sobre sus antecedentes disciplinarios.
Por ello, incurrió en faltas muy graves tipificadas en la Ley de la Carrera Judicial. Si bien los cinco miembros coincidieron en que hubo falta disciplinaria, tres de ellos votaron por la destitución y dos optaron por una sanción menor, que debería ser determinada por la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.
Mientras tanto, Solari recibió también la máxima sanción disciplinaria por no obrar con independencia e imparcialidad al validar en forma acrítica los informes que sirvieron de pretexto para remover de su cargo a Revilla Corrales, con lo cual incurrió en faltas disciplinarias muy graves tipificadas en la Ley de la Carrera Fiscal.
Mira la votación completa aquí:
Audiencia previa
La ponencia final antes de la votación del informe estuvo a cargo de la miembro titular María Zavala Valladares.
Mira la transmisión completa aquí:
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Quien proporciona el DNI o la cuenta bancaria y cobra el dinero producto del fraude debe ser juzgado por el delito de fraude informático y no por hurto agravado mediante medios informáticos (norma posterior más favorable al procesado) [RN 1087-2025, Lima, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tarjeta-fraude-robo-hurto-cuenta-bancaria-penal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajadores destacados no pueden realizar de forma permanente la actividad principal de la empresa [Cas. Lab. 20398-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)



![Declaran ilegales cobros exigidos por municipalidad en trámites de transporte público [Resolución 0059-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Lineamientos para el seguimiento del plan nacional de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad 2026–2028 [RM 358-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![[VÍDEO] Miguel Canessa: Seguimos aferrándonos a un derecho del trabajo del siglo XX; no salimos de ahí, nos hemos malacostumbrado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Miguel-Canessa-LP-Derecho-218x150.png)






![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[VÍDEO] Miguel Canessa: Seguimos aferrándonos a un derecho del trabajo del siglo XX; no salimos de ahí, nos hemos malacostumbrado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Miguel-Canessa-LP-Derecho-324x160.png)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-100x70.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Declaran ilegales cobros exigidos por municipalidad en trámites de transporte público [Resolución 0059-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

![[VÍDEO] Miguel Canessa: Seguimos aferrándonos a un derecho del trabajo del siglo XX; no salimos de ahí, nos hemos malacostumbrado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Miguel-Canessa-LP-Derecho-100x70.png)