El reconocido profesor Rafael Inga Méndez dictó una sesión de clase sobre Excepciones de litispendencia y cosa juzgada en el Diplomado del Código Procesal Civil y litigación oral que organizó LP Pasión por el derecho.
Así, en dicha clase, se abordó el tema referido a las excepciones de litispendencia también denominadas defensas de fondo y cosa juzgada con casuística, las cuales consisten en negar y/o contradecir las pretensiones del demandante, esgrimiendo contraderechos o causales de extinción de la obligación extinguida. Nuestro destacado ponente lo aborda de una manera sencilla y práctica.
A continuación, compartimos con nuestros seguidores un extracto de su clase, el cuál hemos titulado excepciones de litispendencia y cosa juzgada con casos prácticos.
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![Juez que utiliza un elemento de conocimiento público, objetivo y accesible, como la búsqueda en Google, para contrastar el lugar consignado en las actas con lo declarado por los policiales, no implica la incorporación de una nueva prueba [Casación 424-2023, Amazonas, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![Que el art. 279-G (que tipifica expresamente, entre otros, el uso, porte o tenencia de armas) haya sido incorporado recién en 2016, no significa que antes de esa fecha la posesión era atípica, pues el art. 279 ya reprimía la tenencia sin autorización [Casación 693-2025, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/Sicariato-arma-LPDerecho-218x150.jpg)

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