Usucapión: Aunque la posesión inicial del demandante fue en calidad de arrendatario, dicha condición mutó al enterarse de que el título de propiedad de la arrendadora había sido declarado nulo. Desde entonces, el demandante empezó a poseer con «animus domini», el cual se ratificó cuando, tiempo después, promovió una demanda solicitando la nulidad del acto jurídico celebrado por la propietaria originaria a favor de terceros sobre el bien «sub litis» [Casación 4467-2015, La Libertad]

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA CIVIL PERMANENTE

CASACIÓN Nº 4467 – 2015
LA LIBERTAD
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

MOTIVACIÓN: El principio de la adecuada motivación garantiza la obtención de una resolución fundada en derecho, en la cual se expliciten en forma suficiente las razones de los fallos, con mención expresa de los fundamentos fácticos y jurídicos que los determinaron, mediante los cuales el justiciable pueda comprobar que la solución del caso concreto viene dada por una valoración racional de los medios probatorios Articulo 139 inciso 5) de la Constitución Política del Perú.

Lima, tres de mayo de dos mil dieciséis.

LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA; vista la causa número 4467-2015, en audiencia pública de la fecha y producida la votación correspondiente, emite la siguiente sentencia.

I. MATERIA DEL RECURSO.

Que se trata del recurso de casación interpuesto por la litis consorte necesaria pasiva Flor Marina Sánchez Príncipe de Dumet a fojas ochocientos ochenta y nueve, contra la sentencia de segunda instancia de fecha quince de enero de dos mil quince, de fojas setecientos ochenta y siete, que confirma la sentencia apelada de fecha veintitrés de julio de dos mil catorce, de fojas seiscientos cincuenta y cinco, que declara fundada la demanda de prescripción adquisitiva de dominio; en consecuencia, declara al demandante Emidonio Acevedo lbáñez propietario del lote de terreno con una extensión de 442.13 m2, ubicado en la Prolongación Unión Nº 1942, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en la calle Prolongación Unión Nº 1934, Urbanización semi rústica Santa Anita de 3,962.92 m2; y, ordena, se inscriba la propiedad del referido inmueble a nombre del mencionado demandante en la Partida Nº 03120195 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registra! Nº V – Sede Trujillo; y se proceda a cancelar las inscripciones registrales que pudieran existir sobre dicho inmueble.

[Continúa…]

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