Mediante la Resolución Rectoral 005680-2024-R/UNMSM, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos ha sido declarada hoy en estado de emergencia. Esta medida extraordinaria es tomada a consecuencia del ajuste presupuestal que ordenó el Poder Ejecutivo a través del Decreto de Urgencia 006-2024.
Declaran en Emergencia a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos como consecuencia de las medidas presupuestales dispuestas por el Decreto de Urgencia Nº 006-2024
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 005680-2024-R/UNMSM
Lima, 17 de abril del 2024
Visto el Expediente Digital con Registro de Mesa de Partes General Nº 12000-20240000016, sobre Acuerdo de Consejo Universitario.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de marzo de 2024, establece medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público durante el Año Fiscal 2024 a fin de permitir el cumplimiento de las reglas fiscales previstas para el presente Ejercicio Fiscal, a través de medidas que generen una mayor eficiencia y modulen el gasto público que a su vez permitan mejorar la calidad de los servicios a los ciudadanos;
Que el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 en el inciso 5.1 del artículo 5.º dispone diversas medidas para limitar gastos no críticos y uso eficiente de los recursos de las entidades y empresas del Estado, en materia de impedimento de incremento en más del monto devengado al cierre del año Fiscal 2023 en las entidades de Gobierno Nacional indicadas en el Anexo II de dicha norma (entre las cuales están incluidas las Universidades Públicas) en las específicas del gasto siguiente: a) En materia de gasto en telefonía celular y comunicación por radio-celular. b) En materia de gastos de viajes al interior y exterior del país y comisiones de servicio. c) En materia de adquisición de uniformes y vestuario. d) En materia de publicidad, impresiones, difusión e imagen institucional. e) El gasto por consumo de combustible. f) En materia de seminarios, talleres y atenciones y celebraciones. g) En materia de consultorías y similares. Asimismo, en el numeral 5.7 en materia de uso de vehículos, entre otros;
Que el Consejo Universitario en su sesión ordinaria llevada a cabo el 16 de abril de 2024, acordó Declarar en Emergencia la Universidad Nacional Mayor de San Marcos debido a las medidas dispuestas por el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 emitido por el Poder Ejecutivo, en consideración a que la referida norma legal no solo atenta contra la autonomía universitaria prevista en el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú y regulada en el Artículo 8º de la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria y el Artículo 7º del Estatuto de esta Casa Superior de Estudios, sino porque además y lo que constituye de mayor importancia, dichas medidas impedirían el correcto funcionamiento y desarrollo de las actividades académicas, de formación profesional, de investigación y de extensión cultural y proyección social comprometidas para llevarse a cabo el presente año, afectándose gravemente la calidad educativa que la Universidad está obligada a brindar a sus alumnos de pregrado y posgrado, sin dejar de mencionar el daño que esto ocasionaría al prestigio de la Universidad;
Que con las medidas dispuestas por el Decreto de Urgencia Nº 006-2024 las Universidades Públicas a diferencia de las Universidades Privadas, no van a poder desarrollar sus fines y funciones previstas en la normatividad legal vigente, al encontrarse en una situación de desventaja;
Que cuenta con el Proveído Nº 005341-2024-R-D/UNMSM de 16 de abril de 2024, del Despacho Rectoral; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas a la señora Rectora por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º Declarar en Emergencia a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos como consecuencia de las medidas presupuestales dispuestas por el Decreto de Urgencia Nº 006-2024.
2º Autorizar al Despacho Rectoral para que en coordinación con la Dirección General de Administración y Oficinas Generales de Planificación, Infraestructura Universitaria y Servicios Generales, Operaciones y Mantenimiento, adopte y ejecute todas las acciones y medidas que resulten pertinentes.
3º Encargar a la Dirección General de Administración, Facultades y dependencias respectivas de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JERI GLORIA RAMÓN RUFFNER DE VEGA
Rectora
RUBÉN ATANACIO NÚÑEZ HIJAR
Secretario General
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