¡Buenas nuevas, queridos seguidores! El reconocido procesalista en materia penal, Gonzalo del Río Labarthe, dictará en las aulas de LP Pasión por el Derecho como miembro de la exclusiva plana de expositores del Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral, que inicia el 7 de agosto de 2024.
Gonzalo del Río es doctor en derecho por la Universidad de Alicante y actualmente es socio del estudio Hernandez & Cia.
Lea también: Diplomado: Código Procesal Penal y litigación oral. Dos libros gratis y pago en dos cuotas hasta el 25 de julio
PRINCIPALES TRABAJOS ACADÉMICOS
- Del Río Labarthe, Gonzalo. «La etapa intermedia» (2021). Instituto Pacífico.
- Del Río Labarthe, Gonzalo. «Prisión preventiva y medidas alternativas» (2021). Instituto Pacífico.
- Del Río Labarthe, Gonzalo. «Las medidas cautelares personales del proceso penal peruano» (2016). Clic AQUÍ para descargarlo.
- Del Río Labarthe, Gonzalo. «Apuntes Sobre la Función de las Diligencias Preliminares en el Código Procesal Penal». Clic AQUÍ.
- Del Río Labarthe, Gonzalo. «La acción civil en el Nuevo Proceso Penal». Derecho PUCP 65 (2010): 221. Clic AQUÍ.
Comentarios:
![El derecho administrativo sancionador no se rige por el principio de lesividad, sino por criterios de afectación general; de suerte que la sanción administrativa no requiere la verificación de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos y generalmente opera como respuesta ante conductas formales o de simple desobediencia a reglas de ordenación [RN 2090-2005, Lambayeque, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Es irrazonable sostener que el arraigo familiar está ampliamente relativizado porque se tiene un régimen patrimonial conyugal de separación de bienes, los hijos son mayores de edad, y uno de ellos ya culminó su carrera profesional [Casación 50-2020, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-frontal-corte-LPDerecho-218x150.png)
![La adjudicación de la buena pro a una empresa que ofertó precios más altos a los demás postores no configura, por sí sola, una práctica colusoria, si dicha decisión se justificó en la evaluación de otros rubros, como ofertas y servicios adicionales [RN 2161-2013, Arequipa, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La invocación a la autonomía funcional, ausencia de dolo y valoración probatoria (individual y conjunta) no son pertinentes para justificar la omisión de ejercicio de la acción penal, pues no se está frente a un criterio [Apelación 396-2024, Cañete, f. j. 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-218x150.jpg)
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