A través de la Resolución 275-2024-MP-FN, modifican el costo de la fotocopia certificada y escaneo.
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de Ministerio Público
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 275-2024-MP-FN
Lima, 29 de enero de 2024
VISTOS:
El memorando N° 000024-2024-MP-FN-GG-OGFIN, de fecha 16 de enero de 2024, de la Oficina General de Finanzas; el Oficio Nº 000056-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 19 de enero de 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el informe Nº 000012-2024-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 24 de enero de 2024, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el oficio Nº 133 -2024-MP-FN-GG, de fecha 29 de enero de 2024, de la Gerencia General, y;
CONSIDERANDO:
El Ministerio Público es un organismo autónomo del Estado, que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces, y el interés social, así como velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil.
Mediante los artículos 43 y 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se establecen las obligaciones de todas las entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar su Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante, el TUPA), el que comprende: “Todos los procedimientos de iniciativa de parte, requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal (…), y la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento los cuales deben ser establecidos conforme a lo previsto (…)”; por lo cual, contiene la relación de los servicios prestados en exclusividad, entendidos como las prestaciones que las entidades se encuentran facultadas para brindar de forma exclusiva en el marco de sus competencias, no pudiendo ser realizadas por otra entidad o terceros.
La norma en mención establece también que, mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas: “se precisa los criterios, procedimientos y metodologías para la determinación de los costos de los procedimientos, y servicios administrativos que brinda la administración y para la fijación de los derechos de tramitación”; señalando que resultan obligatorios estos preceptos para la determinación de los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en los procesos de elaboración o modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de cada entidad. Concluye el citado párrafo estableciendo que: “La entidad puede aprobar derechos de tramitación menores a los que resulten de la aplicación de los criterios, procedimientos y metodologías aprobados según el presente artículo”.
El Sistema Único de Trámites (SUT), se crea mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del TUPA con su correspondiente información sustentatoria, formulados por las entidades de la Administración Pública, el mismo que es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, como ente rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública.
Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2745-2023-MP-FN, de fecha 18 de octubre de 2023, se aprueba el TUPA del Ministerio Público, el cual contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que brinda la Institución a través de las dependencias fiscales, administrativas y médico legales; entre ellos el servicio prestado en exclusividad de “Copia o Escaneo de los Actuados, Disposiciones o Resoluciones de los casos en proceso o archivado, solicitados por las partes” en sus tres modalidades: Fotocopia Simple-Entrega física (por 01 página) al costo de S/ 0.10, Fotocopia Certificada-Entrega física (por 01 página) al costo de S/ 4.00 y Escaneo-Entrega por correo electrónico o USB u otro dispositivo de almacenamiento de datos proporcionado y conforme lo solicitado por el usuario (por 01 página) al costo de S/ 0.50.
A través del oficio Nº 001647-2023-CEB/INDECOPI, de fecha 21 de noviembre de 2023, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI solicita al Ministerio Público se evalué el costo del servicio de “Copia o escaneo de los Actuados, Disposiciones o Resoluciones de los casos en proceso o archivado solicitados por las partes”, en la modalidad de fotocopia certificada y escaneo, a fin de que sean reajustados para lograr mayor accesibilidad de los servicios hacia el ciudadano.
En atención a ello, el Equipo de Mejora Continua (EMC) del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto mediante las Resoluciones de Gerencia General n.os 00170 y 676-2023-MP-FN-GG, aprobó un plan de trabajo para la revisión del TUPA y la evaluación del reajuste de costos de los servicios prestados en exclusividad.
Mediante el memorando N° 000024-MP-FN-GG-OGFIN la Oficina General de Finanzas comunica que ha procedido a elaborar el estudio de reajuste del costo del mencionado servicio; por lo cual, resulta pertinente expedir el acto resolutivo que apruebe la modificación del costo del servicio prestado en exclusividad del “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio Público”, denominado “Copia o Escaneo de los Actuados, Disposiciones o Resoluciones de los casos en proceso o archivados solicitados por las partes”, en la modalidad de fotocopia certificada y escaneo, reajustándolos para lograr mayor accesibilidad de los servicios hacia el ciudadano.
Estando a lo propuesto y contando con los vistos de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina General de Finanzas, Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.– Modificar el costo del servicio prestado en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio Público, denominado “Copia o Escaneo de los Actuados, Disposiciones o Resoluciones de los casos en proceso o archivado solicitados por las partes” en la modalidad de fotocopia certificada y escaneo; que consta de dos (02) páginas y que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que las solicitudes de servicio provenientes de otras dependencias del Estado serán atendidas gratuitamente debiendo regirse por el criterio de colaboración entre entidades, conforme lo establecen los artículos 87 al 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, salvo en aquellos casos que al Ministerio Público le ocasionen gastos superiores a una (01) UIT (por caso) o pongan en peligro el cumplimiento de sus propias funciones o cuando las acciones se encuentren fuera del ámbito de la actividad ordinaria de la Entidad, casos en los que la autoridad solicitante asumirá el pago de los gastos efectivos realizados.
Artículo Tercero.- Disponer que los presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los distritos fiscales, a través de los administradores de su jurisdicción o gerentes administrativos respectivos, publiquen en lugares visibles la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de Ministerio Público, en todas las dependencias fiscales y administrativas del distrito fiscal correspondiente.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de Ministerio Público aprobado, en el diario oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución y de la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio Público en la intranet, en la página web y en el Portal de Transparencia del Ministerio Público.
Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución y del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio Público modificado a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los distritos fiscales a nivel nacional, gerencias administrativas de las unidades ejecutoras, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, coordinaciones nacionales de las fiscalías especializadas, jefatura nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Oficina General de Finanzas, Oficina General de Logística, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Tecnologías de la Información, y a la Oficina General de Asesoría Jurídica, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
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* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.