¿Qué tipo de investigación puedo realizar en el campo jurídico?

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Sumario: 1. Introducción; 2. Tipología en la investigación jurídica; 2.1. Según el enfoque adoptado; 2.2. Según la finalidad o propósito del estudio; 2.3. Según el diseño; 2.4. Según el factor tiempo; 2.5. Según el nivel de profundidad; 2.6. Según la fuente de datos; 2.7. Según la amplitud o alcance del estudio; 3. Conclusiones.


1. Introducción

Cuando un estudiante de pregrado o posgrado decide iniciar el desarrollo de su tesis, de manera obligada, se plantea algunas interrogantes, entre las que se encuentra la referida a qué tipo de investigación va a desarrollar.

El derecho constituye un “instrumento cultural creado por los hombres, dirigido a orientar su conducta hacia un deber ser armónico, con ciertos fines y valores, que les permita asegurar la coexistencia social y su plena realización personal”[1]. Es decir, la finalidad básica del derecho es permitir la convivencia pacífica y contribuir con la plena realización de las personas, por lo que, en los distintos Estados, algunos organismos crean normas, otros ejecutan y otros controlan su aplicación.

En ese proceso, en ocasiones existen vacíos o deficiencias en el cuerpo normativo, así como se presentan deficiencias en su interpretación o aplicación. En cualquier caso, surgen problemas que deben ser resueltos. Resolver no siempre es fácil, ya que en muchos casos la solución requerirá de una vasta investigación.

La investigación que se realiza para colaborar con la resolución de un problema jurídico debe ser de acuerdo al tipo y características del problema a investigar. Entonces, la tipología de la investigación no se escoge al azar o arbitrariamente, sino conforme al problema que se pretende resolver o el tipo de conocimiento que se desea descubrir o ampliar[2], entre otros aspectos.

2. Tipos de investigación jurídica

En la determinación de la tipología de las investigaciones se utilizan diversos criterios, los cuales responden al enfoque que se adopta, al propósito perseguido, al espacio temporal, entre otros.

Ello es así debido que la investigación pretende descubrir o crear un nuevo conocimiento[3] y así posibilitar la solución de problemas que surgen en la práctica social. En el campo jurídico, se puede optar por alguno de los tipos de investigación que se enuncian a continuación, incluso se podrían combinar unos con otros.

2.1. Según el enfoque adoptado

La investigación podría ser cuantitativa, cualitativa o mixta[4].

  • Investigación cuantitativa. Es aquella que se ocupa del estudio y análisis de la realidad a través de diferentes procedimientos basados en la medición, la cual requiere de procedimientos estadísticos para probar ciertas suposiciones o hipótesis[5]. Por ejemplo, cuando se pretende determinar la incidencia del incumplimiento de las sentencias que condenan al pago de deudas sociales en la administración pública.
  • Investigación cualitativa. Es aquella que se ocupa de la recopilación y análisis de datos que no son numéricos, sino de cualidades. En este caso, el énfasis se da sobre qué o quiénes son y no sobre cuántos son[6]. Por ejemplo, cuando se pretende analizar la motivación de las resoluciones judiciales de otorgamiento de prisión preventiva.
  • Investigación mixta. Cuando se combinan procedimientos de la investigación cualitativa y cuantitativa, buscando complementar una con la otra y así buscar una investigación de calidad[7].

2.2. Según la finalidad o propósito del estudio

La investigación puede ser pura o aplicada[8].

  • Investigación pura. Conocida también como investigación básica, es la que se efectúa con el propósito de incrementar y/o ampliar la gama de conocimientos desarrollados por los estudiosos del derecho. Su fin es puramente teórico, cognitivo e intelectual[9]. Por ejemplo, cuando se pretende realizar un estudio sobre la determinación judicial de la pena.
  • Investigación aplicada. Es la que se efectúa con la finalidad de aplicar en la práctica los conocimientos elaborados por otros estudiosos. Tiene un fin práctico y utilitario[10]. Por ejemplo, cuando se pretende evaluar y diseñar estrategias para la aplicación de la vigilancia electrónica en un determinado distrito judicial o a nivel nacional.

2.3. Según el diseño adoptado

La investigación podría ser experimental y no experimental[11].

  • Investigación experimental. Es la investigación donde se manipulan variables en condiciones controlables, a fin de estudiar los efectos que producen[12]. Es poco aplicable en el campo jurídico. Por ejemplo, se podría desarrollar este tipo de investigación en estudios tendientes a buscar un nuevo programa de tratamiento sociojurídico y psicológico de los sujetos involucrados en violencia contra la mujer, utilizando para ello dos grupos, un grupo experimental y otro de control.
  • Investigación no experimental. También llamada observacional, es el tipo de investigación que se limita a la observación de hechos o fenómenos, en su contexto natural, sin manipular variables, para luego describir, explicar o predecir[13]. Es la más aplicable en el campo jurídico. Por ejemplo, cuando pretendemos analizar los criterios adoptados por los jueces de familia de Arequipa para determinar quién es el cónyuge más perjudicado en los procesos de divorcio por causal de separación de hecho en atención a lo dispuesto en el Tercer Pleno Casatorio.

2.4. Según el factor tiempo

La investigación podría ser sincrónica o diacrónica[14].

  • Investigación sincrónica o seccional. Aquella investigación que se ocupa de estudiar hechos o fenómenos que se dan en un determinado momento o periodo corto. Por ejemplo, cuando se pretende analizar, en el momento actual, la legalidad de la regulación del Sistema de Pago Adelantado de Obligaciones Tributarias (SPOT) o Sistema de Detracciones en el Sistema Tributario peruano.
  • Investigación diacrónica o longitudinal. Aquella investigación que estudia fenómenos en un periodo largo, con el propósito de verificar los cambios que se producen o se ha producido. Por ejemplo, cuando se pretende analizar la aplicación del procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades, desde la entrada en vigencia de la Ley 29227.

2.5. Según el nivel de profundidad del estudio

Puede ser investigación exploratoria, descriptiva, correlacional y explicativa[15].

  • Investigación exploratoria. Se efectúa con la finalidad de acercarnos a un problema. Generalmente se utiliza cuando el problema que se desea investigar aún no ha sido abordado o no ha sido suficientemente estudiado y las condiciones existentes no son aún determinantes. Implica observar y examinar con cuidado y diligencia algo con la intención de conocer su identidad, naturaleza y circunstancias[16]. Por ejemplo, averiguar la cantidad de denuncias en las que se haya aplicado el principio de oportunidad en las Fiscalías Penales del distrito Fiscal de Arequipa, con la finalidad de efectuar una investigación posterior sobre las implicancias de la aplicación de este mecanismo.
  • Investigación descriptiva. Se efectúa con la finalidad de describir situaciones, eventos y hechos[17], teniendo en cuenta sus características, elementos, naturaleza, entre otros, de una realidad determinada. Por ejemplo, la aplicación del Procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en la Municipalidad Provincial de Arequipa, durante los años 2010 al 2022.
  • Investigación correlacional. Se efectúa con la finalidad de medir el grado de relación existente entre dos o más conceptos o variables[18]. Por ejemplo, cuando se pretende analizar la oralidad en el proceso civil y sus implicancias en la calidad de defensa en dichos procesos.
  • Investigación explicativa. Se efectúa con la finalidad de encontrar las causas y consecuencias de un problema. Busca las razones  que provocan ciertos fenómenos de estudio[19]. Existen diseños experimentales y no experimentales. Por ejemplo, cuando se pretende analizar las causas y consecuencias del incumplimiento de las sentencias que condenan al pago de deudas sociales en la administración pública.

2.6. Según la fuente empleada

Puede ser documental o de campo[20].

  • Investigación documental o bibliográfica. Cuando la información se obtiene básicamente de fuentes bibliográficas o de documentos. Por ejemplo, cuando se pretende analizar la conceptualización actual de la institución de familia según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
  • Investigación de campo o empírica. Cuando el investigador entra en contacto con la realidad misma, que puede ser mediante la observación directa, entrevista, encuesta, etc. Por ejemplo, cuando se pretende analizar la vulneración del derecho al plazo razonable en las diligencias preliminares en las Fiscalías Penales de Arequipa, efectuando un análisis documental y recabando opiniones a través de encuestas y entrevistas.

2.7. Según la amplitud o alcance del estudio

Puede ser de especialidad o interdisciplinaria[21].

  • Investigación de especialidad. Es la investigación que se enmarca dentro de una única disciplina, que puede ser derecho civil, penal, tributario, etc. Por ejemplo, cuando se pretende analizar la legalidad de las pruebas de oficio en el proceso penal regulado en el artículo 385 del Código Procesal Penal del 2004.
  • Investigación interdisciplinaria. Cuando el estudio abarca más de una disciplina. En estos casos, el problema de estudio no es abordado desde una sola disciplina, sino involucrando conocimientos de diversas disciplinas[22]. Por ejemplo, cuando se pretende analizar desde un punto de vista jurídico y bioético las implicancias de la manipulación genética en humanos.

3. Conclusiones

  • Los problemas en el campo del derecho surgen a raíz de la existencia de vacíos o deficiencias de la normatividad, sea por que el ente legislador no ha regulado alguna situación o es que debido al avance de la ciencia y la tecnología, el cuerpo normativo no comprende a ciertas situación nuevas o si es que comprende, lo hace de manera deficiente. Asimismo, los problemas también surgen debido a las deficiencias en la interpretación y aplicación de las mismas, entre otras.
  • La existencia de esos problemas hace que surja la necesidad de investigar, pues es la manera de poder conocer mejor la realidad problemática, así como ofrecer una mejor solución. Por ello, conforme a la tipología y las características de los problemas que se detecten, también surgirá la necesidad de efectuar diferentes tipos de investigación. Entonces, el graduando o cualquier investigador en el campo jurídico podrá escoger de las distintas tipologías descritas o combinar entre ellas, conforme a la realidad problemática que decide estudiar. Debe quedar claro que existen otros criterios de clasificación, que posteriormente también abordaremos.

[1] García Toma. Víctor. Introducción al derecho. Constitución y sistema jurídico. Lima: Lex & Iuris, 2019, p. 279.

[2] Hernández Sampieri, Roberto y Mendoza Torres, Cristina Paulina. Metodología de la investigación. Rutas cualitativa, cuantitativa y mixta. México: Mc Graw Hill, 2019. p. 4.

[3] Witker, Jorge. Metodología de la investigación jurídica. México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2019, p. 2.

[4] Hernández Sampieri, Roberto y Mendoza Torres, Cristina Paulina. Op. cit. p. 4.

[5] Hernández Sampieri, Roberto y Mendoza Torres, Cristina Paulina. Op. cit. p. 6.

[6] Elgueta Rosas, María Francisca. La investigación en ciencias sociales y jurídicas. Chile: Universidad de Chile, 2012, p. 140.

[7] Ñaupas, H. et al. (2018). Metodología de la investigación cuantitativa-cualitativa y redacción de la tesis. Lima: Ediciones de la U. p. 142.

[8] Baena Paz, Guillermina. Metodología de la investigación científica. México: Grupo Editorial Patria, 2017, P. 10.

[9] Palacios, Jesús Josefa, Romero, Hugo Eusebio y Ñaupas, Humberto. Metodología de la investigación jurídica. Lima: Grijley, 2016, P. 115.

[10] Palacios, Jesús Josefa; Romero, Hugo Eusebio y Ñaupas, Humberto. Op. cit. p. 115.

[11] Moisés Ríos, Billy Williams. Diseño del proyecto de investigación científica. Lima: Editorial San Marcos, 2018, p. 116.

[12] Nogueira Ramos, Iván. Guía para elaborar una tesis en Derecho. Lima: Grijley, 2014, p. 61.

[13] Moisés Ríos, Billy Williams. Op. cit. p. 124.

[14] Paredes Núñez, Julio Ernesto. Manual de la investigación científica. Arequipa: Universidad católica de Santa María, 2013, p. 21.

[15] Moisés Ríos, Billy Williams. Op. cit. p. 114.

[16] Daniels, Martha y otros. Metodología de la investigación jurídica. México: Servicios Editoriales Codice, 2012,  p. 39.

[17] Nogueira Ramos, Iván. Op. cit. p. 57.

[18] Daniels, Martha y otros. Op. cit. p. 49.

[19] Nogueira Ramos, Iván. Op. cit. p. 58.

[20] Munch, Lourdes y Ángeles, Ernesto. Métodos y técnicas de investigación. México: Trillas, 2012, pp. 29-30.

[21] Carrasco Ligarda, Rosa. La investigación interdisciplinaria e internacional. Disponible en: http://www.unife.edu.pe/vicerrectorado_investigacion/boletin/enlaces/1.pdf

[22] Bernal, César. Metodología de la investigación. Colombia: Pearson, 2016, p. 58.

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