Conclusión Plenaria: Se acordó por mayoría
Es válida la notificación efectuada al demandado en el domicilio cartular o contractual, si es evidente que en dicho lugar ya no domicilia.
Lea también: Diplomado Código Procesal Civil y litigación oral. Inicio 7 de febrero de 2024
PODER JUDICIAL
SECRETARÍA EJECUTIVA
SECRETARÍA DE PROYECTOS JURISDICCIONALES
Lima, 27 de setiembre del 2000
OFICIO CIRCULAR N° 209-2000-PJ-SE/SPJ
Señor doctor:
HECTOR LAMA MORE
Vocal de la Sala de Familia
Corte Superior de Justicia de Lima
PRESENTE.-

ASUNTO: CONCLUSIONES PLENO JURISDICCIONAL CIVIL 2000
[…]
TEMA Nro 10
A) ¿Es válida la notificación efectuada al demandado en el domicilio cartular o contractual, es evidente que en dicho lugar ya no domicilia?
CONSIDERANDO:
1. Que, el articulo 40° del Código Civil, consagra el principio de oponibilidad del cambio de domicilio, el mismo que dispone, que el cambio de domicilio no puede oponerse a los acreedores si no ha sido puesto en conocimiento mediante comunicación indubitable.
2. Que, el artículo 97° de la ley 16587, dispone que la letra debe ser presentada para el pago en el lugar o en la dirección indicadas en ella, aunque el deudor hubiera cambiado de residencia.
3. Que, en consecuencia esta regla general es la que debe aplicarse para la notificación efectuada en el domicilio cartular o contractual.
SE ACORDÓ: POR MAYORÍA
Es válida la notificación efectuada al demandado en el domicilio cartular o contractual, si es evidente que en dicho lugar ya no domicilio.
SE SOSTUVO: EN MINORÍA (22 votos)
Que, no es válida la notificación al demandado efectuada en el domicilio cartular o contractual, si es evidente que en dicho lugar ya no domicilia, por las siguientes razones:
I. Que, las disposiciones contenidas en el articulo 40° del Código Civil y en el articulo 97° de la ley de títulos Valores vigente, son aplicables siempre y cuando no se hubiera acreditado indubitablemente que el domicilio consignado por el deudor fuese o fuere inexistente o incompleto.
II. Que, en materia de contratar se fijar un domicilio especial para la ejecución de determinados actos jurídicos, sin embargo ello únicamente implica sometimiento a la competencia territorial.
III. Que, sostener lo contrario implicaría colisionar con normas y/o principios constitucionales, tales como, el derecho de defensa de la que nadie puede ser privado y la sujeción a un debido proceso; normas que evidentemente son la mayor jerarquía que las normas sustantivas antes referidas; configurándose además un evidente abuso de derecho, de conformidad con el artículo 103° in fine de la constitución, concordante con el artículo II del Titulo Preliminar de Código Civil.


![En los delitos dolosos, tanto la autoría como la participación son formas de intervención delictiva, en el sentido de escalones o estadios legales de atribución de responsabilidad delictiva, por lo que su cambio, durante la investigación, no constituye una variación cualitativa de la ejecución de los hechos imputados, menos una modificación del tipo penal atribuido [Apelación 51-2025, Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC precisa su entendimiento sobre maternidad subrogada: (i) total, la mujer gesta y alumbra un bebé aportando su propio óvulo y (ii) parcial, la mujer gesta y alumbra un bebé fecundado con un óvulo de otra mujer; en ambos casos entrega el bebé a quienes la contrataron [Exp. 01367-2019-PA/TC, ff. jj. 37-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-1-218x150.jpg)
![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)






![Este Organismo Técnico Especializado se ratifica en los alcances de las Opiniones N° 137-2009/DTN y N° 037-2012/DTN, en relación con el supuesto excluido del ámbito de aplicación de la Ley N° 32067 previsto en su artículo 7, considerando que los contratos bancarios y financieros que provienen de un servicio financiero cuentan con una regulación propia del Sistema financiero, cuyo cumplimiento e interpretación de su Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por lo que es el organismo que tiene la atribución de emitir pronunciamiento sobre qué servicios constituyen operaciones bancarias o financieras que originen la celebración de contratos bancarios o financieros [Opinión D000025-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Presentación del libro «Comentarios a la jurisprudencia civil peruana: Derechos reales»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-NOTICIA-PRESENTACION-DE-LIBRO-LPDERECHO1-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Sala declara ilegal diligencias de control de identidad y registro vehicular por violación del principio de legalidad, y manda copias a Inspectoría de la PNP [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)






![Analizar informes psicológicos de los progenitores resulta fundamental para determinar tenencia de los hijos [Casación 495-2019, Piura] Divorcio-tenencia-adopción-familia-padres](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Divorcio-tenencia-adopcion-civil-LP-Derecho-2-324x160.png)