La Academia de la Magistratura, en el marco de la edición 29.° del Programa de Formación de Aspirantes (Profa), informó que las inscripciones se podrán realizar desde el 6 de enero hasta el 14 de febrero de 2025, tanto para el primer, segundo, tercer y cuarto nivel de la magistratura.
Lea también: Ya puedes inscribirte a la edición 29 del Profa para aspirantes a magistrados
Así también, entre otros documentos, compartió el temario académico a partir del cual se tomará el examen de conocimientos para cubrir 330 vacantes a nivel nacional. A continuación compartimos el temario de derecho constitucional, sin perjuicio de adjuntar el temario completo AQUÍ.
LP Pasión por el derecho, por supuesto, ha lanzado un curso de preparación para el examen Profa que inicia el martes 14 de enero de 2025. Más información aquí. Si se inscribe hasta el 8 de enero recibe tres libros gratis.

EXAMEN DE CONOCIMIENTOS
ADMISIÓN 29.° PROFA
TEMARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL
1. EL PODER CONSTITUYENTE
1.1. El Poder constituyente originario. Concepto y límites.
1.2. El Poder constituyente derivado. Concepto y límites.
1.3. El Poder constituyente en la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
2. EL ESTADO
2.1. Concepto, elementos y formas de Estado.
2.2. La regulación del Estado peruano en la Constitución de 1993.
2.3. El Estado peruano ante el derecho y la jurisdicción internacional.
2.4. El Estado de derecho. Concepto y modalidades.
2.5. El Estado legal de derecho.
2.6. El Estado constitucional de derecho.
2.7. El Estado de derecho en la Constitución peruana y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
A. Los límites al ejercicio del poder público.
B. Los deberes del poder público.
C. El Estado democrático de derecho.
D. El Estado social de derecho.
E. El derecho de insurgencia.
3. LA CONSTITUCIÓN PERUANA COMO CONSTITUCIÓN DEL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO
3.1. La Constitución: concepto, tipología y características que singularizan a una Constitución como norma suprema.
3.2. La constitucionalización de las exigencias de justicia material en la Constitución de 1993.
A. La dignidad humana
B. Los derechos fundamentales expresos: derechos individuales, derechos sociales y derechos políticos.
C. Los derechos fundamentales implícitos.
D. La dignidad humana y los derechos fundamentales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
3.3. La normatividad de la Constitución de 1993
A. El principio de normatividad de la Constitución
B. El principio de unidad de la Constitución
C. El principio de jerarquía normativa
D. Estos principios en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Matricúlate: Curso de preparación para el examen Profa 2025. Inicio 14 de enero de 2025
4. LAS NORMAS CONSTITUCIONALES Y EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD
4.1. Las normas constitucionales estatuidas por el Constituyente
4.2. Las normas constitucionales estatuidas por las leyes de desarrollo constitucional. La Octava disposición final y transitoria de la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
4.3. Las normas constitucionales estatuidas por las sentencias de desarrollo constitucional del Tribunal Constitucional. Los artículos VI y VII del Nuevo Código Procesal Constitucional y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
4.4. La constitucionalización de las normas convencionales sobre derechos humanos vinculantes para el Perú. La Cuarta disposición final y transitoria de la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
4.5. El bloque de constitucionalidad: concepto, elementos que lo conforman y su papel en la validez de las normas del sistema jurídico.
5. EL PRINCIPIO DE SEPARACIÓN DE PODERES
5.1. Definición, fundamentos y consecuencias para el ejercicio del poder público
5.2. El principio en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
6. EL PODER EJECUTIVO
6.1. Definición y elementos.
6.2. El Gobierno.
A. Concepto y formas de gobierno.
B. Organización, estructura y funciones.
C. El Presidente de la República, el Consejo de Ministros, la Administración Pública.
6.3.Su regulación en la Constitución de 1993 y su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
7. EL PODER LEGISLATIVO
7.1. Definición, clases y organización interna.
7.2. Funciones del Poder Legislativo.
7.3. El Reglamento del Congreso de la República.
7.4. El Poder Legislativo en la Constitución de 1993. Su interpretación en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

8. RELACIONES ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL PODER LEGISLATIVO
8.1. El Presidencialismo.
8.2. El Parlamentarismo.
8.3. La regulación de las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
9. EL PODER JUDICIAL
9.1. Definición y organización interna.
9.2. El papel de la judicatura en un Estado constitucional de derecho.
9.3. Los principios constitucionales y derechos fundamentales relacionados con la función jurisdiccional. El artículo 139 de la Constitución.
9.4. El Poder Judicial en la Constitución de 1993 y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
10. LOS ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS, SU REGULACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN DE 1993 Y SU INTERPRETACIÓN EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
10.1. El Tribunal Constitucional.
10.2. El Jurado Nacional de Elecciones y el Sistema electoral.
10.3. La Junta Nacional de Justicia.
10.4. El Ministerio Público.
10.5. La Defensoría del Pueblo.
10.6. El Banco Centra de Reserva.
11. REGÍMENES CONSTITUCIONALES RELEVANTES EN LA CONSTITUCIÓN DE 1993 Y SU INTERPRETACIÓN EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
11.1. El régimen constitucional de la función pública.
11.2. El régimen constitucional económico.
11.3. El régimen constitucional tributario y presupuestal.
11.4. El régimen constitucional agrario y las comunidades campesinas y nativas
11.5. El régimen constitucional de excepción. Estado de emergencia y Estado de sitio.
11.6. El régimen constitucional de la seguridad y defensa nacional.
11.7. El régimen constitucional de la descentralización, gobiernos regionales y gobiernos municipales.
11.8.El régimen constitucional de los tratados internacionales.
Matricúlate: Curso de preparación para el examen Profa 2025. Inicio 14 de enero de 2025
12. LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN
12.1. La defensa social, política y jurisdiccional.
12.2. El control de constitucionalidad como defensa jurisdiccional.
12.3. Modalidades de control de constitucionalidad.
12.4. Elementos del control de constitucionalidad:
A. El parámetro de control.
B. El objeto de control.
C. Los controladores de constitucionalidad.
D. Los procesos de control de constitucionalidad.
12.5. La defensa de la Constitución en la Constitución de 1993 y en la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
13. LOS PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
13.1. La interpretación constitucional.
13.2. Los intérpretes de la Constitución.
13.3. Los principios de interpretación constitucional.
13.4. Los principios de razonabilidad y de proporcionalidad en la interpretación constitucional.
13.5. La interpretación constitucional en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Para descargar el temario completo que incluye todas las ramas del derecho clic AQUÍ.
Inscríbete aquí Más información


![La valoración y suficiencia de la prueba recabada durante las diligencias preliminares, para determinar si corresponde o no formalizar investigación preparatoria, son aspectos que competen exclusivamente a los fiscales [Exp. 01693-2024-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Decisiones de Sunafil no obligan al Poder Judicial a pronunciarse en el mismo sentido [Casación Laboral 4517-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Defraudación tributaria: La conducta típica, antijurídica y culpable del delito tributario no se elimina por la presencia de una regularización tributaria, solo su punibilidad, por lo que tal situación no impide considerar la defraudación tributaria como una actividad criminal previa del delito de lavado de activos [Casación 775-2021, Puno, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Obedecer las órdenes del empleador no constituye la eximente de «obediencia debida» en el delito de colusión (trabajador alegó que actuó por orden del gerente general de la empresa y que, por tanto, carecía de dolo para perjudicar al Estado) [Casacion 166-2023, Madre de Dios]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)


![Proceso hereditario y apertura de la sucesión (artículo 660 del Código Civil) [ACTUALIZADO 2025] apertura de la sucesión con logo LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/11/La-apertura-de-la-sucesion-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Instrumentos públicos extraprotocolares: actas notariales y certificaciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ACTA-NOTARIAL-CERTIFICACIONES2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] La representación, el poder, los poderes notariales y los poderes otorgados en el extranjero](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/REPRESENTACION-PODER-NOTARIALES-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Contrato de suplencia no se desnaturaliza por realizar funciones distintas a las del trabajador reemplazado [Casación Laboral 33744-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![La exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal: protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del «ius puniendi» —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas [Sentencia 54/2023, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-Tribunal-Constitucional-de-Espana-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las normas de «ius cogens» pueden prevalecer sobre el principio de legalidad: el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alude claramente a la posibilidad de procesar y condenar penalmente por la comisión de un acto, a pesar de no encontrarse previamente prohibido y penado por el Derecho escrito, siempre que tal acto resulte delictivo «según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional» [Exp. 00024-2010-PI/TC, ff. jj. 53-55] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Dos dimensiones del principio de legalidad penal: como principio constitucional, informa y limita los márgenes de actuación de los que dispone el legislador al momento de determinar las conductas prohibidas y sus respectivas sanciones; y, como derecho subjetivo constitucional, garantiza a toda persona que la conducta prohibida esté prevista en una norma previa, estricta y escrita, y también que la sanción esté contemplada previamente en una norma jurídica [Exp. 01469-2011-PHC/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Aprueban recursos a gobiernos regionales para contratar docentes [Decreto Supremo 033-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/clases-LPDerecho-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)

















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)







