Ante la presunta negativa de la Clínica Javier Prado de brindar atención médica a un menor de edad, quien habría sufrido un accidente, el Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, exhortó al Superintendente Nacional de Salud, Juan Carlos Velasco Guerrero, para que efectúe las acciones que correspondan en este caso.
Como se sabe, el Indecopi es también ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor, que comprende entre sus miembros al Ministerio de Salud, institución a la que está adscrita la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud). Por ello envió la carta N° 0487-2021-DPC/INDECOPI para que efectúe las acciones que sean necesarias en el marco de sus competencias y, de ser el caso, imponga a los responsables las sanciones respectivas, a fin de asegurar la protección de la ciudadanía.
“(…) solicitamos que tenga a bien disponer que estos hechos sean analizados por su despacho y, de corresponder, establecer las actuaciones correctivas en el marco de sus competencias. Asimismo, en nuestra calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, le solicitamos nos informe sobre el trámite de atención al caso trasladado”, precisa la misiva firmada por Ronald León Barranzuela, director encargado de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor.
El Indecopi ratifica su compromiso de trabajar de manera articulada con todas las instituciones que conforman el Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor en beneficio de todos los peruanos y peruanas.
[Actualización 7/12/2021]
¿Qué sanción podría recibir la Clínica Javier Prado por condicionar la atención de un menor accidentado?
Un vídeo ha generado indignación en las redes sociales. Una situación que involucra una situación que habría puesto en peligro la vida de un menor de edad y que involucra a una famosa clínica de la capital. ¿Qué ha pasado?
Los hechos
Durante la madrugada del lunes 6 de diciembre, un menor de edad de 15 años fue atropellado en la avenida Petit Thouars. El chico no contaba con documentos y al estar inconsciente no pudo ser identificado por la gente que llegó a su auxilio.
Al rescate llegaron los bomberos y paramédicos de la unidad de rescate de la Municipalidad de San Isidro. Ellos encontraron a un niño sin reacciones, por lo que lo llevaron de emergencia a la Clínica Javier Prado. A ton solo dos cuadras del lugar del accidente.
Todo mal en este país. Lo de la Clínica Javier Prado es lo más inhumano de mundo! Sin datos, no te atienden. La vocación de salvar vidas debería estar por encima de todo, cosa que no pasa en el Perú. Ojalá haya alguna sanción para es clínica. pic.twitter.com/OZVH1iuFT7
— Maria Pía Layseca (@MariaPiaLayseca) December 6, 2021
Para sorpresa de los rescatistas, el personal de la clínica se habría negado a atender al joven lesionado hasta que esta sea identificado. Algo que quedó registrado en el video que se ha vuelto viral en plataformas como Twitter.
En el registro audiovisual se observa como una mujer asegura que el seguro privado le exige los datos del menor para otorgarle la carta de garantía para que sea atendido.
Incluso, un médico de la misma clínica secunda la versión de dicha trabajadora. Por lo que los bomberos y paramédicos muestran su indignación, subrayando la responsabilidad legal que asumirían al no atender al joven. El médico se pone a la defensiva, aclarando que conoce la ley y que no lo traten como un tonto.
La discusión termina en un intercambio de palabras en el que los voceros de la clínica confirman que «No lo podemos atender porque no está programado» mientras que un bombero le reclama que «las emergencias no se programan, solo ocurren».
La respuesta
Para sorpresa de nadie, los usuarios de las redes han criticado duramente el accionar de la clínica. E incluso, han contado sus propias malas experiencias con este centro de salud privado.
Hace unos años me intoxiqué. Tomé un taxi y le pedí que me llevara a la clínica más cercana, sabía que me quedaba poco tiempo, empezaba a tener dificultad para respirar. No me quisieron atender en la Javier Prado porque no tenía tarjeta de crédito. Eso nomás. https://t.co/xhF74SZLnl
— María Elena González (@urubambina) December 7, 2021
Ante esto, la clínica Javier Prado señaló en un comunicado que, al contrario de lo que se ve en los videos compartidos en la red, “el paciente fue atendido de forma inmediata desde su ingreso, cumpliendo los protocolos que establece la ley de atención de emergencia”.
Los representantes de la clínica sostuvieron que la identificación como asegurado por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) se realizó mientras procedía su atención. Esto según lo que establece el Decreto Supremo 024-2002-MTC para víctimas de accidente de tránsito, en su artículo 33.
El lado jurídico
La atención médica por emergencia es un derecho en salud que debe garantizarse sin condicionamiento de pago previo o trámite alguno, ni siquiera la presentación del documento nacional de identificación (DNI), remarcó la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) a todos los establecimientos del ramo, sean públicos o privados.
Ello a propósito del caso del adolescente (AJSR) quien fuera atendido en la Clínica Javier Prado y cuyos padres habrían denunciado una presunta negativa de atención por emergencia.
Al respecto, Susalud ha intervenido disponiendo, desde ayer, una investigación en la clínica para esclarecer lo sucedido y determinar las sanciones, de corresponder. Se han solicitado los videos de ingreso del menor al establecimiento y se ha sostenido reunión con el director médico para explicar lo acontecido. Asimismo, se ha establecido comunicación personal con la madre del menor.
Sanción
Susalud precisa que el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional frente al covid-19 no es motivo de excepción al cumplimiento la Ley 27604, que modifica la Ley General de Salud N° 26842, respecto a las obligaciones de los establecimientos de salud de dar atención médica en casos de emergencia.
En caso de vulneración del derecho a la atención por emergencia, Susalud podrá iniciar un proceso de investigación y, de acuerdo con el nivel de responsabilidad, sancionar al establecimiento de salud. Las sanciones van desde una amonestación hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, equivalente a S/ 2 200 000 (Dos millones doscientos mil) conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de Susalud, aprobado por Decreto Supremo 031-2014-SA.
Amparada en esta ley, la congresista Sigrid Bazán ha enviado un oficio a Susalud para solicitar un informe del caso y tomar las acciones que correspondan realizar en el marco de sus competencias.
Aquí tenemos varias aristas por revisar.
Finalmente revisemos el Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD, DS 031-2014-SA. Según este documento, a la Clínica Javier Prado le corresponde una multa de más de dos millones de soles por negar atención en emergencia y la prohibición de prestar servicios de emergencia por seis meses. Esto último es algo que profundizamos en este post.


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![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
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